La ley precisa
que su nueva valoración catastral se realizará mediante la
aplicación de unos módulos en función de su localización.
Esto se concretará en una orden del Ministerio de Hacienda para
que la que todavía no hay fecha. No obstante, la nueva norma precisa
que, hasta que no se dicte esa orden, el valor catastral de estos terrenos,
cuando no estén ocupados por construcciones, será el resultado
de aplicar un coeficiente del 0,60 a los valores para suelos no residenciales
o industriales.
En la práctica,
esto supondrá una minoración de los ingresos por IBI de los
ayuntamientos españoles, y con ellos los de la provincia. En el
caso de la capital, las previsiones del organismo autónomo de Gestión
Tributaria para este año ya dibujaban un escenario con menos recaudación
de IBI urbano por este motivo, teniendo en cuenta el cambio legal que ya
se ha producido.
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