En este caso,
se había planificado sobre un terreno de aproximadamente 900.000
metros cuadrados la construcción de 6.300 viviendas, un Centro de
Convenciones y la sede de la Valencia International University (VIU). La
zona, anexa a la ciudad, reúne construcciones de casas bajas (massets),
cultivos abandonados y pequeños campos de huerta. El centro del
proyecto era el citado Centro de Convenciones, que se encargó al
arquitecto Santiago Calatrava y cuya maqueta y anteproyecto costó
2,7 millones de euros.
La iniciativa
surgió en 2003 del equipo de gobierno del entonces alcalde José
Luis Gimeno y del que era concejal de urbanismo, Alberto Fabra, quien terminaría
siendo alcalde de la ciudad y presidente de la Generalitat Valenciana.
La sentencia
del Supremo da la razón a la Asociación Mestrets, que durante
trece años han batallado en los tribunales contra el Ayuntamiento.
En cuanto a
la sentencia, esta desestima un recurso presentado por la Generalitat Valenciana
contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad
Valenciana que declaraba nulo el PAI Mestrets por no contar con el informe
favorable de la Confederación Hidrológica del Júcar
y por estar supeditado a la modificación del PGOU del año
2000, que la justicia consideró nulo en 2003. Además, ratifica
que tanto el Ayuntamiento como la Generalitat infringieron “el principio
de equidistribución de beneficios y cargas”, una de las reivindicaciones
vecinales más importantes.
Esta misma
línea, el Tribunal Supremo ha desestimado un recurso de casación
de la Generalitat Valenciana y de Marina d’Or (Construcciones Castellón
2000) en lo que podría convertirse en el final de Mundo Ilusión.
La empresa pretendía urbanizar 18 millones de metros cuadrados y
construir 36.000 viviendas, 10.000 plazas hoteleras y un parque temático
de 800.000 metros cuadrados entre los municipios de Orpesa y Cabanes.
La desestimación
del recurso pone fin a la vía administrativa, aunque el proyecto
podría seguir adelante si el municipio de Cabanes aprueba de manera
definitiva un PGOU que elevaría la zona urbanizable del municipio
hasta los 18 millones de metros cuadrados y una previsión de incremento
poblacional de 3.000 a 125.000 habitantes.
La sentencia
del Tribunal Supremo ratificando la anulación del proyecto Marina
d´Or Golf abre un interrogante sobre la reserva de suelo aprobada
hace más de una década para construir un parque temático
en el corazón del megacomplejo urbanístico. La Generalitat
podría revocar el convenio que suscribió con los ayuntamientos
de Cabanes y Orpesa y liberar los terrenos afectados, que abarcan una superficie
de 800.000 metros cuadrados.
El PAI Marina
d´Or Golf tiene su origen en el proyecto del parque de ocio Mundo
Ilusión (inspirado en las temáticas del circo y la magia)
que presentó en 1999 el entonces presidente de la diputación,
Carlos Fabra. Esta iniciativa acabó convertida en el mayor PAI de
Europa cuando un grupo de empresas presentó en 2004 un programa
urbanístico en el ámbito del parque de ocio. De forma paralela,
el Consell, la diputación y los ayuntamientos de Cabanes y Orpesa
firmaron un convenio que obligaba a la adjudicataria del PAI –que acabó
siendo Marina d´Or– a fijar una reserva de terreno de 800.000 metros
cuadrados, que serían cedidos de forma gratuita a la Generalitat
para construir el parque de ocio.
El Gobierno
valenciano concluyó en 2009 el proyecto Mundo Ilusión, pero
el convenio de los terrenos ha permanecido vigente. Ahora con la sentencia
del Tribunal Supremo ratificando la nulidad del plan Marina d´Or
Golf, la Generalitat podría revocar el convenio suscrito con los
Ayuntamientos de Cabanes y Orpesa y liberar el suelo.
Diferente solución
se ha dado en Torreblanca. El PAI Doña Blanca -dos millones de metros
cuadrados, 4.500 viviendas y un campo de golf- tiene el visto bueno de
la Administración pero rescindido el convenio con el agente urbanizador,
Torremar, por incumplimientos derivados de las dificultades de financiación.
En Burriana,
el ayuntamiento decidió rescindir la urbanización del PAI
Sant Gregori, donde habían proyectado sobre una superficie de 2,5
millones de metros cuadrados 7.000 viviendas y un campo de golf. Las obras
deberían haber empezado en 2011 pero la sociedad urbanizadora pidió
un aplazamiento de dos años porque no encontró financiación.
En este caso,
la urbanizadora era Vistamar, participada por tres empresas castellonenses
y Bankia. El Consell Jurídic Consultiu ha validado la rescisión
aunque su estimación no es vinculante. El equipo de gobierno local
ha contratado a una empresa externa para valorar los posibles escenarios
y decidir qué hacer.
El documento
del Consell Jurírid Consultiu ha dictaminado la rescisión
de la condición de agente urbanizador a la mercantil “Golf Sant
Gregori SA”. Desde el ayuntamiento afirman que la empresa ha sido avisada
de la decisión de resolver el contrato.
Una vez iniciada
la rescisión del acuerdo, el ayuntamiento ha solicitado la elaboración
de varios informes que ha trasladado a las partes afectadas para analizar
las conclusiones y valorar las opciones de futuro cumpliendo con los plazos
marcados en el expediente de resolución contractual.
LAS RESCISIONES
DE LOS CONTRATOS DE URBANIZACIÓN
La DEROGADA
Ley Reguladora de la Actividad Urbanística de la Comunidad Valenciana
(LRAU) apuntaba que el Ayuntamiento tenía tres meses para llevar
a cabo estos trámites, más los tres meses que tenía
el Consell Jurídic Consultiu para pronunciarse.
Cuando el ayuntamiento
enviaba toda la documentación a este organismo autonómico,
el plazo se paralizaba.
Sin embargo,
la nueva regulación, Lotup, fija seis meses para solventar este
asunto sin necesidad de pedir una valoración al Consell.
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