Ecologistas
en Acción, en colaboración con la asociación de vecinos
Pasillo Verde-Imperial, recurrió el pasado 30 de abril el plan parcial
de la operación Mahou-Calderón porque, según los ecologistas,
aunque ya había dos sentencias que anulaban la actuación,
el Ayuntamiento de Madrid lo aprobó de nuevo en noviembre de 2014
y siguió adelante con el proyecto.
La actuación
afecta a una superficie de 204.218 metros cuadrados, que abarca a los terrenos
del estadio Vicente Calderón y a la antigua fábrica de cervezas.
Contempla la demolición del estadio Vicente Calderón, el
soterramiento de la M-30, la construcción de ocho torres de entre
ocho y veinte plantas, dos rascacielos de treinta y seis plantas, además
de 2.000 viviendas.
Ecologistas
en Acción recurrió el plan parcial por considerar que permitía
una "actuación especulativa que atiende a los beneficios de propietarios
de suelo y constructoras, pero no a las necesidades vecinales".
Según
ha indicado la organización ecologista en un comunicado, el Tribunal
afirma que el plan parcial desarrolla una modificación puntual del
plan general de ordenación urbana de Madrid, aprobado en 2009, y
que ya ha sido objeto de anulación por medio de dos sentencias,
en 2012 y en 2015, por permitir la construcción de edificaciones
de
más de tres alturas.
PLAN PARCIAL
DE REFORMA INTERIOR DE DESARROLLO DEL ÁREA DE PLANEAMIENTO REMITIDO
02.21 MAHOU-VICENTE CALDERÓN
Este plan parcial
fue aprobado definitivamente, por el Ayuntamiento de Madrid el 26 de noviembre
de 2014 y la organización lo recurrió el pasado 30 de abril.
La actuación
afecta a una superficie de 204.218 metros cuadrados, contempla la demolición
del estadio Vicente Calderón, el soterramiento de la M-30, la construcción
de ocho torres de entre ocho y veinte plantas, dos rascacielos de treinta
y seis plantas, además de dos mil viviendas.
Según
ha indicado Ecologistas en Acción en un comunicado, el Tribunal
afirma que el plan parcial desarrolla una modificación puntual del
plan general de ordenación urbana de Madrid, aprobado en 2009, y
que ya ha sido objeto de anulación por medio de dos sentencias,
en 2012 y en 2015, por permitir la construcción de edificaciones
de más de tres alturas.
El TSJM afirma
en su auto que "de no suspender la ejecución del ordenamiento aprobado
existe el riesgo de que pierda su legitima finalidad el recurso contencioso
administrativo, siendo mayores los perjuicios que deriven de la ejecución
que de sus suspensión".
LA SENTENCIA
El TSJ de Madrid
justifica la adopción de la medida cautelar, "ya que la tutela judicial
efectiva no es tal sin medidas cautelares que aseguren el efecto del cumplimiento
de la resolución definitiva que recaiga en el proceso", añade
la nota.
En esta línea,
recuerda que el plan parcial desarrolla una modificación puntual
del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, aprobado en 2009,
y que ya ha sido objeto de anulación por medio de dos sentencias,
en 2012 y en 2015, por permitir la construcción de edificaciones
de más de tres alturas.
Por ello, el
TSJ afirma en su auto que "de no suspender la ejecución del ordenamiento
aprobado existe el riesgo de que pierda su legítima finalidad el
recurso contencioso administrativo, siendo mayores los perjuicios que deriven
de la ejecución que de sus suspensión".
Además,
rechaza la posibilidad de imponer caución o garantía a Ecologistas
en Acción por la paralización cautelar porque no defiende
interés privado, sino el interés general de la legalidad
urbanística.
ANTECEDENTES
10 de octubre
de 2014
NOTICIA
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LA OPERACIÓN
CALDERÓN REACTIVA EL URBANISMO DE MADRID.
Convertir
conocimiento en valor añadido: Guía práctica
inmoley.com del urbanismo de Madrid. La operación Calderón
estaba paralizada porque que la asociación Señales de Humo
impugnó la modificación del Plan General de Ordenación
Urbana (PGOU) de Madrid para aprobar la operación Mahou-Calderón,
esto es la demolición de ambos edificios y, en su lugar levantar
viviendas, zonas verdes e instalaciones de uso terciario. Por eso, en la
práctica, no aporta nada que el Tribunal Supremo ha requerido al
Tribunal Superior de Justicia de Madrid que vuelva a tramitar correctamente
el proceso Mahou-Calderón, porque ha cometido un quebrantamiento
de forma al no haber emplazado a Mahou.
