El ayuntamiento
alega problemas con el estudio geotécnico del terreno y con la calificación
urbanística de una parte pero ya está devolviendo otras
subvenciones otorgadas en los últimos años, que suman más
de un millón de euros, para ejecutar tres proyectos que no se llegaron
a iniciar. En concreto, fueron la remodelación de la ermita de Nuestra
Señora de la Candelaria (230.561 euros), un centro de estancia diurna
(380.000 euros a la Junta y 128.237 euros a la Diputación) y un
tanatorio (307.425 euros a la Junta de Andalucía).
En la sentencia
firme se desestiman los argumentos esgrimidos por el Ayuntamiento de Colmenar,
que alegó problemas con la calificación urbanística
de una parte de los terrenos donde se levanta el pabellón. En concreto,
una porción de unos 400 metros cuadrados estaban situados en terrenos
calificados como no urbanizables, por lo que fue necesario tramitar una
modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento para poder
autorizarlas.
«La normativa
sobre reintegro en la Orden que regula la ayuda señala que concurren
tres causas suficientes para el reintegro: no cumplimiento del objetivo
(pabellón), la no justificación de las cantidades anticipadas,
y el incumplimiento de la obligación de ejecutar las obras en plazo,
estando acreditado que siguen paralizadas», sostiene el TSJA en un
fallo dictado el pasado 29 de abril. El Alto Tribunal andaluz impone también
al Ayuntamiento el pago de las costas. |