Este acuerdo
era necesario en ejecución de una sentencia del Tribunal Supremo
y, cumpliendo las directrices de los informes jurídicos pertinentes,
que preveían la necesidad de retomar el procedimiento a partir de
la aprobación inicial y su remisión a la Comunidad Autónoma.
De esta manera, tal y como apuntó el concejal de Urbanismo, «se
subsana una cuestión formal y evitamos que se produzca un perjuicio
a las 1.500 familias que viven en Joven Futura».
DECLARACIONES
El socialista
José Ignacio Gras recordó durante su intervención
la posición contraria que el PSOE mostró en su momento a
la transformación del suelo, por ser «una reclasificación
inapropiada y una desprotección de la huerta». Además,
Gras indicó que «no es cierto que el informe de la CHS sobre
los recursos hídricos de la zona no se adjuntara, sino que cuando
se emitió fue negativo». El socialista justificó la
abstención de su grupo para preservar la garantía jurídica
a los propietarios y planteó la posibilidad de una modificación
puntual del plan general que afecte solo a Joven Futura, ya que «no
queremos que se reclasifique para que sea una zona de alta densidad de
población. Queremos que se proteja Joven Futura pero no que haya
presión urbanística» y anunció que los socialistas
presentarán «una moción de urgencia para pedir que
se inicie la tramitación de una nueva modificación del actual
Plan que afecte a los suelos no edificados para su reclasificación
a terreno de huerta».
Por su parte,
desde Ciudadanos, Carlos Peñafiel instó a buscar a los responsables
y a quien «levantó la mano en su momento», al igual
que Sergio Ramos de Cambiemos Murcia, que abogó por «una ciudad
cohesionada, en lugar de encontrar todas las viviendas de jóvenes
en un mismo sitio, sin repartirlo por todo el municipio», y aprovechó
para pedir más tiempo para este resolver este tema.
«Estamos
a favor de que se solucione la situación de los vecinos afectados,
pero esto no puede servir para reclasificar terrenos de huerta que no están
construidos», explicó Alicia Morales de Ahora Murcia.
ANTECEDENTES
SEPTIEMBRE 2015
La ausencia
del certificado de la Confederación Hidrográfica del Segura
(CHS) garantizando el suministro de agua para la aprobación de nuevas
urbanizaciones también ha pasado factura al ayuntamiento de Murcia.
Tras la anulación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU)
de Puerto Lumbreras, por incumplir el artículo 25.4 de la Ley de
Aguas e intentar justificar la disponibilidad de caudales con el agua procedente
de la desaladora de Escombreras, el Supremo ha anulado la reclasificación
del suelo que ocupa la urbanización Joven Futura, en Espinardo,
en la que actualmente viven más de 1.500 familias, y que también
fue aprobada por la Comunidad Autónoma sin el informe favorable
de la CHS.
El incumplimiento
de la Ley de Aguas puede llevarse por delante todos los convenios urbanísticos
aprobados por el Ayuntamiento sin el informe favorable de la Confederación.
El fallo de la Sala de lo Contencioso del Supremo destaca que «los
planes de las comunidades autónomas o de las entidades locales 'que
comporten nuevas demandas de recursos hídricos' es tan precisa,
clara y rotunda que adquiere plena virtualidad por sí misma en cuanto
impone la necesidad de solicitar y obtener tal informe».
En el caso
de Joven Futura, la Sala concluye que la falta del informe de la CHS determina
la nulidad del instrumento de planeamiento en su conjunto «debido
al carácter preceptivo y vinculante del mismo». Asimismo,
explica que «no consta que dicho informe haya sido solicitado».
En concreto, el recurso contencioso-administrativo fue presentado contra
la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia del 15 de noviembre
de 2013 por la que se desestimaba el recurso dirigido contra la Orden resolutoria
del consejero de Obras Públicas, Vivienda y Transportes de la Comunidad
Autónoma de 24 de junio de 2005, relativa a la aprobación
definitiva de la modificación del PGOU. Esta modificación
permitía la reclasificación de suelo de huerta no urbanizable
en urbanizable residencial de protección pública y alta densidad.
El Supremo
recuerda en su sentencia que la Ley de Aguas, en su redacción original,
establecía que «las Confederaciones Hidrográficas debían
emitir un informe previo, en el plazo y supuestos que reglamentariamente
se determinen, sobre los actos y planes que las comunidades autónomas
hayan de aprobar en el ejercicio de sus competencias, entre otras, en materia
de medio ambiente, ordenación del territorio y urbanismo, espacios
naturales, pesca, montes, regadíos y obras públicas de interés
regional». Conocida la sentencia, los partidos de la oposición
coincidían ayer en que se trata de «una prueba más
del urbanismo a la carta» llevado a cabo por el PP en el municipio.
PSOE, Ahora Murcia y Cambiemos Murcia, pidieron explicaciones al PP por
ser «el responsable de la reclasificación de los terrenos
de Joven Futura».
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