Intu Eurofund
Valencia SLU, promotora del complejo comercial y de ocio Puerto Mediterráneo,
ha cuestionado que la Comisión de Evaluación Ambiental de
la Generalitat ha emitido una memoria ambiental desfavorable a la Actuación
Territorial Estratégica (ATE) en Paterna (Valencia) "de manera arbitraria,
sin justificación técnica y en contra de los Informes técnicos
existentes en el expediente".
Así,
según ha indicado la empresa promotora en un comunicado, es "falso
que no existan argumentos sólidos para concluir que la actuación
no promueva un desarrollo sostenible". En esta misma línea, entiende
que la Comisión de Evaluación Ambiental ha faltado "al rigor
mínimo necesario y preciso que debería tener un órgano
colegiado de dicha naturaleza" y ha asegurado que existen 46 informes favorables.
Puerto Mediterráneo
pretendía realizar una inversión superior a los 800 millones
de euros, que queda ahora paralizada.
Respecto a
las cuestiones a las que hace referencia la Comisión de Evaluación
Ambiental, ha señalado que en los informes en ningún momento
se planteaba "la inviabilidad o inadecuación general de la propuesta
viaria, disponiendo simplemente correcciones puntuales en el trazado".
En cuanto a
la afección a la red de carreteras de la Generalitat Valenciana,
zonas de protección y usos permitidos, en el Informe de 23 de enero
de 2013 se establecía que podían tener los usos compatibles
previstos en la legislación urbanística y en la de carreteras,
siendo evidentemente uno de ellos la laminación y el encauzamiento
del Barranco d'Endolça, "por ser de interés público
y además no alterar de ninguna forma la seguridad vial".
En este sentido,
ha añadido que, tras presentarse la versión preliminar del
Plan de la ATE se emitió un informe favorable por parte de la Subdirección
General de Infraestructuras públicas y Subdirección General
de Planificación, Logística y Seguridad de fecha 15 de octubre
de 2014. De igual modo, ha indicado, se ha pronunciado el informe de naturaleza
territorial y urbanística de la Subdirección General de Ordenación,
Planificación y ATEs, de fecha 17 de abril de 2015.
"Todo lo anterior,
evidencia un cambio absoluto por cuestiones de oportunidad y arbitrariedad",
lo que supone "una clara desviación de poder y un absoluto desprecio
de la seguridad jurídica y la confianza legítima de la Administración",
ha subrayado Puerto Mediterráneo.
Asimismo, la
empresa ha señalado que se hace referencia a la prolongación
de la CV-31, cuando se trata de "una vía urbana y no tiene la consideración
o catalogación que se pretende darle máxime cuando no hay
ningún instrumento que la haya aprobado como carretera".
Por otro lado,
ha destacado que "se está amparando en el informe desfavorable emitido
por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento
de 17 de junio de 2016 para considerar que las infraestructuras definidas
en el proyecto no eran sostenible sobre las infraestructuras estatales".
El promotor
de la ATE ha avanzado que va a presentar esta semana una propuesta con
las aclaraciones a este tema que afectan "a cuestiones de simple actualización
técnica por el traspaso del tiempo" y con el fin de "garantizar
la compatibilidad de las actuaciones propuestas con el trazado de las futuras
actuaciones previstas por el Ministerio de Fomento".
Por lo que
respecta a las consecuencias territoriales y ambientales, el promotor critica
que la Generalitat diga que el grado de conurbación del área
metropolitana se vería incrementado con la ocupación de gran
parte de la única gran bolsa de suelo no urbanizable común
del término de Paterna.
Al respecto,
la empresa indica que "no existe informe técnico alguno de ningún
organismo público" sobre este asunto, por lo que se trata de "la
opinión de la propia Comisión de Evaluación Ambiental
que nunca había sido puesto de manifiesto con anterioridad y que
resulta contraria a derecho que se realice tras cuatro años de tramitación
del proyecto".
De hecho, subraya
que "los terrenos de la alternativa seleccionada representan un 15 por
ciento de suelo no urbanizable común del término municipal",
por lo que "en ningún caso se trata de la única bolsa de
suelo no urbanizable común del término municipal".
Por otro lado,
se aduce por la Comisión como un supuesto argumento más,
que entiende que se sobrepasan los parámetros de "sellado" de suelo
contemplados en la Estrategia Territorial de la Comunidad Valenciana (ETCV)
para cada municipio.