Herramienta
práctica > Guías prácticas
Al no emplazar
debidamente a Mahou, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid TSJM provocó
su indefensión, ha dictaminado el Supremo, por lo que será
necesario darle la oportunidad a esta parte de contestar a la demanda,
después de lo cual deberá continuar la tramitación
del proceso, lo que supone además que habrá una nueva sentencia.
Aunque anula
la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el Supremo, no
entra a estudiar la cuestión de fondo, es decir, los recursos del
Ayuntamiento de Madrid y del Atlético de Madrid contra el fallo
que, en febrero de 2012, declaró que los edificios que se construyan
en el ámbito Mahou-Calderón no pueden tener más de
cuatro plantas.
El TSJM
estimó parcialmente aquel recurso pero en la tramitación
del proceso no emplazó debidamente a Mahou, una parte interesada
en el asunto, de modo que deberá retrotraer las actuaciones al comienzo
del proceso.
El Gobierno
regional aprobó en diciembre de 2009 la modificación puntual
del PGOU madrileño para permitir el derribo de la cervecera Mahou,
el del estadio del Atlético de Madrid y, en su lugar, levantar zonas
verdes, viviendas, instalaciones de uso terciario y terminar de soterrar
la M-30.
Señales
de Humo presentó un recurso en el que alegaba que la operación
vulneraba en varios aspectos la Ley del Suelo de Madrid. El pleito seguirá
sin una solución definitiva, mientras que el proyecto está
paralizado.
El fallo
puede suponer que haya que indemnizar a la cervecera o revisar el convenio
aprobado con el Ayuntamiento y el club Atlético de Madrid para que
pueda construir más alturas.
Tan pronto
como se verifique el trámite de contestación a la demanda
por Mahou, seguirá la tramitación del proceso por el TSJ
de Madrid. El Supremo no ha entrado a examinar los recursos interpuestos
por el Atlético de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, al haberse
detectado el quebrantamiento de forma citado en relación a Mahou,
y haberse ordenado la retroacción de actuaciones.
En cuanto
al futuro de la operación urbanística, la decisión
del Tribunal Supremo lo único que hace es dar una segunda oportunidad
pero es importante porque ha cambiado la legislación autonómica
que obligó a anularla judicialmente hace dos años. Además,
como ha recalcado el Ayuntamiento, el Supremo no suspende las actuaciones
en marcha.
El ayuntamiento
de Madrid está tramitando ya un nuevo plan urbanístico en
el ámbito, que prevé la construcción de dos rascacielos
de 36 pisos, ocho bloques de pisos y un gran parque.
ANTECEDENTES
El Tribunal
Superior de Justicia de Madrid TSJM anuló en su sentencia de 2012
el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid del 29 de
diciembre de 2009 que validaba la modificación puntual del Plan
General de Ordenación Urbana de 1997 en el ámbito del estadio
y la antigua fábrica de cerveza. Para la Sección Primera
de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, la operación no se
ajustaba a derecho al permitir la construcción de torres de viviendas
de hasta 17 pisos cuando la ley regional prohibía edificar más
de cuatro alturas.
El Ayuntamiento
firmó en 2008 un convenio con el Atlético de Madrid para
que se trasladara al estadio municipal de La Peineta, “infrautilizado”
y “en un importante estado de deterioro”, según el propio gobierno
municipal, desde su inauguración en 1994. El club se comprometió
a comprar la parcela de San Blas sobre la que se asienta La Peineta (por
41,2 millones), a derruir el estadio y hacer otro nuevo (con un presupuesto
de 195 millones).
El Atlético
de Madrid y Mahou firmaron en junio de 2010 un acuerdo con Fomento de Construcciones
y Contratas; esta empresa se encargaría de derribar el Vicente Calderón
y la cervecera para levantar 2.000 viviendas en su lugar, y de derribar
La Peineta y construir el nuevo estadio sobre esa parcela. Además,
soterraría el tramo de la autovía M-30 junto al Calderón
para completar el parque Madrid Río (la constructora asumiría
un 57% del coste, estimado entre 80 y 150 millones; el resto, correría
a cargo del Ayuntamiento).
El Ayuntamiento
aprobó en octubre de 2009 la modificación del Plan General
de Ordenación Urbana para reformar el área. El Gobierno regional
también lo aprobó, pero la Asociación Señales
de Humo lo recurrió judicialmente.
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