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NOTICIAS
DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO. |
11 de junio de 2015
NOTICIA
ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA
PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. © |
LOS AYUNTAMIENTOS
PUEDEN SUPERAR EL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
¿Qué
aprendo?
Se analiza
en la guía
práctica inmoley.com del planeamiento urbanístico. Aunque
el colegio de Arquitectos de Zaragoza presentó un recurso contencioso-administrativo
contra la ordenanza del ayuntamiento de Zaragoza al considerar que imponía
criterios más restrictivos que el Código Técnico de
Edificación, una normativa de carácter estatal, y al argumentar
que el consistorio no tiene capacidad normativa para regular de forma más
específica esta materia. Y aunque una sentencia del 2013 le dio
la razón a la entidad colegial y obligaba a anular la ordenanza.
El ayuntamiento de Zaragoza recurrió y ha ganado. La ordenanza
municipal exige unas condiciones técnicas sobre el uso de energías
renovables y de ecoeficiencia energética más restrictivas
que el código técnico de la edificación, que tiene
carácter de norma básica. El tribunal ha entendido, y así
lo refleja en la sentencia, que el código establece unos mínimos
y que el ayuntamiento, en ejercicio de sus competencias, puede adoptar
especificaciones más adecuadas. Por ejemplo, para aprovechar las
condiciones de la climatología zaragozana, siendo más exigente
"en beneficio de la calidad de vida de los ciudadanos y
Convertir
conocimiento en valor añadido > Herramienta práctica >Guías
prácticas |
El Tribunal
Supremo ha avalado la ordenanza del Ayuntamiento de Zaragoza sobre ecoeficiencia
energética en edificios e instalaciones, aprobada ya en el 2009,
tras una sentencia inicial que daba la razón al Colegio de Arquitectos
de Zaragoza y que obligaba a su impugnación por considerar que las
prescripciones municipales excedían los requisitos de la norma nacional.
Finalmente, el alto tribunal ha dado la razón al consistorio zaragozano.
El Ayuntamiento
de Zaragoza recibió la sentencia firme del Tribunal Supremo, sala
de lo contencioso-administrativo, donde reconoce la legalidad y la competencia
de la ordenanza municipal de ecoeficiencia energética y utilización
de las energías renovables en los edificios y sus instalaciones,
aprobada en el pleno y vigente desde el año 2009.
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