EL DICTAMEN
Y SU UTILIZACIÓN POLÍTICA.
El alcalde
de Vigo, Abel Caballero, ha afirmado que el Plan General de Ordenación
Municipal (PGOM) de 2008, anulado por el Tribunal Supremo, puede «restaurarse
en pocos meses» si la Xunta elabora una nueva declaración
de inviabilidad de la evaluación ambiental estratégica, según
la opinión del experto en urbanismo Luciano Parejo.
Abel Caballero
ha resuelto que la propuesta de Luciano Parejo «resuelve el problema
de Vigo» pero también el que va a aparecer «en tantos
municipios de Galicia en los que se está utilizando el mismo sistema»
que se empleó para la ciudad. Ha instado a la Xunta a «proceder
en esa línea» y a tomar «de forma rápida»
la decisión, «porque es volver a poner encima de la mesa de
la economía la validez del PGOM» de una ciudad «con
casi »300.000 habitantes y con tal nivel de industria que se va a
los 500.000 habitantes equivalentes«.»Creemos que la Xunta
se debe poner manos a la obra«, ha expresado el alcalde, que ha dado
una »dimensión temporal« al restablecimiento del planeamiento
urbanístico de 2008, ya que este se produciría en unos »seis
meses« de cumplirse el extremo citado.Así, ha anunciado que
iniciará »de forma inmediata« nuevas reuniones con los
responsables del urbanismo de la ciudad para »tratar esta cuestión«,
a cuenta de que, ha dicho, »ya estamos en el momento de retomar el
PGOM de Vigo para tratar de buscar una salida que la Xunta tiene en este
momento encima de la mesa y que, por tanto, no puede eludir«.Una
vez más, ha apelado a la »responsabilidad« de la Xunta
en la anulación del plan para demandar que el Ejecutivo gallego
entre también »en la resolución« de la problemática
planteada tras su anulación.El Ayuntamiento, ha añadido,
ya ha enviado un requerimiento a la Xunta para que »proceda en esa
línea
Según
ha recordado el alcalde, este jurista emitió un informe en el que
sostiene que es viable 'salvar' el planeamiento urbanístico (anulado
por el Tribunal Supremo) si la Xunta elabora un nuevo dictamen y motiva
correctamente la inviabilidad de someter el Plan a evaluación estratégica
ambiental. El alcalde exige que el dictamen del Consello Consultivo de
Galicia dote de garantías jurídicas al plan.
Caballero ha
reiterado que esta posibilidad permitiría que el documento urbanístico
pudiera volver a estar "íntegramente en vigor" en un plazo de unos
6 meses, sin necesidad de partir de cero y elaborar un nuevo planeamiento.
Además,
ha defendido que, dado el "reconocido prestigio" de Parejo y la experiencia
en lo que respecta al urbanismo vigués (ya avaló el aumento
de vivienda protegida en el plan sin necesidad de una nueva exposición
pública), ésta es la "vía adecuada" no solo para Vigo,
sino para otros municipios que podrían estar en la misma situación.
Por ello, el
regidor olívico ha urgido a la Xunta a que se pronuncie y tome "rápido"
una decisión al respecto ya que, según ha indicado, fue el
gobierno gallego el "responsable de la anulación (del PXOM)" y,
por tanto, de acuerdo con esa responsabilidad, debe actuar.
LA XUNTA
Recientemente
un portavoz de la Consellería de Medio Ambiente insistió
en que no hay "nada parado" pero que el Plan General es complejo y el informe
también lo es. "
Según
explican en la Consellería de Medio Ambiente, es preciso un estudio
detallado de la propuesta dada su complejidad e implicaciones, por lo que
hasta final del verano no habrá decisión.
En la consellería
insisten en que lo van a estudiar a fondo, pero que «antes del final
del verano» habrá respuesta tras chequear sus técnicos
en urbanismo y sus asesores jurídicos el informe del catedrático
de Derecho Administrativo Luciano Parejo, en cuyo dictamen se ha basado
el gobierno vigués para explorar esta vía.
ANTECEDENTES
22 de junio
de 2016
NOTICIA
ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA
PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©
LA NULIDAD
DEL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO Y LA IMPREVISIÓN PARA REHACERLO
¿Qué
aprendo?
