Defensor del
Pueblo insta a los municipios a "agilizar, para todo tipo de licencias
urbanísticas, los tiempos de tramitación", además
de recomendar que se fomente la "claridad, sencillez y transparencia" de
los procedimientos. Así consta en el informe 'Tramitación
de licencias urbanísticas: procedimientos y duración de los
trámites' presentado por la defensora del Pueblo, Soledad Becerril,
durante su comparecencia en el Parlamento. La institución, que dirige
estas recomendaciones a la Federación Española de Municipios
y Provincias Femp "con el ruego de su máxima difusión", considera
necesario avanzar en el uso de la declaración responsable con "amplios
criterios que permitan el pronto inicio de la actividad, de forma acorde
con lo declarado por el firmante".
En el documento
se aboga también por "coordinar" los distintos departamentos municipales
para los casos en que se necesita la obtención de licencias de actividades
y de obras para la apertura de un establecimiento, de forma que se puedan
tramitar y resolver simultáneamente.Por otra parte, se insta a los
entes supramunicipales a suplir la falta de medios de los municipios más
pequeños con asesoramiento permanente técnico y jurídico,
apoyo material y asistencia en el procesamiento de la información,
en las comunicaciones y en las sedes electrónicas.En el informe
del Defensor del Pueblo se recoge el plazo de tramitación de licencias
urbanísticas de una serie de municipios, teniendo en cuenta la comprobación
previa y los trámites hasta la decisión, que incluyen subsanaciones
e informes.
Tomando una
muestra de diez municipios --Madrid, Barcelona, Valencia, Vigo, Cáceres,
Pamplona, Algeciras (Cádiz), Irún (Guipúzcoa), Villena
(Alicante) y Úbeda (Jaén)--, la institución pidió
información a los ayuntamientos en 2014 sobre los problemas ordinarios
que surgen al tramitar una solicitud de licencia de obras, sobre los tiempos
medios de tramitación y sobre los recursos personales y materiales
de los que disponen.
Según
el informe de la Defensora del Pueblo, en el caso de la ciudad de Cáceres,
los retrasos que se producen en la concesión de licencias son debidos
a la "variedad y extraordinaria dificultad" de la normativa técnica
(Plan General Municipal, Código Técnico de la Edificación,
reglamentos de accesibilidad, habitabilidad, Ordenanzas de Ruido, RITE,
Planes Especiales, etcétera).
Ello produce
"en ocasiones contradicciones e incluso imposibilidad práctica de
su aplicación", lo que hace "necesario" adoptar criterios "interpretativos"
por la Comisión de Urbanismo, con "más retrasos", añade
el estudio, que recoge Europa Press.
Igualmente,
indica que esta "dificultad técnica", unida a la "escasez" de medios
técnicos personales que evalúen estos proyectos, provoca
que el "mayor" periodo de tiempo en los expedientes sea la tarea de realización
de los informes.
Asimismo, explica
que las autorizaciones sectoriales que se requieren en determinados expedientes
(medio ambiente, Confederación Hidrográfica, carreteras,
industria, etcétera) también provocan "grandes dilaciones"
en la tramitación.
Por otra parte,
entiende que sería "mejorable" en la ciudad de Cáceres la
notificación vía telemática sin que se exija la validación
en plataformas que conllevan "un cierto coste económico y de tramitación".
De igual modo,
defiende que la implantación de registros telemáticos y de
procedimientos y programas internos "eficaces", así como externos
con otras Administraciones (publicaciones, comunicaciones con Colegios
Profesionales), que permitan agilizar su tramitación sería
"más que necesario".
El estudio
señala, además, en Cáceres se ha ido aprobando normativa
con un espíritu "liberalizador" basándose en un modelo de
intervención administrativa "a posteriori" con figuras como la declaración
responsable en un "intento de agilizar" la concesión de licencias,
pero que ha provocado "malentendidos" en los administrados sobre el tipo
de autorización al que se sujeta cada obra.
En concreto,
incide en que si lo que se pretende es agilizar la concesión de
licencias urbanísticas de obra y uso para ejercicio de actividades
y someterlas al régimen de comunicación previa y declaración
responsable, "se requeriría una modificación de la Ley de
Ordenación de la Edificación que somete cualquier cambio
de uso a proyecto y a licencia".
