DERIVADAS
DE LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS
EDIFICIOS
El promotor
o propietario del edificio o de parte del mismo, ya sea de nueva construcción
o existente, será el responsable de encargar la realización
de la certificación de eficiencia energética del edificio,
o de su parte, en los casos que venga obligado por este real decreto. También
será responsable de conservar la correspondiente documentación.
Certificado
de eficiencia energética del proyecto: documentación suscrita
por el proyectista como resultado del proceso de certificación,
que contiene información sobre las características energéticas
y la calificación de eficiencia energética del proyecto de
ejecución.
Certificado
de eficiencia energética del edificio terminado: documentación
suscrita por la dirección facultativa del edificio por el que se
verifica la conformidad de las características energéticas
y la calificación de eficiencia energética obtenida por el
proyecto de ejecución con la del edificio terminado.
DERIVADAS DE
LA LEY DE REHABILITACIÓN
Son obligaciones
derivadas del hecho de que un promotor que realiza promociones para arrendamiento
se convierte, durante todo el periodo de explotación, en el propietario
del edificio y, como tal tiene los deberes de conservar y mantener el mismo
como señalan las leyes autonómicas de Ordenación de
Territorio y Urbanismo de las CCAA y también la LOE en su artículo
16.1
El Informe
de Evaluación de los Edificios. Los propietarios de inmuebles ubicados
en edificaciones con tipología residencial de vivienda colectiva
podrán ser requeridos por la Administración competente, de
conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria primera,
para que acrediten la situación en la que se encuentran aquéllos,
al menos en relación con el estado de conservación del edificio
y con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal,
así como sobre el grado de eficiencia energética de los mismos.
Cuando un edificio se venda o alquile, antes de su construcción,
el vendedor o arrendador facilitará su calificación energética
de proyecto expidiéndose el certificado del edificio terminado una
vez construido el edificio.
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