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prácticas
Los alumnos
deberán remitir a su tutor un análisis sobre la responsabilidad
de los aparejadores en la tramitación urbanística y los seguros
de responsabilidad civil.
Vídeo
de jornada de responsabilidad de los Técnicos en las Administraciones
Públicas. Jornada del Colegio de aparejadores de Granada. Nuevas
fórmulas de aseguramiento. Alcance de los informes urbanísticos
en la administración y figura del experto urbanista. La póliza
cubre toda reclamación de la cual se tenga conocimiento por primera
vez durante la vigencia de la póliza, basada en una actuación
realizada anteriormente sin límite en la retroactividad. El único
requisito es que la actuación profesional pasada haya sido visada
o registrada por un Colegio Oficial de España y las actuaciones
profesionales realizadas desde la entrada en vigor de la póliza
hayan sido visadas/registradas por el Colegio tomador de la póliza,
o en otro Colegio tomador de póliza y que por tanto comunica las
tareas realizadas a la aseguradora. Las actuaciones profesionales señaladas
en la póliza lo son a titulo enunciativo, pero en ningún
caso limitativo. El único requisito para que la actuación
profesional del colegiado tenga cobertura es que sea propia de la actividad
de A/AT/IE y esté visada, comunicada o registrada por el Colegio
tomador de la póliza o un Colegio Español si se trata de
una tarea anterior a la entrada en vigor de la póliza. Aquellas
actuaciones realizadas por el aparejador para la Administración
Pública como funcionario o como personal laboral fijo o a tiempo
parcial. A través del Colegio puede calcularse el % de prima pagada
por el aparejador que corresponde a la Administración Pública
y el Colegio puede facturarlo. Las reclamaciones de terceros serán
cubiertas para el aparejador/arquitecto técnico/ingeniero de edificación.
Sólo en el caso de que el promotor/constructor y el aparejador sean
la misma persona, no se podrán reclamar entre sí (salvo en
el caso de que el aparejador tenga una participación en la promotora/constructora,
en cuyo caso se atenderá el % de la propiedad que no sea del aparejador).