En su sentencia,
el Supremo estima el recurso de casación interpuesto por la Federación
Ben Magec-Ecologistas en Acción y declara nulo el Decreto por el
que se aprobaron determinados ámbitos suspendidos del Plan Turístico
de La Palma, entre otros motivos, porque muchos de sus aspectos no fueron
sometidos al trámite de exposición pública. El Tribunal
Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ya había dado por anulado
este plan, que pretendía introducir en la isla una red de campos
de golf situados en Breña Alta, Los Llanos de Aridane y Barlovento
sin que se hubiera efectuado de forma previa un estudio de impacto ambiental
sobre la pretendida construcción de estos campos. En su recurso,
Ben Magec-Ecologistas en Acción afirmaba que muchos aspectos del
Plan Turístico no fueron sometidos al trámite de exposición
pública.
Por ello, se
ponía de relieve que la aprobación de este plan suponía
una infracción de la Constitución por arbitrariedad y por
vulneración del derecho a la participación de los ciudadanos
en los asuntos públicos y en los procedimientos de elaboración
de las disposiciones administrativas que les afectan. También mantenían
que hubo infracción del Reglamento de Planeamiento Urbanístico
y de la jurisprudencia del Tribunal Supremo aplicable a las Aprobaciones
Definitivas Parciales y, sobre todo, incumplimiento de la Ley del Parlamento
Europeo sobre evaluación de los efectos de determinados planes y
programas en el medio ambiente. Según los ecologistas, incurría,
además, en infracción del Real Decreto sobre la ordenación
de los aeropuertos de interés general y su zona de servicio, dado
que varias de las actuaciones ordenadas por el PTE incumplían algunas
de las servidumbres aeroportuarias desoyendo los informes contrarios del
Ministerio de Fomento. En cuanto a la legislación canaria, el recurso
ante el Tribunal Supremo hacía una relación de la infracciones
de varios artículos del Texto Refundido de las leyes de Ordenación
del Territorio y Espacios Naturales, de las Directrices de Ordenación
Turística y de la Ley de ordenación turística de las
islas menores, que fueron alegadas ante el TSJC y que éste no resolvió.
La mayor parte de estas irregularidades se referían a la ordenación
de los sistemas deportivos y de ocio (campos de golf) por prever un número
de plazas alojativas muy superior a las legalmente previstas y por situarse
en categorías de suelo rústico distintas a las reservadas
para este tipo de instalaciones. Pero también advertía irregularidades
en la aprobación de las actuaciones convencionales y los núcleos
mixtos, sobre los que igualmente el TSJC omitió pronunciamiento.
Este plan había
sido declarado nulo por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC),
pero sólo respecto de tres actuaciones con campos de golf en Los
Llanos, Breña Alta y Barlovento.
Las asociaciones
ecologistas, sin embargo, mantenían que las irregularidades cometidas
en la tramitación y aprobación del plan afectaban a su totalidad,
por lo que elevaron sus demandas ante el Tribunal Supremo, órgano
que ha declarado su nulidad desde el inicio.
Según
Ben Magec, durante los siete años de vigencia el plan ha demostrado
"su ineficacia como instrumento de ordenación turística,
sin que haya salido adelante ninguna de las actuaciones previstas, debido
en gran medida a que se dedicó a plasmar fantasiosas operaciones
especulativas de carácter inmobiliario que poco tenían que
ver con el turismo".
Ahora, además,
el plan turístico "revela definitivamente su inviabilidad jurídica,
con demoledoras consecuencias sobre todos los instrumentos de ordenación
que se han adaptado al mismo, como los planes generales municipales, o
que han adoptado al plan. como el Plan Insular de Ordenación".
La organización
ecologista señala que la inseguridad jurídica del plan "ha
contaminado toda la planificación general y territorial de La Palma,
como reiteradamente hemos venido advirtiendo".
"Este desastre
tiene su origen en las formas poco democráticas y nada transparentes
de hacer política que han caracterizado durante décadas a
las instituciones públicas", asegura.
Añade
la organización ecologista que "aunque por acción u omisión,
la responsabilidad de este fracaso esté muy repartida, no queremos
dejar pasar esta oportunidad para señalar a los responsables directos:
en el Cabildo, José Luis Perestelo, presidente cuando se aprobó
el plan, y que presumió de que dejaba la isla planificada y lo que
dejó fue una bomba de relojería que estalla ahora, precisamente
cuando pretende volver a ser presidente".
