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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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10 de septiembre de 2015
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©
RESPONSABILIDAD PENAL DE ARQUITECTO Y ALCALDE POR FALTA DE VIGILANCIA URBANÍSTICA
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com de delitos urbanísticos. Esta noticia es muy relevante para pequeños municipios sin policía urbana en los que no hay vigilancia urbanística. Como hemos señalado en anteriores ocasiones, las denuncias presentadas por estos hechos antes las Comunidades Autónomas no siempre reciben respuesta, por lo que podría hacérseles extensiva esta obligación de vigilancia urbanística. La Memoria de la Fiscalía General del Estado de 2014 señala en un apartado de Medio Ambiente, que las condenas por delitos contra el medio ambiente han subido un 5,32 % en 2014 sobre el año anterior, frente al descenso en la cifra de procedimientos judiciales abiertos por las fiscalías de medio ambiente en el mismo periodo. La Memoria de la Fiscalía General del Estado  destaca por su relevancia actuaciones relativas a la detracción ilegal de agua por parte de dos fincas del entorno de Doñana, construcciones ilegales en Villamediana de Iregua (La Rioja), la exportación ilícita de residuos al exterior y el deterioro de la situación de los vertederos y áreas recreativas.
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En el capítulo dedicado al medio ambiente y al urbanismo, la Memoria refleja que en 2014 se dictaron 929 sentencias inculpatorias -frente a las 882 de 2013-, es decir, medio centenar más que el ejercicio precedente.

Se repite la tónica de los últimos años y las condenas más abundantes, aunque en descenso numérico, corresponden a las transgresiones contra el urbanismo y la ordenación del territorio (465 frente a 501 de 2013).

Son las únicas que bajan, ya que en el resto de infracciones ascienden las reprobaciones de los tribunales.

Después del urbanismo se situaron en 2014 las condenas por delitos contra la flora y la fauna (171), por incendio forestal (170), malos tratos a animales domésticos (62) y contra el medio ambiente (49).

Por su parte, el Tribunal Supremo dictó siete condenas (dos por delitos medioambientales, cuatro contra la Ordenación del Territorio y una por incendio).

Por otro lado, se incoaron 2.671 diligencias de investigación en 2014 -el año anterior se situaron en 2.242-, siendo las más abultadas las 398 correspondientes a delitos contra el medio ambiente, las 1.210 contra la ordenación del territorio, las 349 por delitos contra la flora y fauna, y las 579 por incendios.

A su vez, el año anterior las estadísticas provinciales de las fiscalías de medio ambiente refieren 5.530 procedimientos judiciales (6.075 en 2013), casi la mitad de ellos (2.160) relativos a incendios.

Entre los asuntos relevantes abordados por la Fiscalía en 2014, recuerda una investigación sobre los traslados ilícitos de residuos al exterior.

La razón de esta práctica son los costes muchos más bajos de tratamiento y eliminación de residuos en los países en desarrollo.

En el caso de Villamediana de Iregua (La Rioja), el Ministerio Fiscal ha detectado "la proliferación de construcciones ilegales" en Villamediana de Iregua, en cuyo gobierno municipal ve "una omisión absoluta de las funciones de vigilancia urbanística" y  "se infirió la existencia de una omisión absoluta de las funciones de vigilancia urbanística por parte del equipo municipal, en la persona de su alcalde y del arquitecto técnico". Y que "hacía imposible aceptar cómo en un término municipal de tan reducido tamaño no se hubiera tenido conocimiento de las construcciones que de forma continuada se habían ido realizado en suelo no urbanizable, sin licencia que las amparase o con licencia solicitada con evidente interés en sortear las limitaciones legalmente impuestas y que fueron consentidas por aquellos por su falta de vigilancia".

Todo ello, según la Fiscalía, podría integrar un delito de prevaricación omisiva de los artículos 320 o 404 del Código Penal, según la Fiscalía.

