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NOTICIAS
DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO. |
22 de febrero de 2016
NOTICIA
ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA
PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. © |
ANTEPROYECTO
DE LA LEY DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO DE CANTABRIA
¿Qué
aprendo?
Se analiza
en la guía
práctica inmoley.com del urbanismo Cantabria. El Gobierno de
Cantabria podría tener el borrador de la Ley de Ordenación
del Territorio y Urbanismo en este primer trimestre del año, según
ha informado la vicepresidenta del Ejecutivo regional, Eva Díaz
Tezanos, en la Mesa Sectorial de Medio Ambiente y Política Territorial.
Durante el segundo trimestre se mantendrán reuniones con colectivos
de todo tipo para presentar el texto y escuchar las sugerencias que sean
realizadas, y ya de cara al tercer trimestre del año, se promoverá
la difusión del documento, exponiendo sus principales características
a través de diversos cursos en colaboración con la Universidad
de Cantabria.
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conocimiento en valor añadido > Herramienta práctica >Guías
prácticas |
El objetivo,
según ha asegurado la consejera, es que en el cuarto trimestre se
someta al trámite parlamentario. En lo que se refiere al ámbito
de ordenación del territorio y evaluación ambiental, la vicepresidenta
ha informado a la mesa sobre los trabajos de redacción de la Ley
del Suelo, así como sobre el proceso de elaboración del Plan
Regional de Ordenación Territorial (PROT).
En relación
con los planeamientos urbanísticos Díaz Tezanos ha señalado
que se está preparando la aprobación inicial de los planes
generales de Suances, Torrelavega, Penagos y Limpias. Según ha manifestado
la vicepresidenta, además se iniciará la tramitación
del Plan de Residuos de Cantabria para el periodo 2016-2022, que ha supuesto
la revisión y adaptación de los planes autonómicos
de gestión y programas de prevención de residuos de la Comunidad
Autónoma.
ANTECEDENTES
15 de enero
de 2016
NOTICIA
ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA
PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©
ANTEPROYECTO
DE LA LEY DEL SUELO DE CANTABRIA
¿Qué
aprendo?
Se analiza
en la guía práctica inmoley.com del urbanismo de Cantabria.
La vicepresidenta de Cantabria y consejera de Universidades e Investigación,
Medio Ambiente y Política Social, Eva Díaz Tezanos, ha anunciado
que tiene "ya avanzado" un borrador de su proyecto para dotar a la comunidad
autónoma de una nueva 'ley del suelo' que regulará, entre
otros aspectos, el derecho al realojo de una forma "general" y no situaciones
"específicas" de ayuntamientos. Ha asegurado que el anteproyecto
en el que trabaja el Ejecutivo regional para una nueva Ley de Ordenación
Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria,
que data de 2001 y ha sufrido varias modificaciones y la última
revisión está vigente desde 2015, no atenderá situaciones
concretas de los ayuntamientos sino que a la cuestión de los realojos
se dará respuesta de una forma general.
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prácticas
En una
proposición de ley, el PP plantea una regulación del derecho
de realojo basada en "dos principios básicos, cuya atención
entiende ineludible: la igualdad de trato en materia de realojo en los
distintos tipos de operaciones urbanísticas; y la universalización
de ese derecho, mediante la garantía del acceso efectivo a una vivienda
digna en todos los casos".
A tal fin,
la propuesta trata de extender la garantía del derecho a toda actuación
de ejecución urbanística en la que se requiera el desalojo
de los ocupantes legales de inmuebles que constituyan su residencia habitual,
y se atribuye el mismo contenido material al deber de realojo, tanto si
se actúa mediante expropiación forzosa, como a través
de cualquier otro sistema de ejecución del planeamiento, previsto
en nuestra legislación autonómica.
La reforma
propuesta incorpora la posibilidad de que los titulares del derecho de
realojo que ocupasen sus viviendas originarias en virtud de un título
de propiedad u otro derecho real, puedan, en función de sus ingresos,
llegar a optar a una vivienda de sustitución a un precio equivalente
al justiprecio o indemnización a percibir, sin tener que realizar,
así, un esfuerzo económico suplementario.
Asimismo,
la regulación propuesta faculta a las partes afectadas por la actuación
urbanística a llegar a posibles soluciones alternativas, por vía
convencional, con el fin de dotar al sistema de la mayor flexibilidad posible.
Con el
fin de evitar el desarraigo de las personas afectadas por la acción
urbanística, se impone como criterio de realojo el de mayor proximidad
a la ubicación originaria, siendo preferente, en todo caso, que
la vivienda de sustitución se ubique en el mismo ámbito de
la actuación, a menos que no sea posible en razón de los
usos previstos o por otras causas debidamente justificadas.
Otra de
las previsiones que el PP introduce en su propuesta es la exigencia de
que las viviendas de sustitución reúnan condiciones adecuadas
a las necesidades, no solo del titular del derecho de realojo, sino también
de cuantos integran su unidad familiar o de convivencia, a fin de que cualquier
situación de discapacidad, problema de movilidad o adaptación
que pudieran padecer alguno de sus miembros, sean a su vez atendidas.
Se incorporan,
además, las correspondientes garantías procedimentales, de
forma que el derecho de realojo deba ser contemplado, desde un inicio,
en el curso de la tramitación de los respectivos instrumentos de
gestión urbanística, que da lugar a su nacimiento.
A través
de dicho procedimiento, se determina el momento concreto en el que la vivienda
de sustitución debe ser puesta a disposición de los afectados
y se fija un régimen supletorio de realojo provisional, al objeto
de reforzar la satisfacción del derecho en todos sus extremos.
De esta
forma, no se podrían ocupar las viviendas de los afectados que tengan
reconocido el derecho de realojo en tanto que no se haya procedido a la
entrega de la vivienda de realojo provisional o definitivo, o no se haya
producido la renuncia efectiva al derecho reconocido. Finalmente, la regulación
cuya aprobación se propone se completa con medidas fiscales de apoyo
al realojo.
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