También
señala como responsable al consejero de Planificación José
Izquierdo Botella, cuya "arrogancia fue sorda a los cientos de alegaciones
que le decían lo que ahora corrobora el Tribunal Supremo".
En el Gobierno
de Canarias apunta a Miguel Ángel Pulido, entonces director general
de Ordenación del Territorio, y que "actuaba de procurador de informes
técnicos torticeros con los que ocultar las irregularidades del
plan", y a Domingo Berriel, consejero de Medio Ambiente y Territorio del
Gobierno de Canarias, que a juicio de los ecologistas, es "un político
nefasto que acumula tantos decretos anulados por la justicia que resulta
incomprensible que continúe siendo consejero".
Los ecologistas
afirman que "la ciudadanía canaria ha pagado con fondos públicos
la incompetencia e irresponsabilidad de los que elaboraban un plan nulo
de pleno derecho".
Según
l a sentencia, durante estos siete años de vigencia, el PTE “ha
demostrado su ineficacia como instrumento de ordenación turística,
sin que haya salido adelante ninguna de las actuaciones previstas, debido
en gran medida a que el PTE se dedicó a plasmar fantasiosas operaciones
especulativas de carácter inmobiliario que poco tenían que
ver con el turismo”, sostienen. Ahora, además, “el PTE Turístico
revela definitivamente su inviabilidad jurídica, con demoledoras
consecuencias sobre todos los instrumentos de ordenación que se
han adaptado al mismo, como los planes generales municipales, o que han
adoptado al PTE, como el Plan Insular de Ordenación. La inseguridad
jurídica del PTE ha contaminado toda la planificación general
y territorial de La Palma, como reiteradamente hemos venido advirtiendo”,
sostienen los ecologistas.
Aseguran que
“este desastre tiene su origen en las formas poco democráticas y
nada transparentes de hacer política que han caracterizado durante
décadas a las instituciones públicas; se ha despreciado la
participación de la ciudadanía y buena muestra de ello es
el hecho de que no se tomaron en consideración las alegaciones que
en su momento advertían las ilegalidades que ahora son la base de
la nulidad del plan. Lo que nos hemos encontrado es una pertinaz tendencia
de los gobernantes a hacer concesiones a determinados intereses particulares
en contra del interés general, para lo que no dudan en forzar la
legalidad o directamente saltársela”.
Añaden
que “aunque por acción u omisión, la responsabilidad de este
fracaso esté muy repartida, no queremos dejar pasar esta oportunidad
para señalar a los responsables directos: en el Cabildo Insular,
José Luis Perestelo, presidente cuando se aprobó el PTE,
que presumió de que dejaba la isla planificada y lo que dejó
fue una bomba de relojería que estalla ahora, precisamente cuando
pretende volver a ser presidente, y su consejero de Planificación,
José Izquierdo Botella, cuya arrogancia fue sorda a los cientos
de alegaciones que le decían lo que ahora corrobora el Tribunal
Supremo”.
La ciudadanía
canaria, sostienen, “ha pagado con fondos públicos la incompetencia
e irresponsabilidad de los que elaboraban un plan nulo de pleno derecho.
Más aún, seguimos pagando la adaptación de los planes
municipales al PTE y ahora deberemos pagar la adecuación de los
planes en ejecución de la sentencia, y la elaboración de
una nueva planificación turística. Creemos que deberían
existir mecanismos para que quienes actuaron desde las administraciones
públicas de espaldas a la Ley respondan con su patrimonio personal
a resarcir los daños causados”.
Para las asociaciones
ecologistas, prosiguen, y “para buena parte de la ciudadanía palmera,
la sentencia del Tribunal Supremo supone un hito en la tarea de que La
Palma tenga un desarrollo turístico diferente, basado en los valores
ambientales de la isla y no en su transformación artificial, que
no repita modelos fracasados como las macro urbanizaciones asociadas a
los campos de golf, o los grandes hoteles aislados que ocupan mucho territorio
y sin embargo tienen escasos beneficios sociales y económicos para
la población local. Pero no entendemos la sentencia como el punto
de llegada, sino el punto de partida de una nueva planificación
más acorde a la realidad insular, más respetuosa con la isla
y su gente, más justa, participativa y legal”.
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