Asimismo,
puso de relieve la "maraña normativa" que existe en la actualidad
sobre este asunto con la existencia de tres leyes, "multitud" de planes
de ordenación, "fronteras confusas" entre las administraciones insular
y municipales y sucesivas adaptaciones de los textos.
Esta situación,
dijo Clavijo, tiene como consecuencias que hay una rigidez en el planteamiento
con procedimientos "interminables" que pueden durar hasta 12 años
de media; que produce tensiones entre las administraciones y que supone
una carga injustificada sobre empresas y ciudadanos. Asimismo, expuso que
ante todo esto se han dado casos en los últimos años de "vías
de escape", que no "soluciones", como la suspensión del planeamiento
aplicando el artículo 47 de la Ley del Territorio, recordando casos
como el de la ampliación del Aeropuerto de Gando (Gran Canaria),
el Plan de Modernización Turística (2009 y 2013) o el recorte
de plazos en la tramitación con la Ley de Inversiones Estratégicas
de 2015.
La nueva ley
no toca suelo turístico o espacios naturales Por su parte, el presidente
canario hizo especial hincapié en que la Ley del Suelo no toca los
espacios naturales protegidos y que se promueve la contención en
el consumo de suelo rústico. Además, comentó que se
mantiene el principio de permitir el desarrollo de suelo urbanizable sólo
contiguo al urbano, así como la práctica prohibición
de clasificar nuevos suelos turísticos. Los principios de la reforma
atienden al desarrollo sostenible como objetivo en todas sus nuevas dimensiones;
movilidad, eficiencia energética, conservación del paisaje
y lucha contra el cambio climático. Desde este principio "irrenunciable",
Clavijo señaló que la nueva Ley se propone simplificar, racionalizar
y actualizar la toma de decisiones administrativas sobre el territorio,
con el fin último de flexibilizar el uso del suelo apto para ser
desarrollado o renovado, por un lado, y proteger los suelos valiosos.
Con todo, el
presidente recordó que la nueva norma quiere aglutinar todas las
reglas fundamentales de protección, ordenación y utilización
del suelo, por lo que viene a sustituir a otras tres normas De este modo,
la Ley del Suelo se propone sustituir al Texto Refundido de la Ley del
Territorio del año 2000, a las Directrices de Ordenación
(2003) y a la Ley de Armonización y Simplificación (2014).
La nueva norma excluye modificar la normativa vigente sobre turismo, patrimonio
histórico, comercio, actividades, clasificadas, vivienda, etc.,
sin perjuicio de algunos ajustes vía disposiciones adicionales.
"todo suelo no urbano o no urbanizable será suelo rústico"
Mientras, el
borrador mantiene las categorías actuales desde la perspectiva de
ordenación del suelo —rústico, urbanizable y urbano—, pero
introduce una novedad al considerar que "todo suelo no urbano o no urbanizable
será suelo rústico", invirtiendo el criterio fijado por la
Ley estatal 6/1998, que liberalizaba suelo. Desde la perspectiva del borrador,
sólo se admitirá el nuevo suelo urbanizable preciso para
las necesidades a las que no da respuesta el suelo ya clasificado desde
el punto de vista del interés público. Finalmente, otra de
las novedades que plantea el borrador tiene que ver con la revisión
de los procedimientos en función de las competencias atribuidas
a cada Administración en materia territorial y urbanística.
De esta manera, las herramientas de planeamiento —planes insulares, planes
generales de ordenación, etc.— serán aprobadas por las Administraciones
competentes, mientras que las Administraciones afectadas intervendrán
en proceso vía informe sobre aquellas materias que sean de su competencia.
NOVEDADES
Los ayuntamientos
y cabildos puedan realizar modificaciones puntuales de su planeamiento
en un máximo de seis meses para acoger nuevos proyectos urbanísticos
y de inversión, frente a los 12 años actuales.
La legislación
vigente obliga a las corporaciones locales a revisar todo el plan general
o insular cuando se pretende hacer algún cambio concreto que permita
nuevos desarrollos no previstos en el documento en vigor. "Lo que es extraordinario
se ha convertido en habitual y eso hay que revertirlo", aseguró
ayer el presidente del Gobierno, Fernando Clavijo.
Otra modificación
sustancial es que el planeamiento no tendrá que revisarse en su
integridad cuando entre en vigor la ley, como sucedía hasta ahora.
Clavijo puntualizó que la norma se aplicará al día
siguiente de su publicación en el BOC y los ayuntamientos y cabildos
tendrá libertad para adaptarse o no, lo que supone que no tendrá
efecto retroactivo.
La Ley del
Suelo deja en manos de las corporaciones locales no sólo la tramitación
de los planes, sino también su aprobación definitiva y el
informe de legalidad. De esta forma, la Cotmac pasará de ser un
organismo vigilante y supervisor a convertirse en un ente que se encargará
de realizar el informe que emita la Comunidad Autónoma sobre los
planes generales e insulares, sin potestad ya para cuestionar o bloquear
los mismos como hasta ahora.
Clavijo defendió
que el espíritu de la ley es que "cada Administración será
responsable de aprobar su planeamiento". En la tramitación habrá
un ahorro sustancial de trámites y se elimina la aprobación
provisional, de tal forma que habrá un avance, una aprobación
inicial y la definitiva.
SUELO URBANIZABLE
Según
los datos que obran en poder de la Consejería de Política
Territorial, en Canarias hay unos 54 millones de metros cuadrados de suelo
urbanizable, aunque los cálculos de la empresa pública Grafcan
elevan esta cifra hasta los 100 millones de metros cuadrados. En cualquier
caso, Clavijo aseguró que en Canarias hay suficientes terrenos urbanizables
para los próximos 20 años, por lo que no hay necesidad de
habilitar más suelo. La ley invierte también lo aplicado
hasta ahora de forma que todo el suelo no clasificado se considera rústico
con el fin de consolidar su uso para la agricultura y la ganadería.
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