La jurisprudencia
tiene bastantes versiones respecto a este tipo de viviendas. El juzgado
de lo contencioso administrativo número 6 de Valencia anuló
una decisión del Ayuntamiento de Valencia por la que cerró
cinco viviendas turísticas en 2014 cuando la empresa intentaba registrarse
en esta modalidad. El Ayuntamiento consideró que se trataba de una
actividad clandestina al no haber entregado una licencia ambiental que
permitiera la apertura del establecimiento mientras el juez destacaba que
difícilmente es posible concluir la cesión de uso de una
vivienda turística como una actividad.
El juzgado
número 5 de Valencia también denegó a una comunidad
de vecinos la prohibición de apartamentos turísticos a través
de la aprobación en una junta de vecinos. Esto ocurrió en
un edificio en la Avenida de Francia, donde una empresa demandó
a la comunidad por realizar esta limitación tras ser aprobada en
junta vecinal. Reconoció que la explotación de viviendas
en régimen de apartamento turístico de manera salvaje puede
conllevar perjuicios para la comunidad, pero opina que el derecho ofrece
medios para solventar esos problemas con el fin de que no pasen por la
limitación de algo que es legal.
La Agencia
Valenciana de Turismo, dependiente de la Generalitat, también tuvo
que permitir la inscripción en el Registro de Empresas, Establecimientos
y Profesiones Turísticas de la Comunitat Valenciana viviendas turísticas
que en la ciudad de Valencia se consideran ilegales por la legislación
actual basándose en informes de la Abogacía de la Generalitat,
sin embargo, Sarrià considera que esta legislación es demasiado
laxa ya que da cabida a todo tipo de viviendas turísticas, sin discernir
dónde se encuentra situada. Lo que está claro será
la necesidad de aumentar la Inspecciones por parte del Ayuntamiento de
Valencia para poder controlar estos usos.
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