Ante esa situación, se remitieron las diligencias en su integridad al Fiscal Delegado de Medio Ambiente de la Fiscalía Superior de La Rioja a los efectos procedentes y para que continuara con la tramitación procesal hasta conseguir la aplicación de la normativa penal existente al respecto.

Con independencia de las infracciones individualizadas, el contenido de las diligencias informativas ponía de manifiesto que no se había practicado, en todos y cada uno de los casos, inspección municipal alguna anterior al 15 de septiembre de 2014.

También señala que no fue hasta esa fecha cuando se iniciaron los oportunos expedientes de restauración a la legalidad urbanística y se produjo como consecuencia de la petición de información por parte de la Fiscalía General del Estado.

La Memoria señala que estas actuaciones se iniciaron por la publicidad alcanzada en varios medios de comunicación sobre la existencia de "múltiples irregularidades urbanísticas" en Villamediana de Iregua por la construcción de viviendas en suelo no urbanizable.

También se cuestionaba en esas informaciones la voluntad del nuevo Plan General de Ordenación Urbana de legalizar esas construcciones, entre las que se incluía la que era propiedad del entonces presidente del Gobierno de La Rioja, Pedro Sanz, "la cual sería susceptible de legalización".

La memoria indica que se pidió a la Unidad de SEPRONA Adscrita a la Fiscalía Coordinadora de Madrid la práctica de las gestiones oportunas para conocer la situación de esos casos.

Esa Unidad aportó datos sobre la inexistencia en 2012 de algún atestado en materia de urbanismo y tan solo había cuatro actas por infracción administrativa en este ámbito.

Por ello, se encomendó a esa Unidad de SEPRONA que realizara una inspección sobre el terreno, en la que se verificó la realidad de "múltiples viviendas unifamiliares fuera del caso urbano no vinculadas a explotación agraria o ganadera alguna", lo que permitió elaborar un informe en este sentido, según la Memoria.

Sobre la base de ese informe se hizo una primera relación de las construcciones "claramente irregulares" y se elaboraron dos listas, una con las parcelas de los llamados "sectores diseminados", que abarcaría 69 construcciones susceptibles de ser legalizadas al pasar a ser suelo urbano, entre las que figuraba la de Sanz.

La otra lista estaba formada por las parcelas de los llamados "sectores rústicos", en las que se contabilizaron 209 construcciones irregulares.

Se depuró la información respecto de aquellas construcciones que pudieran revestir naturaleza de infracción penal y que la misma no estuviera prescrita, lo que limitó la relación a 40 parcelas susceptibles de focalizar la investigación.

El SEPRONA realizó una segunda inspección para constatar sobre el terreno los datos recopilados y se centró en aquellas construcciones que, no estando penalmente prescritas, supusieran una modificación sustancial o de consideración respecto a la originaria o bien nuevas en su integridad.

Ello permitió descartar una parte de las seleccionadas y la lista se redujo a 20 construcciones, según la Memoria de la Fiscalía, que añade que se pidió al Ayuntamiento de Villamediana la información precisa sobre cada una de esa veintena de edificaciones.

Esa información aludía a la naturaleza del suelo, a las licencias otorgadas y a los expediente de restauración de legalidad que se hubieran tramitado por el Consistorio.

Se comprobó que se trataba, en algunos casos, de viviendas construidas al amparo de licencias concedidas para casetas de aperos y que no resultan compatibles con el suelo no urbanizable.

En otros casos, eran modificaciones de tal consideración que "se configuran como nuevas construcciones realizadas como anexos a edificaciones ya existentes, sin que por la naturaleza y uso del suelo fueran compatibles con la normativa urbanística".

La Fiscalía entiende que concurrían datos para entender que cada una de las veinte construcciones pudiera constituir un delito contra la ordenación del territorio del artículo 319.2 de Código Penal.
 


 

 
 
 
 
 

 

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