En la medida
en que permiten la regulación básica y la complejidad de
la materia, la Ley procura simplificar la tramitación sin perder
el rigor y la exigencia en la preservación ambiental, por ejemplo
excluyendo de la autorización administrativa preceptiva de la Administración
hidráulica una serie de obras y actuaciones menores o simplificando
la tramitación de los proyectos de la Red Natura 2000 en los casos
en los que no repercutan de manera apreciable sobre los espacios.
Además,
se faculta al Consejo de Gobierno para proteger espacios sin tener que
contar con el visto bueno del 50% de los propietarios y obliga al Estado
a consultar al órgano ambiental, la Comisión de Medio Ambiente
de las Islas Baleares, cuando los proyectos que evalúe afecten a
la comunidad autónoma, que tendrá que emitir un informe que
será preceptivo.
La Ley consta
de seis títulos, incluido el preliminar, una disposición
transitoria, una disposición derogatoria, cinco disposiciones finales
y cuatro anexos.
La disposición
final segunda modifica la Ley para la conservación de los espacios
de relevancia ambiental (LECO), y actualiza las regulaciones de uso público
de los espacios de relevancia ambiental, procurando hacerlos compatibles
con el acceso al medio natural, en concreto del uso de caminos existentes
para acceder en la costa. La Ley cumple también un acuerdo unánime
del Parlamento de las Islas Baleares sobre la necesidad de regular y controlar
la actividad conocida como party-boats.
GOLF INMOBILIARIO
Son Bosc volverá
a formar parte del Parque Natural de s’Albufera de Mallorca
El consejero
Vicenç Vidal anuncia en Parlamento la ampliación del Parque
al derogar, por medio de la Ley de evaluación de impacto ambiental,
la normativa que tenía como único objeto hacer un campo de
golf en la finca
Son Bosc volverá
a formar parte del Parque Natural de s’Albufera de Mallorca después
de que el Parlamento haya dado el visto bueno a la Ley de evaluación
de impacto ambiental, la cual contiene una disposición derogatoria
de la norma que tenía como único objeto hacer un campo de
golf en esta finca. Se cumplen así las recomendaciones de la Misión
de Asesoramiento del Convenio Ramsar de 25 de febrero de 2011, que lo indicaba
explícitamente, y también las sentencias que han cuestionado
la constitucionalidad de esta normativa.
Así
lo ha anunciado en el Parlamento el consejero de Medio Ambiente, Agricultura
y Pesca, Vicenç Vidal, que ha expresado su “satisfacción,
tanto personal como institucional”, por la derogación de la Ley
que permitirá que Son Bosc retorne al Parque Natural de s’Albufera,
del cual formó parte durante unos meses entre los años 2003
y 2004.
La Ley 9/2010,
de 27 de julio, de declaración de interés autonómico
de la construcción del campo de golf de Son Bosc, derogaba un acuerdo
del Consejo de Gobierno de inicio del procedimiento de elaboración
del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de s’Albufera,
y lo hacía respecto de una finca registral concreta. “Legislación
a la carta de la más grosera”, ha concluido al consejero.
Según
Vidal, además del carácter anómalo de una ley específica
para una iniciativa privada en un espacio de alto interés, Ramsar
indicaba que la zona de Son Bosc es parte integral del ecosistema de s’Albufera,
y recomendaba “ampliar los límites del lugar Ramsar para incluir
Son Bosc y recoger la posibilidad de que la ampliación se incluya
dentro del Parque Natural de s’Albufera de Mallorca”. En la misma línea,
apuntaba que “el nuevo PORN que se tendrá que aprobar para s'Albufera
debería incluir la zona de Son Bosc, específicamente excluida
del inicio del PORN por la Ley 9/2010, de 27 de julio”
“Cumplimos
así las recomendaciones de Ramsar respecto de la zona húmeda
de importancia internacional de s’Albufera de Mallorca, atendiendo también
las consideraciones del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares,”
ha añadido el consejero Vidal, que ha recordado que el anterior
Pacto de Progreso consiguió la ampliación de la Zona de Especial
Protección para las Aves (ZEPA) de s’Albufera de Mallorca, que se
adoptó por medio de un Acuerdo del Consejo de Gobierno el 25 de
febrero de 2011. Una decisión basada en informes técnicos
reiterados sobre la importancia de la zona de Son Bosc por la existencia
de aves que figuran en el anexo I de la Directiva de aves.
Por eso, la
aprobación de la Ley de evaluación de impacto ambiental representa
también el inicio de la revisión del PORN del Parque Natural
de s’Albufera, que como mínimo se ampliará hasta Son Bosc,
añadiendo 10 hectáreas a las 1.646,48 existentes.
DEBATE PARLAMENTARIO.
Para el debate
del plenario, los grupos han mantenido 'vivas' 37 enmiendas, de las cuales
se han aprobado solo dos que pertenecían a Podemos, que han sido
transaccionadas.