Sin embargo,
Intu Eurofund Valencia ha dicho que este argumento "nunca ha sido puesto
de manifiesto a lo largo de la tramitación del expediente de la
ATE". Además, ha dicho que la ETCV "no es de aplicación a
este caso concreto, al tratarse de una Actuación Territorial Estratégica".
También
ha subrayado que para elegir el emplazamiento se tuvieron en cuenta "además
de aspectos de actividad comercial y dinamización de la economía,
la congruencia de los mismos con la estrategia territorial y el interés
general"
Respecto del
Plan de Actuación Territorial (PAT) de la Huerta al que se hace
referencia por parte de la Comisión de Evaluación Ambiental,
ha señalado que "no existe ningún plan aprobado actualmente
por lo que es contrario a derecho referirse al mismo".
En otro apartado,
también indica que "no hay ningún informe técnico
que, más allá de vaguedades y generalidades, concluya cuáles
son los efectos negativos sobre la calidad del aire y con el cambio climático,
que el incremento de la movilidad que genera la ATE produce".
En relación
con la demanda del volumen de recursos hídricos y su disponibilidad,
la Comisión aduce que "no quedaría garantizada la disponibilidad
del total de los recursos hídricos necesarios". No obstante, Puerto
Mediterráneo niega que sea cierto.
"La Confederación
Hidrográfica del Júcar en fecha 18 de febrero de 2015 concluye
que existe disponibilidad y suficiencia hídrica, tanto para el abastecimiento
humano como para atender la demanda para usos no potables de la actuación
y lo reitera mediante informe de 19 de mayo de 2016", ha asegurado.
Para el promotor,
"lo anterior es una muestra más del poco rigor del análisis
y valoración técnica realizada por la Comisión, máxime
cuando de manera arbitraría e injustificada no atiende a lo informado
por los organismos competentes en la materia".
Por otra parte,
ha hecho hincapié en que "el impacto socioeconómico de la
actuación es indiscutible y resulta cuanto menos absurdo el intento
de la Comisión de desvalorizarlo", y ha recurdado que "a la vista
de la capacidad para generar empleo y dinamizar el conjunto de la estructura
productiva, la actuación fue declarada como Actuación Territorial
Estratégica mediante Acuerdo del Consell de la Generalitat Valenciana.
REACCIONES
Ximo Puig,
presidente del Consell valenciano ha apuntado que el procedimiento "ha
acabado donde han dicho los técnicos que debía acabar". "¿Eso
quiere decir que no para siempre? Yo creo que esas cosas pueden reconsiderarse
si se consideran desde el inicio y se hace de otra manera", ha agregado.
Así
lo ha explicado a los medios, tras el desayuno de trabajo en relación
a esta ATE en Paterna (Valencia) con la Asociación de Empresarios
de Valencia, que cuenta con informes desfavorables del Ministerio de Fomento
y de la Dirección General de Movilidad y que está pendiente
de la resolución definitiva.
Al ser preguntado
sobre si en el encuentro se ha abordado la situación de este macroproyecto,el
presidente de la Asociación de Empresarios de Valencia, Vicente
Boluda, ha explicado que sí y ha apuntado que una de las personas
que está detrás del mismo le dijo "que se acaban de perder
6.000 puestos de trabajo de jóvenes", una franja en la que el paro
es "abrumador", por lo que considera que "rechazar de la noche a la mañana
6.000 puestos de trabajo" le parece "duro" y así lo ha hecho saber.
No obstante, ha indicado que "la composición del gobierno actual
valenciano es una composición complicada".
También
ha indicado que este "no es el único proyecto que se ha perdido,
ha habido otros" y no cree que sea bueno en las actuales circunstancias:
"Quizás en otras circunstancias, con abundancia de todo, fuera distinto,
pero hoy por hoy no creo que estemos en circunstancias para eso".
Preguntado
al respecto, Puig ha destacado que "cualquier inversión positiva
para la Comunitat Valenciana el gobierno la va a estudiar y la está
estudiando con el mayor de los cariños posibles", pero ha agregado
que existe una legislación y hay que ver "de qué manera se
pueden encauzar los proyectos y esa es la realidad" porque "lo que ningún
funcionario público puede dar por bueno es lo que no está
bien".
