El Ayuntamiento
de Carboneras (Almería) ha advertido de que los terrenos anexos
a las fincas que integran El Algarrobico son de "propiedad privada" y de
que "no es posible en el momento actual" su cambio a suelo no urbanizable
de especial protección, ya que, de hacerse así, la propiedad
"tiene derechos adquiridos que darían lugar a reclamaciones patrimoniales".
"En caso de
alteración urbanística, esta daría lugar a reclamaciones
patrimoniales y a resarcimientos que excederían las capacidades
económicas de este Ayuntamiento y es por ello que dicha alteración
no es viable en el momento actual", asegura el ayuntamiento en respuesta
a la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, cuya mediación solicitó
la asociación 'Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar'
para que dejasen de ser urbanizables estos terrenos.
El escrito
hace referencia en concreto al sector urbanístico ST-2 o 'El Canillar',
anexo al sector ST-1 en el que se levanta el hotel y propiedad de la misma
promotora, Azata del Sol. Sobre este estaba proyectado un desarrollo urbanístico
residencial con 250 viviendas aunque desde el Consistorio se recuerda que,
en este momento, el citado sector "no está urbanizado". Los colectivos
ecologistas temen, sin embargo, que si no se revisa de inmediato el planeamiento
urbanístico carbonero "puedan reactivarse" estas obras de urbanización.
Por otro lado,
que, en respuesta al mismo requerimiento por parte del Defensor del Pueblo
Andaluz, la Junta de Andalucía comunicó que no tiene intención
de requerir al Ayuntamiento de Carboneras (Almería), gobernado por
una coalición de independientes (Gicar) y PP, para que descatalogue
las fincas anexas
A los terrenos
de El Algarrobico y les dé la calificación de suelo no urbanizable
de especial protección que les corresponde según la normativa
autonómica ya que el ayuntamiento, según remarcado, tiene
"un plazo de cuatro años para hacerlo".
En el escrito
municipal, que firma el concejal de Urbanismo, el Ayuntamiento carbonero
insiste en que, en este momento, "no es posible ni viable" hacer el cambio
de calificación urbanística aunque reconoce que prevalece,
en este caso, la aplicación de la normativa ambiental que rige en
el parque natural de Cabo de Gata-Níjar.
Remite, asimismo,
a la redacción del nuevo Plan General de Ordenación Urbanística
(PGOU) como el "procedimiento adecuado" para llevar a cabo las alteraciones
en las clasificaciones de suelo del planeamiento vigente y recuerda que
no se hizo así en el año 2009 con motivo de la adaptación
parcial a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía
(LOUA) de las Normas Subsidiarias (NNSS) porque desde la propia Junta,
a través de la Comisión Interdepartamental de Valoración
Territorial y Urbanística, "se dijo que estábamos ante un
procedimiento y no ante un instrumento de planeamiento, por lo que no se
podían alterar las clasificaciones de suelo ni otras determinaciones
urbanísticas".
Por último,
el Ayuntamiento carbonero reitera que el sector ST-2, objeto de la queja,
entre otros, de 'Amigos del Parque' al Defensor del Pueblo Andaluz, es
de propiedad privada y que esta "tiene derechos adquiridos que, en caso
de alteración urbanística del sector, darían lugar
a reclamaciones patrimoniales y resarcimientos que excederían las
capacidades económicas" del Ayuntamiento. "Es por ello -concluye-
que dicha alteración no es posible ni viable en el momento actual,
recordando que, en este momento, el referido sector no está urbanizado".
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