1. Inmuebles
obligados a tener certificado de eficiencia energética para arrendar.
Es obligatorio
para poder alquilar viviendas o locales, tanto sea entre particulares como
a través de empresas inmobiliarias. La única excepción,
es decir, que no hace falta aportar el certificado energético al
contrato de arrendamiento, es cuando la duración del alquiler sea
inferior a cuatro meses. Si supera ese tiempo, siempre es obligatorio
que el dueño adjunte al contrato de alquiler un certificado energético
de la vivienda o local.
2. Inmuebles
obligados a tener certificado de eficiencia energética para arrendar
Inmuebles no
obligados a la obtención de Certificado de Eficiencia Energética:
naves industriales, almacenes y estacionamientos.
No existe obligación
legal de presentar el certificado de inmuebles industriales cuyo local
principal tenga como uso registrado el de taller o almacén. Tampoco
es obligatorio para ningún tipo de estacionamiento, independientemente
del tipo de edificio en que se encuentre.
3. Anuncios
y referencias al certificado de eficiencia energética. Etiquetas.
También
en los anuncios de arrendamiento (o venta) de una vivienda o local de negocio
a través de internet, periódicos, escaparates o inmobiliarias,
es obligatorio que los arrendadores cuenten con el certificado de
eficiencia energética.
La etiqueta
que proporciona el certificado debe aparecer en cualquier anuncio o proceso
publicitario de venta o alquiler junto al resto de la información
del inmueble. Además se entregará el original al comprador
en caso de contrato de compraventa y se mostrará o entregará
copia al inquilino en caso de contrato de arrendamiento.
4. Registros
autonómicos de certificados de eficiencia energética.
Una vez obtenido
el certificado de eficiencia energética también es obligatorio
registrarlo en su Comunidad Autónoma.
Los propietarios
de las viviendas o locales que no tengan ese certificado, ni lo hayan aportado
al contrato de alquiler pueden ser multados con sanciones que oscilan entre
los 300 y los 6.000 euros, dependiendo de la infracción.
También
es necesario el certificado de eficiencia energética de la vivienda
o local si se va a vender la vivienda o local, estando obligados los notarios
a advertir de las consecuencias y sanciones de no aportarlo a la escritura
de venta.
El certificado
de eficiencia energética tiene una duración de diez años,
por lo que no es necesario que el dueño realice un nuevo certificado
cada vez que vaya a alquilar su vivienda o local.
En las guías
prácticas inmoley.com de arrendamientos de viviendas y locales se
adjuntan modelos de certificado de eficiencia energética y el modelo
de informe de medidas de mejora energética.
En el informe
el técnico incluirá a modo informativo las posibles mejoras
que podrían hacer mejorar la calificación de la vivienda.
• Estas mejoras
NO SON OBLIGATORIAS. La ley obliga a hacer este informe de posibles mejoras
pero en ningún caso es obligatorio hacerlas.
ANTECEDENTES
14 de enero
de 2016
NOTICIA
ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA
PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©
LA ETIQUETA
ENERGÉTICA EN LOS ANUNCIOS DE VIVIENDAS
¿Qué
aprendo?
Se analiza
en la guía práctica inmoley.com del auditor energético,
certificación energética, y en las guías del marketing
inmobiliario, agencias inmobiliarias y agentes de la propiedad inmobiliaria.
El Gobierno catalán ha abierto 42 expedientes sancionadores a inmobiliarias
por violar la Ley 235/2013, que obliga a mostrar la etiqueta de eficiencia
energética de las viviendas que tienen en venta o alquiler. La normativa
obliga a informar a los interesados de la eficiencia energética
del inmueble tanto en los anuncios expuestos en las oficinas como en Internet.
La Agencia Catalana del Consumo (ACC) de la Generalitat de Cataluña
comenzará a investigar a 42 agencias inmobiliarias por el
incumplimiento de la normativa sobre la certificación energética
de edificios. Este documento es obligatorio desde 2013 para las viviendas
que entren en el mercado de la compraventa o alquiler que ofrece información
sobre la eficiencia energética del inmueble.
Convertir
conocimiento en valor añadido > Herramienta práctica >Guías
prácticas
Los inspectores
de la agencia catalana constataron que estas agencias anunciaban las viviendas
sin publicitar su etiqueta de eficiencia energética, en vulneración
de los derechos de los consumidores. La normativa exige que esta información
sea visible en los anuncios expuestos en las oficinas y en los que se ofrecen
por Internet.
“Los edificios
suponen aproximadamente un 25% del consumo energético de Cataluña,
y aumentar la eficiencia energética de este sector es fundamental
para avanzar hacia un modelo energético más racional y sostenible”,
afirman desde la ACC.
El Instituto
Catalán de Energía (ICAEN) ha emitido 483.586 certificados
de eficiencia energética para edificios desde su entrada en vigor
en junio de 2013, y 2.687 para edificios de nueva construcción desde
el 2007
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