Se analiza
en la guía práctica inmoley.com del planeamiento urbanístico
y en la guía del urbanismo de Murcia. Primero Marbella, luego Vigo
y ahora Cartagena. Siempre se culpa al ayuntamiento anterior pero los nuevos
gestores debían tener previsto que una vez que se eleva al Tribunal
Supremo la nulidad de un planeamiento urbanístico hay muchas posibilidades
de que se confirme. Esto supone la suspensión de concesión
de licencias urbanísticas y la parálisis urbanística
y económica del municipio. Lo peor de la nulidad del planeamiento
urbanístico es que tiene efectos desde el inicio, como si nunca
hubiese existido. Los planes generales nulos no son convalidables. Es decir,
no puede subsanarse el defecto y volverlo a aprobar. Esto afecta a las
licencias de obra y actividad concedidas, obras en ejecución, actuaciones
urbanísticas en tramitación y situación de las propiedades
particulares y públicas de los municipios. Respecto de las licencias
ya concedidas y que están impugnadas o pendientes de un recurso,
lo normal es que sean anuladas por nulidad del planeamiento que las amparó.
A las licencias ya concedidas y que no tengan ningún recurso o impugnación
pendiente, mantienen, en principio, su vigencia, por lo que las obras no
tendrían que pararse. Ello supone que, si es de obra, podrán
obtener al finalizar la licencia de primera ocupación (eso sí,
siempre que no introduzca en obra ningún cambio respecto del proyecto
inicial). Lo mismo para actividades y aperturas. En este último
caso, también podría suceder que se impugnasen ahora esas
licencias ya concedidas, pero sólo a través de un procedimiento
y con unos requisitos concretos.
Convertir
conocimiento en valor añadido > Herramienta práctica >Guías
prácticas
El Planeamiento
de desarrollo, Planes Parciales, Planes Especiales de Reforma Interior,
Estudios de Detalles, etc, ya aprobados y no impugnados, son ineficaces
para posteriores actos de ejecución, por lo que no podrá
dictarse ningún acto de gestión o ejecución en base
a ese planeamiento de desarrollo. Los actos ya dictados a su amparo seguirán
vigentes si no han sido impugnados.
El planeamiento
de desarrollo en tramitación no podrá terminarse su tramitación,
y se archivarían sus expedientes.
Respecto
de los actos de gestión urbanística (Equidistribución,
Expropiación y Urbanización), los actos de gestión
urbanística ya aprobados y no impugnados, mantienen su eficacia
pero la práctica es diferente. Las equidistribuciones que no se
anulen seguirían vigentes, pero las licencias de obra de los solares
no podrían concederse. Pueden seguirse ejecutando los proyectos
de urbanización no impugnados, llegando incluso a ser recepcionados
por el ayuntamiento, pero no garantizaría la consolidación
del suelo por ser obras contrarias a planeamiento, exigiendo volver a recoger
un tipo de suelo de urbano no consolidado o urbanizable.
Los actos
de gestión urbanística en tramitación no podrán
ser aprobados, archivándose sus expedientes.
Los actos
de gestión urbanística impugnados serían anulados.
Las infraestructuras
o dotaciones que no estén amparadas en su utilidad pública
en el planeamiento podrán continuar su tramitación y ejecución.
Las infraestructuras o dotaciones cuyos proyectos de ejecución y
expropiación ya estén aprobados y su causa de utilidad pública
venga derivada del contenido del PXOM, podrán continuar su ejecución.
Si esos proyectos están impugnados serán anulados y sus expropiaciones
consideradas ilegales, si bien, por utilidad pública, los expropiados
probablemente sólo tengan derecho a la nueva indemnización
por daños efectivos derivados de la nulidad de la expropiación
y del justiprecio que finalmente se fije, sin posibilidad de recuperar
los terrenos ocupados.
Las infraestructuras
o dotaciones cuyos proyectos de ejecución y expropiación
no estén aprobados definitivamente y su causa de utilidad pública
venga derivada del contenido del planeamiento anulado, no podrán
ser aprobados, archivándose sus expedientes.
Los propietarios
de terrenos, solares o inmuebles que hayan efectuado gastos para el desarrollo
de lo previsto en el planeamiento anulado, cuotas de urbanización
o junta de compensación, pagado impuestos de tasas urbanística
o ICIO, IBI por clasificación del suelo como urbano, podrán
reclamar su coste al ayuntamiento y Comunidad Autónoma por responsabilidad
patrimonial o devolución de ingresos indebidos.
Si sufren
un cambio de clasificación del suelo que les impida edificar sus
solares (deben tener consolidado el derecho edificatorio), podrán
exigir la pérdida de valor de los terrenos.
