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22 de noviembre de 2016
 
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EL SEGURO DE IMPAGO DE ALQUILER DE VIVIENDAS
¿Qué aprendo? Convertir conocimiento en valor añadido > Herramienta práctica >Guías prácticas
  • Los alumnos deberán remitir a su tutor un análisis sobre las ventajas de contratar un seguro antes del alquilar una vivienda.
Antes de formalizar el contrato la compañía aseguradora o la inmobiliaria que intermedia en la póliza hacen un estudio de viabilidad al arrendatario para comprobar que es solvente. Esta es una primera precaución que por sí sola merece la pena para el arrendador. Una vez firmado el arrendamiento, el seguro cubre el pago de las rentas adeudadas hasta un máximo de 12 mensualidades, e incluso en algunos casos se adelantan los recibos impagados, aunque depende de la aseguradora. La justicia en España es tan lenta que estos 12 meses se quedan cortos, pero las aseguradoras se niegan a ampliar el plazo.

Además, muchos de ellos ofrecen defensa jurídica al propietario ante posibles conflictos civiles o penales con el inquilino. También es habitual que protejan frente a los deterioros inmobiliarios y el robo del continente del inmueble que puedan ser causados por el arrendatario

El coste de estos seguros se suele situar entre el 3% y el 5% de la renta anual, es decir, para un apartamento en el que el alquiler sea de 700 euros mensuales, supondría un coste de entre 252 y 420 euros al año. 

En caso de impago, se debe notificar a la aseguradora de inmediato con objeto de que el departamento jurídico del seguro realice las gestiones oportunas y presente la demanda de desahucio. Además, si esta no se denuncia el impago no se produce ningún adelanto

Una vez agotada la vía amistosa, ya presentada la demanda de desahucio y cumplimentada la reclamación de rentas dentro de los 3 meses de plazo, el asegurado podrá solicitar a la aseguradora un adelanto del total de las rentas impagadas hasta dicho momento y que excedan de la franquicia, que suele ser el mes de fianza

Pasados los 45 días desde la fecha de impago, el asegurado pierde el derecho al adelanto de las rentas y hasta que no haya sentencia firme de desahucio y se recupere la vivienda

LAS VENTAJAS DEL SEGURO PROTECCIÓN ALQUILER DE SON:
 

  • Que garantiza las rentas de alquiler durante 12 meses desde la comunicación del primer impago para que el propietario pueda tramitar el desahucio durante este tiempo.
  • Cubre los desperfectos que el inquilino pueda causar por actos vandálicos.
  • Ofrece al asegurado un equipo de abogados para su defensa jurídica, incluido desahucio, que se ocuparán de resolver los conflictos con el inquilino.
  • Que se encarga de gestionar las reparaciones de urgencia con una simple llamada. 
  • Limpieza de vivienda una vez al año: Limpieza de cristales, baños, lavabos y sanitarios, barrido, aspirado y fregado, retirada de residuos de hasta 50 kg.
  • Cambio de cerradura tras desahucio.
EJEMPLO
El propietario de un inmueble quiere alquilar su vivienda por 600 euros mensuales pero teme que el inquilino pueda causar daños de forma intencionada en su vivienda. Además teme que el inquilino deje de pagar las rentas. Este hecho es un perjuicio que sufren los propietarios cada vez con más frecuencia. 

Con el seguro Protección Alquiler el dueño de la vivienda evita todas estas situaciones desagradables ya que por aproximadamente unos 600 euros anuales tiene asegurado el cobro de las rentas impagadas durante un año. 

Doce meses es tiempo más que suficiente para tramitar el desahucio del inquilino por parte del equipo jurídico que el seguro ofrece al tomador de la póliza. 

Además,  resolverá los problemas ocasionados en su vivienda por actos vandálicos con las garantías que le proporciona el seguro Protección Alquiler.

Protección de impago de la renta (opcional) para poder ser indemnizado una vez iniciados los trámites de desahucio.


 
 
 
 
 

 

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