En los artículos
153 y 154 de la LOUA se recoge que, en aquellas urbanizaciones que se rijan
por Entidades Urbanísticas de Conservación o que estén
constituidas en comunidades de propietarios, el mantenimiento de las dotaciones
y servicios públicos corresponde a los propietarios agrupados en
dicha entidad urbanística hasta que el Ayuntamiento recepcione la
urbanización. “Hasta ese momento, el deber de conservación
corresponderá a la persona o entidad ejecutora de la urbanización,
teniendo los costes correspondientes la consideración de gastos
de urbanización”, recoge el mencionado artículo 153.
En el artículo
154 de la LOUA se fija como condición para que un ayuntamiento proceda
a la recepción de una urbanización que las obras se encuentren
“en buen estado y con arreglo a los proyectos y las prescripciones previstas”.
Y en el PGOU
de 2003 se recoge explícitamente que la conservación de la
urbanización Torremuelle le corresponde “a su entidad de conservación
o comunidad de propietarios, como es en este caso”.
Por todo lo
argumentado, desde el Ayuntamiento se plantea a la comunidad de propietarios
que se proceda a realizar una inversión en infraestructuras que
llevan obsoletas desde hace años como paso previo a la recepción.
“Con el estado actual de las infraestructuras de la urbanización,
el Ayuntamiento no tiene capacidad para ocuparse de su mantenimiento”,
ha apuntado el alcalde.
La urbanización
Torremuelle, construida durante la década de los setenta del siglo
pasado, es una unidad privada de planeamiento cuyo mantenimiento se rige
por los condicionantes de las Entidades Urbanísticas de Conservación,
tal y como especifica la LOUA. Este tipo de figuras urbanísticas
resulta frecuente en la Costa del Sol, donde al calor del desarrollo urbanístico
se construyeron decenas de urbanizaciones privadas que hoy día aún
existen, y se mantienen al margen de los servicios prestados por los Ayuntamientos.
Este tipo de
urbanizaciones, además, mantiene servicios adicionales, acordados
por sus vecinos y comuneros, tales como recogidas de podas, seguridad privada,
jardines y piscinas comunitarias, recogida de basuras puerta a puerta,
etc…
Hasta el momento,
el equipo de gobierno se ha ceñido a los convenios firmados en 2009
y 2011, mediante los cuales el Ayuntamiento se hace cargo de una serie
de servicios, tales como el pago de suministro eléctrico y la limpieza
de las avenidas principales de la urbanización dos veces al mes.
Ni la recogida de podas y escombros de la vía pública, ni
el mantenimiento de infraestructuras, zonas verdes o asfaltados de calles
que no sean principales, dependen de los servicios municipales en la actualidad.
Representantes
municipales han mantenido recientemente un encuentro con más de
30 propietarios de esta urbanización, construida en los años
setenta y regida por los condicionantes de las Entidades Urbanísticas
de Conservación, para informarles de la decisión del TSJA
«con la voluntad de buscar una solución satisfactoria para
todos», según explicaron ayer desde el Ayuntamiento. «Queremos
mantener abiertas las líneas de diálogo para llegar a un
acuerdo consensuado entre todas las partes», afirma el alcalde, Víctor
Navas.
|