"¿Hay
soluciones, se pueden buscar vías de solución, se pueden
hacer otro tipo de instrumentaciones? Eso es lo que hay que ver, si hay
parte que se pueda mejorar", ha agregado el president, que ha incidido
en que "lo que sí que está claro es que el modelo de las
ATE no es un buen modelo y hay que buscar otro modelo para mejorar cual
es la posibilidad de las inversiones".
La Generalitat,
ha incidido, está intentando "ayudar y agilizar" las inversiones,
pero este caso es "un procedimiento que viene de antes y ha acabado donde
han dicho los técnicos que debía acabar". "¿Eso quiere
decir que no para siempre? Yo creo que esas cosas pueden reconsiderarse
si se consideran desde el inicio y se hace de otra manera", ha agregado.
"Nosotros,
desde luego, con toda claridad vamos a apoyar todos los proyectos de inversión
para esta comunidad: estamos apoyando proyectos importantes en el sur de
la comunidad, he estado en Alemania para volver a traer una multinacional
que se había ido; estamos trabajando y no vamos a dejar perder ninguna
inversión", ha insistido el presidente.
No obstante,
ha remarcado que "todas las inversiones que se puedan hacer deben tener
el acompañamiento legal correspondiente".
COMUNICADO
COMPLETO DE INTU EUROFUND SOBRE EL INFORME DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN
AMBIENTAL
El promotor
Intu Eurofund Valencia SLU ha tenido conocimiento, si bien no ha sido notificado
todavía, que por parte de la Comisión de Evaluación
Ambiental en su sesión celebrada el 29 de septiembre de 2016, se
ha acordado emitir una Memoria Ambiental Desfavorable a la Actuación
Territorial Estratégica del Proyecto 'Puerto Mediterráneo
Shopping Resort' en Paterna. El presente comunicado se realiza sobre la
base del comunicado que se ha enviado a los medios de comunicación,
por lo que nos reservamos las consideraciones a realizar una vez se reciba
el mismo.
Esta Comisión,
faltando al rigor mínimo necesario y preciso que debería
tener un órgano colegiado de dicha naturaleza y en contra de informes
emitidos con anterioridad por los órganos técnicos competentes
informa desfavorablemente.
En particular,
destaca el Informe del Subdirector General de Ordenación, Planificación
y ATES y la Jefa del servicio de infraestructura Verde y Paisaje de fecha
17 de abril de 2015 establece que "del análisis de la documentación
presentada y, desde el punto de vista del ordenación del territorio,
urbanismo y paisaje, cabe deducir que no hay factores críticos dentro
de la ordenación estructural que impidan la emisión de la
Memoria Ambiental dentro del proceso de tramitación de la ATE".
Pese a todo
ello, dicho comunicado hace referencia a las siguientes cuestiones:
Accesos
Se dedica un
apartado a los accesos y desvíos propuestos por la ATE y se cuestiona
la viabilidad de un trazado que informes precedentes en materia de carreteras
emitidos por el Servicio de Planificación y del Servicio de proyectos
de infraestructuras de la Consellería daban por absolutamente factible.
En dichos informes
en ningún momento se planteaba la inviabilidad o inadecuación
general de la propuesta viaria, disponiendo simplemente correcciones puntuales
en el trazado.
Respecto a
la afección a la red de carreteras de la Generalitat Valenciana,
zonas de protección y usos permitidos, en el Informe de 23 de enero
de 2013 se establecía que podían tener los usos compatibles
previstos en la legislación urbanística y en la de carreteras,
siendo evidentemente uno de ellos la laminación y el encauzamiento
del Barranco d´Endolça (el cual existe en esa zona con mucha
anterioridad a la construcción de la CV-35) por ser de interés
público y además no alterar de ninguna forma la seguridad
vial.
Y en este sentido,
tras presentarse la Versión preliminar del Plan de la ATE (1ª
exposición pública que ya contenía un estudio de tráfico
y movilidad), se emitió un Informe favorable por parte de la Subdirección
General de Infraestructuras públicas y Subdirección General
de Planificación, Logística y Seguridad (ahora integradas
en la denominada Subdirección General de Movilidad) de fecha 15
de octubre de 2014. De igual modo se pronuncia el Informe de naturaleza
territorial y urbanística de la Subdirección General de Ordenación,
Planificación y ATEs, de fecha 17 de abril de 2015.
