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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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4 de septiembre de 2015
 
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EL ALTO COSTE DE LAS EXPROPIACIONES URBANÍSTICAS DE LAS ROZAS (MADRID)
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com de expropiaciones urbanísticas. La comunidad autónoma de Madrid tendrá que indemnizar por unas expropiaciones que se realizaron en 1997 con la construcción de 2.290 viviendas de precio libre en el parque empresarial de Las Rozas. Los jueces han reconocido un diferencia en la valoración de 44 millones de euros, de los que ya se han anticipado 16 millones de euros para compensar a la inmobiliaria Gregorio Riaza S.L., propietaria de unos terrenos en el municipio que fueron expropiados forzosamente en 1988 para destinarlos, inicialmente, a uso industrial. El plan general del sector V del parque empresarial de Las Rozas permitió recalificar suelo y vender parcelas mediante subasta.
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Una sentencia firme del Tribunal Supremo dictada el pasado 5 de mayo de 2015 obliga a la Comunidad de Madrid a abonar 44.660.179 euros al recurrente, la mercantil Gregorio Riaza,  al considerar que la modificación puntual del Sector V del parque empresarial de Las Rozas revalorizó por mucho el «aprovechamiento superior» de sus antiguos terrenos, por lo que la cantidad prevista por la expropiación forzosa era insuficiente. En concreto, a la inmobiliaria se le reconoce el «derecho de reversión», es decir, restaurarle su propiedad, toda vez que «ha existido un incumplimiento del uso específico asignado» en el plan general inicial. Dado que la «actuación urbanizadora» realizada en aquellos años sobre las fincas «hace imposible la reversión de los terrenos», la ley fija una indemnización. Desde hace años, las partes –el Gobierno regional y la sociedad pública Arpegio, que gestiona el suelo de la Comunidad– litigan sobre la cuantía de la compensación, que la Administración fijaba en 4,5 millones. La Justicia, en cambio, aprueba la cantidad demandada por la inmobiliaria (que ostentaba el 16,10% del terreno en cuestión) y sentencia que se les debe 44,6 millones de euros.

Otra sentencia del Supremo de 2006, no firme, recoge, a requerimiento de otra afectada, que la modificación del plan general «supuso una modificación radical» del uso del parque empresarial, «incrementándose la edificabilidad y destinándose más de la mitad de la misma a usos residenciales y de equipamientos privados, con un valor de mercado muy superior al del uso de parque empresarial. Y ese cambio –continúa– a uso residencial se había hecho para la construcción de viviendas libres de lujo, circunstancias todas estas que evidenciarían el incumplimiento de la causa justificativa de la expropiación».
 


 

 
 
 
 
 

 

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