La nueva ley,
que sustituye la actual, que data de 2006, ha sido aprobada con los votos
en contra del PP a la mayoría de artículos y disposiciones.
Del mismo modo,
ha quedado aprobada también la prórroga de la moratoria del
alcantarillado en suelo urbano que establece un calendario de actuación,
a fin de que en un plazo máximo de siete años todas las urbanizaciones
viviendas ya construidas en Baleares dispongan de este servicio.
Podemos y la
diputada de Gent per Formentera, Silvia Tur, han votado en contra de la
disposición final, que recoge la enmienda presentada por El Pi.
Todos los demás grupos han votado a favor.
PP: "DESPROTEGE
E INCREMENTA LA BUROCRACIA"
Desde el PP,
el diputado Gabriel Company ha lamentado que la nueva Ley "no protege más
el medio ambiente", y ha censurado que "invade las propiedades privadas
mediante la imposición".
Con todo, Company
la criticado que se modifique la Ley para la conservación de los
espacios de relevancia ambiental (LECO), mediante una disposición
final, cuando, en su opinión, "es lo suficientemente importante
como para tratarla de forma exclusiva".
Por su parte,
la parlamentaria de Més per Mallorca Joana Aina Campomar ha rechazado
las críticas del PP y le ha recordado que algunos de los proyectos
aprobados por ellos son "una muestra clara de urbanismo a la carta".
MORATORIA DE
LA RED DE ALCANTARILLADO
Así,
desde Podemos, el diputado David Martínez, ha mostrado el rechazo
de su grupo a la enmienda presentada por el PI para prorrogar la moratoria
del alcantarillado porque es "una solución consensuada con prisas,
sin ser debatida ni estudiada en profundidad", ha alegado.
"No estamos
seguros sobre su eficacia y sólo da pie a conceder más licencias
en suelo urbano sin red de alcantarillado", ha apuntado al respecto.
La nueva normativa
amplia la prohibición de la actividad de los 'party boats' en todos
los espacios naturales del litoral balear.
Hasta ahora
la prohibición estaba vigente en el ámbito del Parque Natural
de ses Salines de Ibiza y Formentera.
Además,
el texto legislativo excluye de la autorización administrativa preceptiva
de la Administración hidráulica una serie de obras y actuaciones
menores o simplifica la tramitación de los proyectos de la Red Natura
2000 en los casos que no repercutan de forma apreciable sobre los espacios.
El título
preliminar, además de establecer el objeto y el alcance de la Ley,
también recoge, en las finalidades de la norma, los principios de
derecho internacional, europeo y de la legislación básica,
porque se ha considerado oportuno reproducirlos al principio de la ley,
junto con los principios de cooperación interadministrativa.
El título
I confirma la Comisión de Medio Ambiente de Baleares (Cmaib) como
el órgano ambiental de la Comunidad Autónoma, precisa su
estructura en órganos e introduce la novedad del carácter
público de las sesiones del Pleno.
El título
II regula estrictamente los procedimientos de evaluación ambiental.
En la documentación
de los estudios de impacto ambiental se ha incluido, además del
contenido mínimo que establece la Ley básica, un anexo de
incidencia paisajística, teniendo presente tanto el activo que representa
el paisaje en Baleares como la vigencia del Convenio europeo del paisaje.
El título
III regula de forma específica la consulta preceptiva al órgano
ambiental de la Comunidad Autónoma en los planes, programas y proyectos
que tiene que evaluar la Administración general del Estado, y establece
la nulidad de las evaluaciones estatales sin haber consultado a la Cmaib
en los casos que sea preceptivo.
El título
IV trata sobre la evaluación de las repercusiones en los espacios
Red Natura 2000, y el título V regula unas materias primordiales
en la evaluación ambiental pero que a menudo son descuidadas en
la práctica: el seguimiento de los procedimientos ambientales, la
protección de la legalidad ambiental, el restablecimiento del orden
jurídico perturbado y el régimen sancionador.
Se derogan
las excepciones sobre evaluación ambiental dispersas en normativa
sectorial, tanto para evitar puntos de fuga como para reunir la regulación
en una sola ley de referencia, por seguridad jurídica.
Asimismo, se
aprovecha la ocasión para derogar la ley para hacer un campo de
golf en Son Bosc para cumplir las recomendaciones de la Misión de
Asesoramiento del Convenio de Ramsar de 25 de febrero de 2011, que lo indicaba
explícitamente, así como las sentencias que han cuestionado
la constitucionalidad de esta ley.
La disposición
final segunda modifica LECO, en congruencia con el articulado, y recoge
unas modificaciones de actualización de las regulaciones de uso
público de los espacios de relevancia ambiental, motivada por la
necesidad de atender el incremento de presión que sufren y las nuevas
demandas de usos, así como un ajuste de los usos públicos
a la realidad de los requerimientos de conservación, para hacerlos
compatibles con el acceso al medio natural, en concreto del uso de caminos
existentes para acceder a la costa.
|