Todo lo anterior,
evidencia un cambio absoluto por cuestiones de oportunidad y arbitrariedad,
lo cual conlleva a una clara desviación de poder y un absoluto desprecio
de la seguridad jurídica y la confianza legítima de la Administración.
Se hace referencia
a la "prolongación de la CV-31", cuando la referida vía de
circulación es una vía urbana y no tiene la consideración
o catalogación que se pretende darle máxime cuando no hay
ningún instrumento que la haya aprobado como carretera; y ello porque
dadas las características de su trazado, no puede formar parte de
las Red Básica de Carreteras de la Comunitat Valenciana.
Por otro lado,
se está amparando en el Informe desfavorable emitido por la Dirección
General de Carreteras del Ministerio de Fomento de 17 de junio de 2016
para considerar que las infraestructuras definidas en el proyecto no eran
sostenible sobre las infraestructuras estatales.
En este punto,
debemos señalar que en los Informes precedentes del mismo Ministerio
de Fomento de fecha 1/10/2012 y de 2/09/2014 respectivamente, se observa
claramente que se trata de informes favorables que se complementan con
"aclaraciones y justificaciones en relación con el análisis
de tráfico, las nuevas infraestructuras planteadas y la compatibilidad
con actuaciones en proyecto", por lo que no debe entenderse que en la propuesta
hay un error de concepto, siendo viable siempre y cuando se cumplan unas
condiciones.
Este último
Informe de 27/06/2016 se ha solicitado por la Demarcación de Carreteras
del Estado en la Comunidad Valenciana en fecha 26/04/2016 tras la segunda
información pública que tuvo lugar en fecha 25/06/2015, lo
que pone de manifiesto la falta de diligencia de la Generalitat Valenciana
en la tramitación del expediente, que ha tardado casi un año
en solicitarlo y que tras recibirlo, se ha limitado a incorporarlo al expediente
sin coordinación alguna ni consulta alguna complementaria.
Hay que señalar
que esta semana se va a presentar por el Promotor de la ATE una propuesta
con las aclaraciones a este tema que afectan a cuestiones de simple actualización
técnica por el traspaso del tiempo y con el fin de garantizar la
compatibilidad de las actuaciones propuestas con el trazado de las futuras
actuaciones previstas por el Ministerio de Fomento.
Consecuencias
territoriales y ambientales
El grado de
conurbación del área metropolitana se vería incrementado
con la ocupación de gran parte de la única gran bolsa de
suelo no urbanizable común del término de Paterna
Al respecto
de lo anterior, no existe informe técnico alguno de ningún
organismo público.
Se trata de
la opinión de la propia Comisión de Evaluación Ambiental
que nunca había sido puesto de manifiesto con anterioridad y que
resulta contraria a derecho que se realice tras 4 años de tramitación
del Proyecto.
Es más,
los terrenos de la alternativa seleccionada representan un 15% de suelo
No Urbanizable Común del término municipal, por lo que en
ningún caso se trata de "la única bolsa de suelo no urbanizable
común del término municipal" como hace referencia la Comisión.
En la ordenación
y diseño de la actuación, en la documentación presentada,
no ha primado los criterios de integración en el área seleccionada
sino la profunda trasformación del área que se reclasifica
y de su entorno próximo.
Se aduce por
la Comisión como un supuesto argumento más, el que entiende
que se sobrepasan los parámetros de "sellado" de suelo contemplados
en la Estrategia Territorial de la Comunidad Valenciana (ETCV) para cada
municipio. A este respecto, hay que señalar que lo anterior, nunca
ha sido puesto de manifiesto a lo largo de la tramitación del Expediente
de la ATE. Al contrario, en el Informe de Compatibilidad de 23 de enero
de 2013, se establecía que respecto a la congruencia con la ETCV
la actuación cumplía con los principios rectores y criterios
de la misma, "tal y como se expone de manera exhaustiva y precisa en la
documentación aportada".
Asimismo, la
propia Subdirección General de Ordenación, Planificación
y ATE´s de la Conselleria, vino estableciendo en sus Informes (el
último de abril de 2015) que desde el punto de vista de ordenación
del territorio, urbanismo y paisaje, no había ningún factor
destacable dentro de la ordenación estructural que impidiera la
emisión de la Memoria Ambiental.
