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Los alumnos
deberán remitir a su tutor un análisis sobre las ventajas
de una explotación minera respetuosa con el medio ambiente.
La vicepresidenta
de Cantabria, Eva Díaz Tezanos, cree que modificar la ley del suelo
para permitir la reapertura de las minas de Reocín y la extracción
de zinc de ellas, como quiere el Gobierno PRC-PSOE, y hacerlo para dar
una solución a la anulación del Plan General de Ordenación
Urbana (PGOU) de Santander, como pide el Ayuntamiento, son "supuestos totalmente
distintos" puesto que, a su juicio, el primero obedece a un caso de "oportunidad
económica" y el otro es "seguir legislando a golpe de problema".
Así lo ha defendido al ser cuestionada por las críticas que
en algunos sectores ha provocado la disposición del Ejecutivo regional
a modificar la actual ley del suelo -pese a que se está elaborando
una nueva que llegará proximamente al Consejo de Gobierno- cuando
no está dispuesto a hacer lo mismo para solucionar la anulación
del PGOU de Santander. Díaz Tezanos ha insistido en que modificar
la ley del suelo a través de la denominada 'ley de acompañamiento',
que previsiblemente se aprobará el 24 de febrero, para afrontar
la anulación del PGOU es "la peor solución" para este asunto.
Como diferencias
entre las dos modificaciones de la ley del suelo que se plantean, Díaz
Tezanos ha señalado que, mientras que la dirigida a permitir la
reapertura de las minas de Reocín entraría en vigor de forma
inmediata y no requeriría más tramitación, la relativa
al PGOU de Santander sí conllevaría la realización
de más pasos posteriores, como la elaboración de las normas
transitorias, lo que supone otro "año o más". Además,
Díaz Tezanos ha recordado que en el anteproyecto de la nueva ley
del suelo se introducen las normas transitorias como un instrumento más
en caso de anulación de los planeamientos municipales, lo que, según
ha insistido, serviría para dar solución al caso de Santander.
La vicepresidenta y consejera con competencias en urbanismo ha vuelto a
mostrarse a favor de que la solución a la anulación del PGOU
de Santander se saque de la ley de acompañamiento y se dé
a través de la nueva norma que se está elaborando puesto
que, a su juicio, es esto lo que dará "seguridad jurídica".
Como otra diferencia ha explicado que la modificación de la actual
ley del suelo para la extracción de zinc de las minas de Reocín
-para lo que se ha planteado una proposición de ley que se debatirá
en el Parlamento regional- viene a regular algo que "Cantabria no tenía
regulado", mientras que la que se propone sobre el PGOU de Santander supone
"legislar a la carta".
Díaz
Tezanos ha insistido en que, "hasta ahora ese tipo de atajos e imnprovisación
y ese abuso que se ha hecho de la ley de acompañamiento para solucionar
algunos problemas urbanísticos", ha traído consigo leyes
declaradas inconstitucionales, sentencias de derribo y PGOU anulados. "Cantabria,
desgraciadamente, hemos sido ejemplo por una mal urbanismo y estamos para
garantizar la seguridad jurídica", ha dicho la vicepresidenta, que
ha opinado que, aunque tanto en política como en urbanismo, hay
"muchas soluciones a un mismo problema", hay que adoptar la que es "la
mejor". "Y sin duda la nueva ley del suelo va a solucionar muchos de los
problemas que se han ido planteando en los últimos años y
con seguridad jurídica", ha dicho.
• Los alumnos
deberán remitir a su tutor un análisis sobre las ventajas
de una explotación minera respetuosa con el medio ambiente. La ley
del suelo de Cantabria va a recoger una mención a la actividad minera.
Para ello, los grupos parlamentarios PRC y PSOE han registrado en el Parlamento
una proposición de ley de modificación de la Ley de Ordenación
Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria
2/2001. En la exposición de motivos y en la disposición adicional
propuesta se justifica la necesidad de adaptar la normativa autonómica
con el fin de posibilitar el aprovechamiento minero, no de cualquier tipo,
sino solamente la actividad de extracción de mineral sólido
y cristalino en el subsuelo, y de las construcciones, infraestructuras
e instalaciones que sean necesarias, siempre que se respeten los valores
del entorno. Se trata de delimitar con absoluta precisión que el
cambio legislativo autorizaría la extracción de mineral,
sin resquicio alguno para el ‘fracking’, el procedimiento para la producción
de gas al que todas los colectivos sociales y fuerzas políticas
de Cantabria se oponen, tal como se verificó en la ley aprobada
por unanimidad en el Parlamento, luego anulada por el Tribunal Constitucional
en virtud de que la política energética es una competencia
exclusiva de la Administración del Estado. La propuesta legislativa
contempla que las infraestructuras, el abastecimiento de agua y electricidad
o la eliminación de residuos correrán por cuenta de los promotores.
