La Sección
Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo
la regulación vasca es contraria a la Directiva Europea de liberalización
comercial (Directiva 2006/123/CE) y también colisiona con la legislación
general española (Ley 17/2009, de 23 de noviembre) que prevén
que sólo se pueden limitar las aperturas de grandes centros a "razones
justificadas e imperiosas de interés general, entre las que se encuentran
las relativas a la protección del medio ambiente y el entorno urbano,
incluida la planificación urbana y rural".
Sin embargo
la regulación vasca del PTS, señala el Supremo, sustenta
los establecimientos del límite de 25.000 m2 en razones exclusivamente
"económicas y mercantiles" y, por ello, "proscritas" tanto en la
Directiva Europea, como en la Legislación española.
El Supremo
insiste en denunciar que la normativa autonómica veta la apertura
de grandes Centros Comerciales por "criterios económicos" ya que
de esta forma pretenden propiciar "un reparto territorial entre las diferentes
marcas para favorecer una mayor competencia empresarial, así como
para incentivar la implantación de establecimientos comerciales
de menor tamaño frente a los grandes equipamientos comerciales".
En los últimos
años
han sido dos los Centros Comerciales que han tratado de ampliar sus superficies,
el de Unibail-Rodamco de Garbera (San Sebastián) y el de Bilbondo
en Basauri (Vizcaya), pero no les han concedido las licencias y han recurrido.
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