A mayor abundamiento,
resulta cuanto menos sorprendente que aduzca a los parámetros de
la ETCV, cuando la propia Comisión de Evaluación Ambiental
señala que la ETCV no es de aplicación a este caso concreto,
al tratarse de una Actuación Territorial Estratégica.
Al margen de
lo anterior, incluso si resultaran de aplicación las ETCV, al contrario
de lo que aduce la Comisión no se sobrepasarían el límite
máximo fijado de 1.123.186 m2s por la ETCV, ya que de la actuación
computaría unos 1.100.888 m2s.
Por otro lado,
hay que significar que para elegir el emplazamiento se tuvieron en cuenta
además de aspectos de actividad comercial y dinamización
de la economía, la congruencia de los mismos con la Estrategia Territorial
y el Interés General. Así lo establece el Informe de fecha
18 de julio de 2014 de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo
y Empleo (órgano promotor) ratificándose en él el
actual Director General de Economía en fecha 14 de octubre de 2015,
sino que también por el propio Ayuntamiento de Paterna (en Decreto
de Alcaldía de 7 de noviembre de 2012), que señaló
expresamente que la ATE coincidía con la voluntad municipal de ordenación
del territorio en ese ámbito geográfico y que se entendía
la propuesta presentada como positiva para los intereses municipales.
Respecto del
Plan de Actuación Territorial (PAT) de la Huerta al que se hace
referencia por parte de la Comisión de Evaluación Ambiental,
hay que señalar no existe ningún plan aprobado actualmente
por lo que es contrario a derecho referirse al mismo.
Efectos ambientales
Análisis
y valoración de los efectos ambientales derivados del incremento
de movilidad que generará la ATE: No hay ningún Informe técnico
que más allá de vaguedades y generalidades concluya cuales
son los efectos negativos sobre la calidad del aire y con el cambio climático,
que el incremento de la movilidad que genera la ATE produce.
Contaminación
acústica
No es cierto
lo manifestado por la Comisión dado que forma parte del expediente
el Informe del Servicio de Protección y Control integrado de la
Contaminación, de fecha 3 de diciembre de 2014 que señala
que "la recalificación del sector no implicará un empeoramiento
de los niveles sonoros de la zona (que ya se superan)".
Recursos hídricos
La Comisión
aduce que "no quedaría garantizada la disponibilidad del total de
los recursos hídricos necesarios".
No es cierto
tal afirmación dado la Confederación Hidrográfica
del Júcar (órgano competente para informar sobre la materia)
en fecha 18 de febrero de 2015 concluye que existe disponibilidad y suficiencia
hídrica, tanto para el abastecimiento humano como para atender la
demanda para usos no potables de la actuación y lo reitera mediante
Informe de 19 de mayo de 2016. Y ello con mayor motivo tras imponerle al
promotor por parte de la Subdirección General de Ordenación
del Territorio y Paisaje de la Conselleria, una reducción de edificabilidad
en un 25% lo que supone una clara reducción también del agua
a utilizarse.
Lo anterior
es una muestra más del poco rigor del análisis y valoración
técnica realizada por la Comisión, máxime cuando de
manera arbitraría e injustificada no atiende a lo informado por
los organismos competentes en la materia.
Impacto socioeconómico
Según
el comunicado, la Comisión de Evaluación Ambiental se atreve
a hacer consideraciones ordinarias sobre el impacto socioeconómico
de la actuación y a cuestionar la temporalidad del empleo generado,
extralimitándose de su cometido.
El impacto
socioeconómico de la actuación es indiscutible y resulta
cuanto menos absurdo el intento de la Comisión de desvalorizarlo.
Y es que, a la vista de la capacidad para generar empleo y dinamizar el
conjunto de la estructura productiva, la actuación fue declarada
como Actuación Territorial Estratégica mediante Acuerdo del
Consell de la Generalitat Valenciana. Y al respecto, en el Informe de Compatibilidad
de 23 de enero de 2013, se indicó expresamente que estamos ante
una actuación "de carácter supramunicipal capaz de producir
un efecto favorable y permanente desde el punto de vista de generación
de renta y empleo para el territorio. El impacto de este proyecto es aún
mayor si se analizan sus efectos directos, indirectos e inducidos".
Es más,
por parte de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo
(órgano responsable del seguimiento y control de la ejecución
de la actuación) se emitió Informe el 18 de julio de 2014,
disponiendo que:
--El emplazamiento
es apropiado para la actuación porque está rodeado de importantes
vías de comunicación y se puede acceder también con
transporte público y de forma peatonal.
