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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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21 de abril de 2016
 
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REFORMA DEL DERECHO INMOBILIARIO CATALÁN
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com de aportación de solar a cambio de edificación. Debate parlamentario del proyecto de ley del libro sexto del Código Civil de Cataluña para culminar un derecho civil propio. El libro sexto regula las obligaciones y los contratos, como los de  compraventa, el de permuta, el de cesión de solar o aprovechamiento urbanístico a cambio de una construcción futura, de pensiones vitalicias y de cultivo. El pleno del Parlament ha iniciado el debate a la totalidad del proyecto del libro sexto del Código Civil catalán. El conseller de Justicia, Carles Mundó, ha presentado el libro, que ya superó un debate a la totalidad en la pasada legislatura pero que no pudo continuar su tramitación por el adelanto electoral, y ahora llega al pleno con una enmienda de rechazo del PP. El libro sexto regula los contratos de compraventa y de permuta, el de cesión de solar o aprovechamiento urbanístico a cambio de construcción futura, y los contratos de cultivo; en caso de compraventa, el código tiene en cuenta la capacidad del comprador de un inmueble de retirarse si el contrato prevé la financiación de la compra por una entidad de crédito pero finalmente ésta no lo concede. Además, detalla la regulación de contratos, como el de custodia del territorio, el de integración ganadera, el de alimentos y el de pensión vitalicia.  
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APORTACIÓN DE SOLAR A CAMBIO DE EDIFICACIÓN. 

 
EL LIBRO VI
 
El título primero del texto, relativo a las disposiciones generales, regula las partes generales de la obligación y del contrato teniendo en cuenta los principios de la contratación que afectan a los consumidores. Así, se establecen las obligaciones del vendedor y el comprador, el deber de pagar el precio por parte del comprador y el principio de conformidad que debe regir el contrato de la compraventa.
 
Además, incluye la figura jurídica de la ventaja injusta, es decir, el incremento de un patrimonio sin causa jurídica que lo justifique en detrimento de otro patrimonio, recogida y actualizada en la compilación de derecho civil de Catalunya. También incorpora las especialidades de la compraventa inmobiliaria, que la práctica notarial y registral había prefigurado, como la compraventa de inmuebles en construcción, la compraventa de inmueble con pacto de financiación por un tercero o una nueva regulación de la condición resolutoria explícita, modalidades destinadas a dotar de una mayor protección y de más opciones al comprador.
 
El título segundo contiene los diferentes tipos contractuales, tales como la actualización de la permuta; la cesión de solar o de aprovechamiento urbanístico a cambio de construcción futura; los contratos de cultivo, aparcería y granja; el arrendamiento rústico y el arrendamiento de pastos; el violario, figura jurídica del derecho civil que consiste en el derecho a percibir una pensión periódica en dinero durante la vida de una persona; el contrato de alimentos; el contrato de acogida de personas mayores, los contratos de integración, o el censal, entre otros.
 
Las innovaciones se hacen compatibles con el mantenimiento, debidamente actualizado y renovado, de figuras tradicionales del derecho civil catalán, como la rescisión por lesión y la venta a carta de gracia, que provienen directamente del derecho romano y tienen plena vigencia en la sociedad actual. Sin embargo, se regula la nueva figura de contrato de custodia del territorio, que actualmente ya tiene un fuerte impulso a Catalunya. La finalidad de esta figura es la conservación de la biodiversidad, el patrimonio natural y cultural, el paisaje o la gestión sostenible de los recursos naturales.
 
El Libro VI se compone también de un tercer título, que se refiere a las otras fuentes de la obligación.

DEBATE PARLAMENTARIO

El conseller de Justicia, Carles Mundó, ha calificado de oportunidad histórica el trámite de este libro que culmina el Código Civil de Catalunya que, ha recordado, tiene un rango jurídico superior al español: "Nuestra generación tiene la capacidad de hacer un Código Civil nuevo y moderno, y si la ciudadanía lo quiere será también el Código Civil del nuevo país".

El libro se divide en tres títulos pero la oposición ha criticado que en el articulado presentado por el Govern sólo se desarrolla el segundo, que se refiere a las obligaciones y contratos de compraventa y tiene en cuenta la capacidad del comprador de un inmueble de echarse para atrás si el contrato prevé que la financiación provenga de una entidad bancaria que decida no financiar la operación.

También incorpora la regulación detallada de los contratos de custodia del territorio, de integración ganadera, de alimentos y del sistema de pensión vitalicia.

ENMIENDA DEL PP

La diputada del PP Esperanza García ha justificado la enmienda a la totalidad de su grupo por la forma y el contenido, ya que no considera que se cumpla el carácter de urgencia con el que el Govern ha llevado el texto al Parlament: "¿Qué urgencia hay en Catalunya de regular las obligaciones y contratos? ¿Hay alguna alarma? ¿Están los catalanes desamparados?".

García ha acusado al Govern de "intentar regular por encima de la Constitución y del Estatut" al incorporar en el Código Civil artículos que, a su entender, exceden las competencias de la Generalitat.

"Quieren crear estructuras de Estado y punto, pero no hay desarrollo de las instituciones catalanas", ha reprochado también la diputada al conseller.

RESTO DE GRUPOS

El diputado de C's José María Espejo-Saavedra ha asegurado que el propósito que ve en el Govern sea crear una estructura de Estado para sustituir legislación española y, aunque ha recordado que su grupo presentó en la anterior legislatura una enmienda a la totalidad a la propuesta de libro sexto del Código Civil, ha justificado no hacerlo en esta ocasión para "actualizar el derecho civil catalán porque está en absoluto desuso".

La diputada del PSC Rosa Maria Ibarra ha aseverado que el Govern no ha desarrollado los títulos I y III del Código para evitar que se declaren inconstitucionales, y ha adelantado que el PSC presentará enmiendas durante el debate de la normativa.

El portavoz de SíQueEsPot, Joan Coscubiela, ha criticado que Mundó se haya referido al Código Civil como una estructura de Estado y le ha recriminado que el título sexto debería debatirse independientemente del proceso independentista: "Tenemos que evitar convertir el debate en uno simplista entre los que ven estructuras de Estado y amenazas secesionistas".

Desde la CUP, el diputado Benet Salellas ha dicho encontrarse en una contradicción por entender que el derecho civil catalán "desactiva el Decreto de Nueva Planta y es un ejercicio de recuperación de soberanía jurídica" pero ha visto poca ambición en el Govern al considerar que con esta adición se cierra el Código, y le ha emplazado a regular la nacionalidad catalana en un séptimo capítulo.

El diputado de JxSí Jordi Orobitg ha afirmado que con la aprobación del capítulo sexto se da "el paso definitivo para poner fin a la infamia" del Decreto de Nueva Planta de 1715 y lo ha englobado en la aprobación de las tres leyes fundamentales para la independencia: seguridad social, agencia tributaria y transitoriedad jurídica.
 


 
APORTACIÓN DE SOLAR A CAMBIO DE EDIFICACIÓN. 

 


 
 
 
 
 

 

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