La sentencia,
la primera de estas características que se produce en la región,
sienta jurisprudencia al ser firme y recoge que fija como doctrina que
«el estado de ruina no pondrá término en ningún
caso a la exigencia del deber de conservación si es consecuencia
de su incumplimiento por el propietario del bien, en cuyo caso, no hay
límite al alcance de su responsabilidad». Además, ha
destacado que la sentencia exime a la administración local de contribuir
económicamente a las obras necesarias.
Noelia Macías,
concejala de Urbanismo, estacó que «queda acreditado que cuando
Gestión Nora adquirió el inmueble, no estaba en el estado
de ruina que presenta ahora». Asimismo, señaló que
«ha sido un devenir judicial muy largo, con varias sentencias satisfactorias
para los intereses municipales, pero esto pone por fin el punto y final».
El Ayuntamiento
ha mantenido durante estos años -el proceso judicial se inició
en 2009-, que la empresa incurría en un incumplimiento reiterado
de su deber de conservación. Ahora, con la Justicia a su favor,
no descarta utilizar esta doctrina en otros casos similares que están
abiertos, como el del Palacio de Celles, otro de los inmuebles catalogados
como BIC en el concejo de Siero y que presenta estado de ruina. «Vamos
a estudiar jurídicamente si puede aplicarse porque creemos que se
puede equiparar», adelantó Macías, quien también
confió en que «esta sentencia abra la puerta a otros ayuntamientos
asturianos que tienen problemas parecidos».
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