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NOTICIAS
DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO. |
22 de julio de 2015
NOTICIA
ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA
PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. © |
REFORMA
DE LA LEY DE LA EDIFICACIÓN
¿Qué
aprendo?
Se analiza
en la guía
práctica inmoley.com de edificación y obras. Con la Ley
20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia
de las entidades aseguradoras y reaseguradoras (disposición final
tercera) se modifica la Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación,
en dos aspectos. Por un lado, dentro del régimen de garantías
del artículo 19, incluye la “garantía financiera” como una
de las utilizables, junto a las ya existentes de seguro de daños
materiales y seguro de caución. Se trata, por tanto, de una modificación,
en principio menor, y que no afecta directamente a la profesión.
Por otro lado, se modifica ampliamente la disposición adicional
primera de la LOE, ya que todo el régimen de las obligaciones de
los promotores que perciban cantidades anticipadas se regula de modo completo,
hasta el punto de que queda derogada la Ley 57/1968 sobre percibo de cantidades
anticipadas en la construcción y venta de viviendas, y las disposiciones
reglamentarias correspondientes.
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