En la misma
línea, la Defensora del Pueblo apunta que la implantación
de nuevos usos debería permanecer sometida al régimen tradicional
de intervención administrativa previa, a efectos de que con la "declaración
responsable" se eviten "graves perjuicios" tras la inspección y
comprobación una vez ejecutadas las obras y su adecuación
al proyecto presentado y a la normativa, si bien reconoce también
que "es cierto que es absolutamente necesario que esa intervención
previa en la concesión de licencias sea mucho más rápida
y eficaz".
RECOMENDACIONES
Por otro lado,
a partir de esa información recabada a nivel nacional por el estudio,
la Defensora del Pueblo formuló varias recomendaciones dirigidas
tanto a los gobiernos locales como a la Federación Española
de Municipios y Provincias (FEMP).
Por ejemplo,
les advierte de que no deben extender "indebidamente" los ámbitos
de actividad económica exentos de licencia y recuerda que, estrictamente,
solo está exento el comercio minorista, y no siempre si contiene
instalaciones molestas, insalubres o peligrosas.
"No debe asimilarse
cualquier actividad económica a la actividad de comercio al por
menor ni a una actividad de servicios", señala, añadiendo
que, además del interés económico general, también
la protección del medio ambiente y del entorno urbano y la conservación
del patrimonio histórico constituyen "razones de interés
general para que el ayuntamiento intervenga".
Sobre la declaración
responsable, sustitutiva de la licencia en muchos casos tras las últimas
reformas legislativas, dice que este documento puede ser inveraz o inexacto
y que las obras realizadas pueden no ajustarse a lo declarado. Por ello,
la responsabilidad del firmante no queda limitada por la declaración
y la Administración no queda liberada de su deber de comprobación.
SILENCIO ADMINISTRATIVO
En relación
con el silencio administrativo, propone que, aunque no haya decisión
expresa sobre la solicitud de licencia, se haga siempre un seguimiento
de los actos materiales que se realicen. Es decir, que la Administración
no puede obviar su deber de inspección para comprobar que no hay
obras (ante un silencio negativo) o que las obras que se realizan son las
autorizadas tácitamente (ante un silencio positivo).
Asimismo, aconseja
una aplicación "rigurosa" pero no "rígida" de los criterios
para clasificar los procedimientos en obra mayor, obra menor y reparación
leve, a fin de no actuar con una tolerancia excesiva pero tampoco provocar
retrasos injustificados.
Otra recomendación
apunta a los informes de otras administraciones y organismos cuya recepción
puede demorarse, e indica que el ciudadano debería poder contar
con los ayuntamientos para que impulsen el procedimiento.
FALTA DE MEDIOS
El informe
dedica un apartado a los pequeños y medianos municipios (de 3.000
a 20.000 habitantes), cuyos recursos económicos son limitados y,
por tanto, no tienen suficientes medios personales y materiales. Por ello,
la Defensora pide a instituciones como las diputaciones provinciales que
suplan esas carencias con apoyo técnico, jurídico y material,
incluida la asistencia en el procesamiento de la información.
Entre las recomendaciones
dirigidas a la FEMP, se incluyen las de agilizar los tiempos de tramitación
de las licencias urbanísticas y fomentar la claridad, sencillez
y transparencia de los procedimientos.
En cuanto a
la tramitación y la duración de los procedimientos, la institución
concluye que "la lentitud no parece ser la regla en los ayuntamientos consultados".
Eso es así sobre todo en los trámites principales, según
la Defensora del Pueblo, que, en cambio, expresa sus "dudas" sobre la fase
de comprobación final y de inspecciones periódicas de las
obras.
Sin embargo,
el informe destaca que, "en la actual situación económica,
las empresas y particulares que acuden al Defensor del Pueblo denuncian
la incertidumbre sobre el tiempo que se tarda en resolver sus solicitudes
de licencia".
Tras recordar
que sin licencia no se puede obtener financiación y que queda paralizado
el proceso de ejecución de las obras, señala que para obtener
una licencia para obra de reforma menor en un local o en un edificio en
los municipios analizados hay que esperar entre uno y 60 días. Si
la licencia es para obra mayor, los tiempos varían entre los 30
y los 180 días.
Por ejemplo,
una licencia para obra menor se demora entre 30 y 60 días en Madrid,
entre 30 y 40 días en Barcelona y entre uno y 30 días en
Valencia. Para una obra mayor, aumenta a entre 90 y 120 días en
Madird, 90 en Barcelona y entre 30 y 90 en Valencia.
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