Si los
terrenos no han alcanzado el grado de consolidación de urbanización
necesario para ser solares, habrá que analizar cada caso concreto
para apreciar si el plazo aplicable para alcanzar la condición de
solar se ha incumplido o no.
Si han
ejecutado obras en base al PXOM y éstas pasan a estar en régimen
de fuera de ordenación por la nulidad del plan, esta situación
no sería indemnizable.
Dentro
de estos supuestos básicos cabrán casos concretos con sus
respectivas especialidades.
EL SUPREMO
ANULA LA REVISIÓN DEL PLAN GENERAL URBANO DE CARTAGENA
El Plan
General de Ordenación Urbana (PGOU) de Cartagena se encuentra paralizado.
El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación interpuestos
por la Comunidad Autónoma y el ayuntamiento de Cartagena contra
el fallo del TSJ que declaró nula la orden de la consejería
de Obras Públicas relativa a la revisión del PGOU de Cartagena,
el 29 de diciembre de 2011. La sentencia del Supremo supone un nuevo varapalo
para la Comunidad y el Ayuntamiento, ya que da la razón al empresario
Tomás Olivo, quien a través de Emasa Empresa Constructora
SA presentó un recurso frente a la revisión del Plan General
Municipal de Ordenación (PGMO), debido a que no se le permitía
desarrollar el plan rambla.
La sentencia
declara que la nulidad alcanza a la posterior orden de la Consejería,
de 17 de julio de 2012, relativa a la toma de conocimiento del texto refundido
de la revisión del PGOU al considerar que la misma no puede subsistir
si se anula la norma que le servía de fundamento y a la que se encuentra
unida.
La sentencia
recurrida entendió que los defectos que debían subsanarse
eran numerosos, que no pueden calificase en modo alguno de escasa relevancia
y que, además, no se limitaban a un área o zona determinada,
sino que abarcaban la totalidad del municipio.
En este
sentido, explica que las citadas subsanaciones afectan a la «estructura
orgánica y general, a todos los sistemas generales, a la clasificación
del suelo, a la ordenación de sectores, al suelo urbano consolidado
y sin consolidar y al núcleo rural, a la normativa del Plan, a la
Memoria Ambiental, al Programa de Actuación y Estudio Económico
y al Estudio de Impacto Territorial», alteraciones todas ellas que
va desgranando a lo largo de la extensa fundamentación de la sentencia,
para señalar, por vía de ejemplo, que «sólo
las deficiencias relativas a los sistemas generales impedían la
aprobación definitiva por afectar a la totalidad del sistema, o
que las relativas al suelo urbano son tantas y de tal entidad que afectan
prácticamente a todo el municipio». Para el Supremo, las deficiencias
observadas «han sido importantes que se hace necesario fijar un nuevo
trámite de información pública».
ANSE
Anse envió
un comunicado en el que destacó que el plan anulado por el TSJ «rebajó
la protección del suelo en la ribera Sur del Mar Menor consolidando
el desarrollo urbanístico de Novo Carthago, incluyó suelos
urbanos en Cala Reona y bosque de Atamaría, no aportó información
cartográfica fundamental sobre hábitats naturales, riesgos
ambientales e infraestructuras diversas, y no incluyó suelos protegidos
fuera de los que estaba obligada por la normativa europea y autonómica».
Añadió
que el alcalde se negó a aceptar las peticiones de ANSE para reiniciar
el Plan General, y llegó a calificarlas de «capricho»
nombrando como director general de Urbanismo a quien fuera el máximo
responsable del Plan General fallido durante varios gobiernos anteriores,
a pesar de las enormes deficiencias del mismo».
ZONAS AFECTADAS
Preocupan
los efectos que puede tener en materia de licencias y de expansión
industrial y residencial en los barrios y las diputaciones, y de forma
específica en el entorno del Mar Menor, de La Manga y de Cabo de
Palos. Algunos ejemplos son los planes Novo Carthago, Cala Reona y Atamaría.
FUNDAMENTOS
JURÍDICOS
En la resolución,
el Supremo destaca que esa nulidad alcanza a la orden que, ya el 17 de
julio de 2012, adoptó la Consejería sobre el plan. Se trata
de la denominada toma de conocimiento del texto refundido de la revisión
del Pgmou. A juicio del Supremo, el visto bueno que la Comunidad dio en
2012 al plan «no puede subsistir, si se anula la norma que le servía
de fundamento y a la que se encuentra inescindiblemente unida».
