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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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10 de febrero de 2017
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©

EL GOLF INMOBILIARIO ANTE LOS JUECES
¿Qué aprendo? Convertir conocimiento en valor añadido > Herramienta práctica >Guías prácticas
  • Los alumnos deberán remitir a su tutor un análisis sobre los motivos por los que se producen tantas sentencias en contra de los proyectos de golf inmobiliario.
En este caso vamos a analizar dos casos recientes de golf inmobiliario que se han paralizado por los tribunales. El daño económico para las zonas afectadas es muy importante y el efecto de inseguridad que produce a otros inversores inmobiliarios es mayor. España es un país líder en turismo inmobiliario pero tiene dos asignaturas pendientes: el golf inmobiliario y los puertos deportivos. El turismo demanda estos servicios y siempre que un inversor inmobiliario los promueve se encuentra con un sinfín de dificultades urbanísticas a pesar de utilizar la última tecnología en recursos hídricos, como la reutilización de aguas residuales.

ANDALUCÍA

En Córdoba, la comisión de licencias tiene previsto denegar el proyecto de un campo de golf en la zona de Casilla del Aire por las incidencias judiciales del proyecto. El recurso presentado por la Junta de Andalucía a la sentencia de primera instancia, positiva para los planes de la empresa promotora, obligan al Ayuntamiento a negar el permiso de obras.

La sociedad promotora del proyecto lleva años intentando que las administraciones le den el visto bueno a una inversión que supera los 2,5 millones de euros (700.000 euros en una primera fase), creará unos treinta puestos de trabajo y que pretende centrarse en el segmento del ocio.

Varios han sido los proyectos relativos al golf en una ciudad que cuenta con las instalaciones de Los Villares como único referente para los amantes de este deporte, que se relaciona con los servicios que se presta al turista de alto «standing».

El más avanzado era el del Parador, sobre terrenos que fueron cedidos al efecto por la Gerencia Municipal de Urbanismo. La empresa pública llegó a licitar el contrato para la construcción del campo de juego pero el asunto no se aprobó porque no se encontró ninguna empresa dispuesta a correr con la inversión.

La Junta realizó un informe preceptivo pero no vinculante sobre el complejo de ocio que se encuentra en terrenos cercanos a la zona protegida de Medina Azahara. Urbanismo ya realizó cambios en el proyecto para limitar su desarrollo. La sentencia de primera instancia confirmó el planteamiento municipal pero la Junta decidió seguir con el procedimiento judicial, que es lo que ha obligado a denegar la licencia.

El campo de golf se ha proyectado bajo la modalidad de «pitch and putt» y tendrá nueve hoyos. El planteamiento es que se lleve a cabo bajo el sistema de pagar y jugar similar al que utilizan los complejos deportivos con las pistas de otros deportes como el pádel. El diseño incluye un club social que pretende crear sinergias con el sector turístico local.
 

CASTILLA LEÓN

El TSJCyL anula 400 viviendas con campo de golf a dos kilómetros de Rioseco (Valladolid)

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha anulado la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Medina de Rioseco en la finca Villagodio, aprobada por Acuerdo de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Valladolid de 25 de marzo de 2015.

Dicha modificación cambió la clasificación de parte de la finca citada desde suelo rústico a suelo urbanizable para permitir la construcción de 397 viviendas vinculadas a un campo de golf al sur de la villa vallisoletana, de la que la nueva urbanización quedaría separada por la autovía de León y el río Sequillo, cuando el propio PGOU señala ambos elementos como límites de la urbanización, según informaron a Europa Press fuentes de Ecologistas en Acción.

El Tribunal Supremo, y reproduciendo el informe desfavorable a la modificación del Jefe del Servicio Territorial de Fomento de Valladolid, el TSJCyL estima que "no existe en el municipio de Medina de Rioseco necesidad para ampliar el suelo con destino residencial, cuando está acreditado que su PGOU tiene suelo clasificado para albergar más de 5.500 viviendas" y que la modificación pretendida "permite por sí sola casi cuatrocientas viviendas completamente desconectadas del núcleo urbano de Medina de Rioseco".

La modificación fue promovida por la sociedad Villagodio Rioseco, S.L., inscrita en el Registro Mercantil de Oviedo, que con un capital social de tres mil euros actuó como intermediaria de un grupo de empresarios desconocidos que habrían adquirido las 74 hectáreas de la finca como suelo rústico en 2007, obteniendo con la modificación aprobada la reclasificación como suelo urbanizable de 20 hectáreas, así como las plusvalías derivadas de los derechos de edificación de las viviendas.

En opinión de los ecologistas, se trata de una "actuación especulativa" heredada de la época de la burbuja inmobiliaria, que "inexplicablemente" la Junta de Castilla y León aprobó con los informes contrarios del jefe de Servicio Territorial de Fomento de Valladolid, de la Ponencia Técnica de la Comisión Territorial de Urbanismo de Valladolid, del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid y de la Diputación Provincial de Valladolid.

Actualmente, grupos ecologistas exigen al actual Consejero de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León que explique su interés en una actuación privada puramente especulativa, al tiempo que le reclaman mayor rigor en la aprobación de los nuevos planes urbanísticos, apostando por la rehabilitación urbana y limitando los crecimientos a las viviendas que se justifiquen por las necesidades propias de cada municipio, tal y como establece la legislación de urbanismo y suelo, pasando página de la desastrosa política urbanística practicada en la década dorada del ladrillo
 


 
 
 
 
 

 

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