RECUPERACIÓN
DE LA ACTIVIDAD MINERA EN LA COMARCA DEL BESAYA Veinte
millones de toneladas de mineral de zinc para extraer en veinte años,
350 empleos directos, otros 1.250 indirectos, una inyección de proporciones
desconocidas para la economía y el empleo de la cuenca del Besaya
y para el tráfico del puerto de Santander. La recuperación
de la actividad minera en el amplio entorno geográfico que delimitan
los municipios de Reocín, Santillana del Mar y Torrelavega es el
gran proyecto industrial del Gobierno regional al que Miguel Ángel
Revilla alude desde hace un año con discretas referencias. Varios
grupos empresariales han mostrado su interés en invertir en el proyecto
y ahora el Gobierno de Cantabria quiere dotarlo de cobertura legal mediante
una proposición de ley, registrada ayer en el Parlamento, para la
que busca el mayor consenso posible. Es probable
que la minería en Reocín tuviera sus comienzos en la época
romana, pero la explotación moderna comenzó en 1856, a cargo
de la Real Compañía Asturiana de Minas, de capital belga,
absorbida en 1981 por la Asturiana de Zinc (AZSA). Fue en su momento el
mayor yacimiento de zinc de Europa y llegó a tener 3.000 trabajadores
en nómina. En 1990, el lavadero de flotación tenía
una capacidad productiva de 4.000 toneladas/día. La mina
fue explotada, a cielo abierto y en interior, durante 147 años,
desde 1856 hasta 2003 y registró tres accidentes importantes. El
17 de agosto de 1960, la rotura de un dique provocó una avalancha
de agua y fango que se cobró 18 vidas y causó numerosos daños.
Cuatro años y medio después, el 7 de enero de 1965, el hundimiento
de una galería se ‘tragó’ el barrio de Pomares. Cien viviendas
fueron destruidas o sufrieron graves daños y un centenar de vecinos
se quedó sin hogar. Un derrumbe en marzo de 2003 precedió
al cierre de la mina, que ya había dejado de ser rentable. A lo
largo de su historia, de la mina se extrajeron unos 80 millones de toneladas
de zinc. El proyecto
minero tiene que ver con la revalorización del mercado del zinc.
La falta de rentabilidad que condujo al cierre de la vieja mina de Reocín
en 2003 contrasta con la alta cotización alcanzada en el último
año, la más alta del sector, con algunas fluctuaciones que
no empañan un futuro optimista a medio/largo plazo. La vieja
explotación a cielo abierto de ‘El Zanjón’ de Reocín,
tan pujante en otros tiempos y hoy cubierta por un lago, tendría
ahora continuidad en zonas limítrofes mediante tecnologías
de interior de mayor productividad, seguridad y respeto medioambiental. El Gobierno
regional ha mantenido contactos con diversas compañías interesadas
en la explotación del zinc en esta comarca. Entre ellas figura la
canadiense Emerita Resource, que acaba de formar una ‘joint venture’ con
el grupo español Aldesa para invertir en el Norte de España.
También ha habido conversaciones con una firma australiana que opera
un fondo de inversiones y con la compañía AZSA, que explotó
la vieja mina de Reocín. Los cálculos
de producción, para los que se tiene en cuenta la exhaustiva base
de datos que custodia la Escuela de Minas de Torrelavega, se cifran en
no menos de 20 millones de toneladas en 20 años, aunque la riqueza
del subsuelo y el periodo de explotación podrían ser mayores. Un millón
de toneladas anuales significaría aumentar en torno a un 20% ciento
el tráfico de mercancías del puerto de Santander, la vía
de transporte básica para el mineral. El procedimiento
técnico contempla la explotación a unos 400/500 metros de
profundidad para la producción del mineral y su posterior transporte
hasta un centro, que podría tener su ubicación en terrenos
de Sniace. El material sobrante se utilizaría para la restauración
del entorno de operaciones, una fórmula similar a la que se utiliza
en las canteras más modernas. Como elemento
colateral, pero importante, del proyecto figura el impulso a la Escuela
de Minas de Torrelavega como un centro de referencia internacional para
el sector.
• Los alumnos
deberán remitir a su tutor un análisis sobre las precauciones
legales en caso de utilizar la futura ley del suelo de Cantabria para solucionar
la nulidad del planeamiento urbanístico de Santander. El Ayuntamiento
de Santander ha propuesto una solución contra la nulidad del Plan
General se incluya, de forma urgente, en la Ley de Medidas que acompaña
al Presupuesto. El concejal de Urbanismo, César Díaz, ha
enviado un informe a Peña Herbosa en el que los juristas municipales
avalan añadir unas normas transitorias en la actual Ley del Suelo.
El presidente de Cantabria, Miguel Ángel Revilla, lo ha remitido
a los grupos parlamentarios y a los técnicos de los distintos departamentos
del Gobierno para que lo analicen. Según Francisco González
Buendía, director general de urbanismo "con independencia del criterio
jurídico, siempre discutible, existe otro elemental de oportunidad.
Si está en trámite la futura Ley del Suelo de Cantabria no
parece en absoluto aconsejable utilizar el atajo propuesto", señaló
a este periódico el titular de esta cartera. El estudio elaborado
por los juristas del Ayuntamiento se remite a tres sentencias del Tribunal
Constitucional y una del Supremo que acreditan la Ley de Medidas como un
instrumento válido para incluir soluciones de este tipo. "Esta normativa
no es la de Presupuestos, por tanto no es factible aplicarle ninguno de
los límites o prohibiciones de por sí excepcionales que la
Constitución ha previsto para el instrumento presupuestario", señala
un fallo del TC del año 2011.