El TS da
estas razones en una sentencia donde desestima los recursos de casación
interpuestos por la Comunidad y el Ayuntamiento, contra el fallo dictado
en mayo de 2015 por el TSJ. La Administración regional acudió
al Supremo como demandada y el Consistorio, en una decisión del
Gobierno local sin el consenso del Pleno, se unió a esa iniciativa
como codemandado.
Hace 3
meses el tribunal regional respaldó las tesis del promotor Tomás
Olivo sobre la tramitación irregular del plan.
En una
serie de demandas a través de distintas mercantiles, Olivo planteó
un recurso por medio de Emasa Empresa Constructora SA frente a la revisión
del Pgmou. El constructor se sintió perjudicado en el Plan Rambla,
la zona de expansión de la ciudad entre el Estadio Cartagonova,
el barrio de La Concepción.
11 de febrero
de 2016
NOTICIA
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LA NULIDAD
DEL PLANEAMIENTO DE VIGO SE CUELA EN LA NUEVA LEY DO SOLO
¿Qué
aprendo?
Se analiza
en la guía práctica inmoley.com del planeamiento urbanístico
y en la guía del urbanismo de Galicia. Alternativa Galega de Esquerda
AGE ha impedido la introducción de una enmienda en la nueva Ley
do solo que permitiría dar seguridad jurídica a los grandes
proyectos de Vigo a pesar de la anulación de su PXOM por parte del
TS. La ley do solo se ha aprobado sin la modificación del artículo
144. Para salvar el escollo creado por AGE, la ley volverá al pleno
para ser modificada en este punto. Esta modificación permitirá
desarrollar proyectos en Vigo, tras la anulación de su plan de ordenación,
pero también en otros municipios en caso de que sus planeamientos
se vean afectados.
Convertir
conocimiento en valor añadido > Herramienta práctica >Guías
prácticas
PP y PSdeG
estaban a favor pero como explicó el viceportavoz de AGE, Antón
Sánchez, introducir la enmienda supondría menoscabar «el
derecho de participación de los particulares a la hora de hacer
alegaciones» e incluso aprecian «una desprotección del
medio ambiente». En el caso de Vigo se trataba de garantizar la seguridad
jurídica de proyectos como el de la expansión del grupo PSA
Citroën.
El portavoz
del grupo popular, Jaime Castiñeira, defendió que la enmienda
al artículo 144 «no es una chapuza», pues, a su juicio,
solo sirve para casos de «excepcional» interés y ofrece
más garantías.
El diputado
popular Jaime Castiñeira ha cargado contra la "demagogia e interés
partidista" de AGE "poniendo por delante intereses partidistas al de los
gallegos". De hecho, ha identificado la postura de Alternativa con que
esta formación "nace con la crisis" y "necesitan de la crisis económica
para seguir existiendo". "Eso está estudiado", ha espetado.
A renglón
seguido, ha defendido que la enmienda al artículo 144 "no es una
'trapallada (chapuza)", pues, a su juicio, solo sirve para casos de "excepcional"
interés y ofrece más garantías que el artículo
198 al que hace mención el Bloque, que "no prevé participación",
"ni tiene en cuenta el informe vinculante de los ayuntamientos". Además,
ha recordado que "el problema de Vigo lo crearon el alcalde de Vigo y el
bipartito".
En lo tocante
a la vía de la supramunicipalidad propuesta por AGE, Castiñeira
ha admitido que "podría ser una situación", pero "no vale",
porque daría lugar a plazos de "24 meses como mínimo", un
periodo éste que Alternativa le ha rebatido.
Tras dos
años de tramitación, el Parlamento gallego aprobó
ayer la Lei do Solo que sustituye a la de 2002. Las negociaciones arrancaron
con el propósito de alcanzar una reforma de consenso, pero finalmente
el texto fue aprobado con los únicos votos a favor del PP y el rechazo
en bloque de toda la oposición, que calificó la nueva ley
de "obsoleta" e "ineficiente". Los partidos de la oposición ya advierten
de que la normativa será derogada si se produce un cambio de gobierno
en la Xunta tras las autonómicas después del verano.
La ley
se ha aprobado sin la modificación del artículo 144, que
ni se llegó a votar, ya que AGE y el Grupo Mixto mantuvieron su
negativa a introducir este cambio. El PP pretendía una modificación
para acometer proyectos urbanísticos claves en Vigo, tras la sentencia
que tumba el PXOM. El PSdeG anunció que se sumaría, si se
llegaba a votar, mientras que el BNG indicó que se abstendría
para no entorpecer una solución. Para salvar el escollo creado por
AGE, la ley volverá al pleno para ser modificada en este punto.
