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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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14 de marzo de 2017
 
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SUELOS CONTAMINADOS EN EL URBANISMO DE CATALUÑA
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  • Los alumnos deberán remitir a su tutor un análisis sobre las precauciones en la gestión urbanística de los suelos contaminados.
Resumen de la jornada sobre suelos contaminados organizada por la Agencia de Residuos de Cataluña con asistencia de más de 200 expertos. La Generalitat ha propuesto una serie de mejoras en la regulación de la contaminación de los suelos que se han incorporado en la nueva Ley de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público 2017, según informó el adjunto a dirección de la Agencia de Residuos de Cataluña, Xavier Reinaldos, durante la Jornada técnica “I+D+I en la aplicación de tecnologías de descontaminación del subsuelo. Casos prácticos”, organizada por la Agencia de Residuos de Cataluña (ARC) en Barcelona. Allí se analizaron los resultados de diferentes proyectos de descontaminación y se ofreció la oportunidad de establecer contactos y compartir experiencias relacionadas con la problemática.

Para Reinaldos, “el suelo contaminado se una oportunidad de mejora, y Cataluña está en condiciones de acontecer referente en la remediació de estas situaciones”, refiriéndose a la insuficiente regulación de la normativa estatal en la materia y a los pasos que está haciendo la Generalitat de Catalunya para enmendar estas deficiencias, centradas en la mejora de la clasificación de los suelos y de su gestión. En concreto, se está abordando una mejor definición de los conceptos de espacio alterado y de suelo degradado, contaminaciones históricas y nuevas obligaciones.

La nueva legislación, que aprobará la Generalitat de Catalunya, incluirá la obligación de disponer de un estudio detallado de la calidad del suelo, y si se tercia un análisis de riesgo, en caso del cambio de uso del suelo de industrial a residencial. La ARC emitirá un informe preceptivo con carácter previo al otorgamiento de las autorizaciones o licencias que habilitan la actuación, la actividad o la obra. Además, todos los informes que evalúan la calidad del subsuelo tendrán que ser hechos por una entidad de control en el ámbito de la prevención de la contaminación del suelo debidamente habilitada.

NOVEDADES TÉCNICAS

La jornada se centró en la aplicación de nuevas técnicas de descontaminación para darlas a conocer y extender su aplicación.

Después de la crisis económica de los últimos años, que incidió con fuerza en el sector, se ha percibido un nuevo revulsivo asociado a tres factores: el desarrollo urbanístico en antiguas zonas y emplazamientos industriales; las obligaciones de conocer la calidad del subsuelo de todas aquellas actividades sometidas a autorización ambiental; y esta misma obligación en el momento del cese de la actividad.

La divulgación de los problemas de contaminación del subsuelo y las tecnologías empleadas para su solución tienen que ser vistas por la industria y la sociedad en general como un valor añadido, que permite mantener una calidad de suelo garantizando el uso posterior que el suelo tenga planificado.

La disponibilidad de fondos económicos a partir del canon de residuos industriales puede ser una herramienta que contribuya en un futuro cercano a potenciar todavía más  aquellas actuaciones que tenga que poner en marcha la administración.

Un ejemplo de esta nueva realidad es la recuperación de los antiguos terrenos de DEMIMESA, en Sant Llorenç d’Hortons. La actuación, que ahora entrará en la fase de estudio y descontaminación del suelo, permitirá la regeneración del espacio y poder utilizar de nuevo el terreno de acuerdo con los usos urbanísticos.

La Agencia de Residuos de Cataluña está afrontando de forma rigurosa casos como el del polígono industrial de Flix, donde se ha constituido una Comisión de Seguimiento independiente, que velará para el adecuado tratamiento y recuperación del suelo afectado por esta actividad centenaria.

LEGISLACIÓN DE SUELOS CONTAMINADOS

El 7 de febrero de 2005 entró en vigor el RD 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.

Entre otros aspectos el RD 9/2005 determina en el artículo 3 cuales son las Actividades Potencialmente Contaminantes del suelo (APC) y los informes que estas han de tramitar a la administración competente (Agència de Residus de Catalunya-ARC).

Actividades Potencialmente Contaminantes del Suelo (APC)

El RD 9/2005 define las Actividades Potencialmente Contaminantes del Suelo (APC) como aquellas actividades industriales o comerciales que, ya sea por el uso de substancias peligrosas o por la generación de residuos, puedan contaminar el suelo.

A los efectos del RD 9/2005 se consideran APC:
 

  • Las actividades incluidas en los epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 93 Rev. 1) indicadas en el Anexo I del RD 9/2005.
  • Las actividades que producen, utilizan o almacenan más de 10 t por año de una o varias de las substancias incluidas en el RD 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de substancia nuevas y la clasificación, envasado y etiquetado de substancias peligrosas.
  • Las actividades que disponen de almacenamientos de combustible para uso propio según el RD 1523/1999, de 1 de octubre, con un consumo anual medio superior a 300.000 l y un volumen total de almacenamiento igual o superior a 50.000 l.


El listado que se presenta en este documento constituye la interpretación de lo que se indica en el anexo I del RD 9/2005, adaptado a la Clasificación Catalana de Actividades Económicas (CCAE 93 rev. 1) y a la clasificación de las actividades en cinco dígitos.

Cuando se sospecha de una contaminación del suelo, el problema principal reside en determinar y conocer con precisión el alcance y la gravedad de la contaminación presente.

Por este motivo, es necesario iniciar una serie de actuaciones de investigación que permitan caracterizar y determinar esta contaminación y definir el alcance y las tareas de recuperación necesarias de acuerdo con el riesgo que comporta, tal y como contempla el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.

La gestión de un suelo contaminado consiste en un proceso gradual en el tiempo, en el que se parte de una fase inicial en la cual se dispone de poca información y se avanza hacia fases en las que se adquiere un mayor conocimiento sobre la problemática de la contaminación.

Cada fase va asociada a un tipo de estudio determinado en el que se evalúa la información obtenida y se decide si hay que continuar adelante con el proceso, para así permitir la optimización de los recursos técnicos y económicos que se han de aplicar.

Ahora bien, dada la elevada variabilidad de problemáticas de contaminación del suelo, en cuando a sus características y posibilidades de actuación y solución, es posible que algunas etapas de este proceso se puedan agrupar.

Este proceso de gestión está enmarcado en cuatro etapas, siguiendo la definición y nomenclatura que ha establecido la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA).
 


 
 
 
 
 

 

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