--Mejorará
la imagen de la Comunidad Valenciana a nivel internacional.
--La ATE puede
llegar a dinamizar el municipio incrementando su índice de superficie
comercial que actualmente se encuentra por debajo de la media autonómica.
--Se considera
que el impacto de las sinergias que se producirán será importante
en todos los sectores de la economía.
Dicho Informe
fue ratificado en fecha 14 de octubre de 2015 por considerar que no se
había encontrado información adicional que modificara el
anterior Informe.
Ordenación
pormenorizada
La Comisión
de Evaluación Ambiental considera que el límite del sector,
en la parte que linda con la carretea cv 35, es contrario a la Ley de Suelo
no Urbanizable y al Decreto de aprobación del PATRICOVA. Todo ello
sin justificación técnica ni Informe alguno.
Al contrario,
el Subdirector General de Actuación Estratégica en Informe
de fecha 17 de abril de 2015 se pronunció sobre este límite
considerándolo favorable. Asimismo, el Proyecto de la ATE cuenta
también con el Informe favorable del Servicio Territorial de Urbanismo
de fecha 6 de agosto de 2015 que se ciñe en el cumplimiento de las
condiciones fijadas en el apartado 6 del Informe de Compatibilidad, anexo
al Acuerdo del Consell de la Generalitat de 25 de enero de 2013 por el
que se declaró la ATE y, entre otros aspectos, destaca una correcta
delimitación del ámbito de actuación.
Todos estos
argumentos ponen de manifiesto que se ha emitido una Memoria ambiental
desfavorable de manera arbitraria, sin justificación técnica
y en contra de los Informes técnicos existentes en el expediente,
siendo falso que, al contrario de lo que aduce la Comisión, no existen
argumentos sólidos para concluir que la actuación no promueva
un desarrollo sostenible.
ANTECEDENTES
3 de octubre de 2016
NOTICIA
ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA
PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©
EVALUACIÓN
AMBIENTAL NEGATIVA DE PUERTO MEDITERRÁNEO DE PATERNA
¿Qué
aprendo?
Se analiza
en la guía práctica inmoley.com del impacto medioambiental
y en la guía del urbanismo de la Comunidad Valenciana. La Comisión
de Evaluación Ambiental ha informado de forma desfavorable sobre
el proyecto Puerto Mediterráneo, que el grupo Intu pretende desarrollar
en Paterna, junto a la autovía CV-35, Valencia. El secretario autonómico
de Medio Ambiente y Cambio Climático, Julià Álvaro,
explicó que la principal causa son los accesos, tanto del Ministerio
de Fomento como de la Dirección General de Movilidad, que afectan
"básicamente a las carreteras CV 35 y CV 31", ha precisado. Además
está la modificación del cauce actual del barranco dEn Dolça.
Se propone cambiar su trazado con un nuevo cauce que discurre por la zona
de afección de la CV-35.
Convertir
conocimiento en valor añadido > Herramienta práctica >Guías
prácticas
Básicamente,
se alega la afectación del proyecto a las carreteras CV-35 y CV-31
que darían acceso al parque; la contaminación ambiental que
provocará el incremento del tráfico, así como el ruido
y peligro para el suministro de agua, y la protección de la partida
de la Mola de Paterna, «la única gran bolsa de suelo no urbanizable
común que hay en el área metropolitana, si descontamos la
zona del plan de l´Horta», apunta el informe.
Con esta
negativa, se renuncia a una inversión extranjera cercana a 800 millones
que preveía un impacto laboral de 4.000 empleos para la zona. Detrás
de ellos está la joint venture formada por el fondo Eurofund y por
el grupo británico especializado en gestión de centros comerciales
Intu, líder en Reino Unido y uno de los que más está
creciendo en España.
La resolución
de este órgano ha provocado el desconcierto entre el grupo inversor,
que no se pronunciará hasta conocer de forma oficial el dictamen.
En estos momentos sus opciones se encaminan únicamente hacia la
vía del recurso, ya sea administrativo o judicial, según
confirmaron fuentes empresariales. Intu Eurofund lleva cinco años
trabajando el proyecto y cuenta con el apoyo jurídico de Broseta
para la elaboración del proyecto. La batalla judicial está
servida.
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