Esta modificación permitirá desarrollar proyectos en Vigo,
tras la anulación de su plan de ordenación, pero también
en otros municipios en caso de que sus planeamientos se vean afectados.
El presidente
de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, acusó a
AGE de "irresponsabilidad" y "desvergüenza política" por no
apoyar la enmienda a su artículo 144 que permitiría avanzar
con proyectos como la estación de AVE, la Ciudad de la Justicia
o la ampliación de la factoría de PSA.
Por su
parte, el portavoz de AGE, Antón Sánchez, recordó
que durante los últimos días se reunió con la dirección
de PSA y sus trabajadores que le trasladaron que su intención es
contar con "seguridad jurídica". Insistió en que la intención
de la factoría es avanzar con su plan industrial y AGE no apoyará
"chafalladas del PP en Urbanismo". "Nosotros queremos que nos dejen decidir",
contestó el presidente de la Xunta a AGE.
El bloqueo
de Alternativa Galega de Esquerdas obliga a la Xunta a activar su "plan
B" para desatascar proyectos estratégicos para Vigo. A lo largo
de las últimas semanas, pel Gobierno gallego avanzó que valoraba
otra vía, que pasaría -según se detalló en
la visita de Feijóo a PSA- por llevar a la Cámara este mes
o a inicios de marzo una modificación puntual por la vía
de urgencia del artículo 144.
3 de diciembre
de 2015
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VIGO TIENE
QUE HACER UN NUEVO PLAN URBANÍSTICO
¿Qué
aprendo?
Se analiza
en la guía práctica inmoley.com del planeamiento urbanístico
y guía del urbanismo de Galicia. La nulidad del PXOM de Vigo obliga
a redactar un nuevo plan general, lo que en el mejor de los casos no baja
de dos o tres años, y eso contando con la colaboración de
la Xunta. El problema es el régimen transitorio durante este período
y la posible paralización constructora en la ciudad. Otro problema
es la solución que se quiera dar a las licencias y planes de desarrollo
otorgados conforme al plan general anulado por el Supremo. El Tribunal
Supremo sostiene que la nulidad del plan general determina la nulidad de
las normas posteriores a las que sirva de cobertura -planes parciales y
planes especiales- y por otro lado, que la nulidad del plan general no
determina automáticamente la de todos los actos de aplicación,
es decir las licencias, adoptados al amparo de aquel. De este modo, subsistirán
los actos que sean firmes (no impugnados judicialmente).
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prácticas
Los planes
parciales y planes especiales aprobados definitivamente con anterioridad
a la sentencia se habrían de entender inválidos por haber
resultado nulo el plan general del que traen causa. Formalmente, dicha
invalidez debería ser declarada judicialmente. En la práctica,
supondrá que los planes parciales o los especiales no podrán
ser aplicados.
Las licencias
que se hubiesen otorgado al amparo directamente de la normativa del Plan
Xeral declarado nulo o de dichos planes parciales y especiales aprobados
antes de la sentencia, siempre y cuando no hubieran sido impugnadas, no
hubiera recaído sentencia firme sobre ellos o estuvieran suspendidas,
tendrían plena eficacia, así como las obras que se hubieren
ejecutado a su amparo.
Las licencias
solicitadas antes de la sentencia del Tribunal Supremo pero que aun no
hayan sido otorgadas, y que son aplicación de los mencionados planes
parciales o planes especiales aprobados definitivamente, no podrán
otorgarse. Aunque dichos planes no hayan sido impugnados, carecen de validez
al resultar nulo el Plan Xeral que desarrollan.
Las licencias
solicitadas antes de la sentencia del Tribunal Supremo y aún no
otorgadas para solares que según el Plan Xeral anulado son directamente
edificables, tendrían que otorgarse conforme al Plan Xeral de 1993
con las consideraciones que haremos a continuación
Las licencias
de obras que se soliciten después de la sentencia del Tribunal Supremo,
habrían de concederse, conforme al Plan Xeral de 1993. Ahora
bien, este plan no está adaptado a la legislación vigente,
lo que obligaría al Concello a adaptarlo.
Uno de
los problemas es la solución transitoria de los ámbitos estratégicos
en fase de tramitación, como ocurre en Samil, Cabo Estai o Tomás
Paredes, área en la que falta solo la aprobación del último
trámite para iniciar las obras.
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