En el caso
del Plan General de Ordenación Urbana de Laredo, que se aprobó
de forma definitiva en mayo de 2015, esa autorización no existe
y por tanto no cumple con la Ley General de Telecomunicaciones (LGT) de
2014.
Por ello, apunta
la sentencia, "se debe entender por infringido el artículo 35 de
la LGT", que establece como un "deber" la labor de recabar el informe sectorial
de telecomunicaciones y lo califica de "previo, preceptivo y vinculante"
añadiendo que, de no recabarse como es el caso, "el plan no se puede
aprobar".
"Si las consecuencias
de la infracción del deber legalmente configurado en el artículo
35 de la LGT son las de no poder aprobar el PGOU, el mismo debe ser considerado
nulo de pleno derecho en su totalidad", señala la Sala de lo Contencioso
Administrativo del TSJC.
De esta forma,
el Tribunal estima de forma "íntegra" el recurso planteado por la
empresa de telefonía y rechaza las alegaciones tanto del Gobierno
de Cantabria como del Ayuntamiento de Laredo relativas a que, en caso de
nulidad, ésta solo afectaría a los artículos del planeamiento
sobre telecomunicaciones.
Y es que, insiste
la sentencia, "se ha producido la aprobación indebida del PGOU de
Laredo, ya que era un deber recabar previamente un informe perceptivo y
vinculante, por lo que no se puede tener por aprobado ni publicado el mismo,
y este es un vicio de nulidad de pleno derecho del artículo 62 de
la Ley 30/1992".
Además,
añade que la nulidad de pleno derecho afecta "a la totalidad del
articulado del PGOU" ya que, "si el plan no se ha podido aprobar, no se
ha aprobado". "No cabe hablar de aprobaciones parciales", apostilla.
En la sentencia,
fechada el pasado 28 de noviembre y en la que ha ejercido como ponente
la magistrada María Esther Castanedo, se condena a costas a la administración
demandada aunque contra el mismo cabe recurso de casación.
El PGOU de
Laredo, que fue aprobado por la Comisión Regional de Ordenación
del Territorio y Urbanismo (CROTU) tras casi 15 años de trámites,
contemplaba la construcción de 7.000 viviendas en la villa, 2.000
de ellas de protección oficial.
Asimismo, incluía
un plan parcial de 533.000, de los que 220.000 eran para industria y comercio,
125.000 para sistemas viarios, 123.000 para espacios libres, 52.000 para
zonas de ocio, deportivas y culturales, y 13.000 para una estación
depuradora, una subestación eléctrica y un punto limpio.
El Plan General
se aprobó después de más de 15 años de tramitación,
contemplaba la construcción de 7.000 viviendas, 2.000 de ellas de
protección oficial.
Además
de aportar "seguridad jurídica", el planeamiento incluía
una antigua reivindicación del Ayuntamiento de la villa, como era
la ampliación del suelo industrial, algo que se conseguía
a través de un plan parcial de 533.000 metros cuadrados, de los
que 220.000 eran para industria y comercio, 125.000 para sistemas viarios,
123.000 para espacios libres, 52.000 para zonas de ocio, deportivas y culturales,
y 13.000 para una estación depuradora, una subestación eléctrica
y un punto limpio.
El Ayuntamiento
tendrá que volver a elaborar un nuevo documento si quiere que algún
día se hagan realidad sus perspectivas de crecimiento: construcción
de unas 7.000 viviendas en un plazo de entre 10 y 12 años, lo que
supondría un crecimiento demográfico de casi 21.000 personas,
en base a un promedio de 3 habitantes por vivienda.
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