El hotel,
que comenzó a edificarse en 2003, se hizo dentro del parque natural
de Cabo de Gata. Pero en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
(TSJA). Una sección de la sala de lo contencioso de Granada sentenció
en 2012 que en ese terreno no se podía construir. Pero, dos años
después, otra sección de la misma sala del TSJA falló
lo contrario, que los suelos eran urbanizables. El Supremo ha zanjado este
asunto al señalar que esos terrenos están en "área
ambientalmente protegida y no en un área urbanizable".
"El tribunal
ha decidido que en el particular relativo a la zonificación que
de dichos terrenos de El Algarrobico la zonificación correcta no
es la D2 (área urbanizable carente de interés ambiental protegido),
como señalaba la sentencia impugnada", ha informado el Supremo.
Como consecuencia se establece que la zonificación que corresponde
a los mismos es la C1 (área ambientalmente protegida)", en la que
no se podía construir.
Esto supone
que el edificio está en una zona donde no se podía construir
e invade la zona de dominio público, como estableció también
el Supremo en 2012.
Además,
los terrenos sobre los que se levanta son ahora de la Junta. ¡Pero
una cosa es el suelo y otra la edificación!. El hotel seguiría
siendo de la promotora Azata del Sol.
El consejero
de Medio Ambiente de Andalucía, José Fiscal, ha asegurado
que esta Administración estudia ahora cómo demoler este hotel.
El Supremo
no analiza "la responsabilidad patrimonial" que puedan tener las Administraciones
implicadas, ya que en la Audiencia Nacional hay un pleito abierto sobre
este asunto. La promotora del hotel, Azata, reclama 70 millones de euros
al Ayuntamiento de Carboneras, a la Junta y al Gobierno central. Antes
de que se desatara la polémica por la construcción del hotel,
las Administraciones concedieron los permisos para que el edificio se levantara.
Azata tiene
mucho a su favor porque tiene la licencia de obras. Esta fue anulada en
primera instancia, pero la misma sección del TSJA falló en
2014 que la licencia que se le concedió es legal. Esa sentencia
es firme, con lo que no cabe la posibilidad de ser anulada como ha ocurrido
con el asunto de los terrenos.
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