La sentencia
del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Sevilla número 5
que da la razón a la concesionaria Sacyr en el litigio de las setas
de la Encarnación elevaba a 36,5 millones de euros la indemnización
que el Ayuntamiento de Sevilla debe pagar a la constructora por incumplimientos
del contrato de explotación, además de obligar al Consistorio
a hacerse cargo del edificio. También aclara que el cálculo
de la mayor parte de esta indemnización (por ejemplo, los 20,6 millones
por lucro cesante) se ha hecho sobre la base de los informes aportados
por la empresa concesionaria, al no existir un contrainforme municipal
que rebata los cálculos presentados por Sacyr.
Este hecho
supone que la Gerencia no rebatió ante el Juzgado las cantidades
exigidas por la concesionaria Sacyr, que presentó la denuncia en
2012. Esta pasividad del Ayuntamiento es destacada expresamente por la
juez.
En la sentencia
se considera que "los incumplimientos de la Administración se traducen
en el impacto económico que han tenido sobre el contrato, que conforme
a la prueba practicada por la recurrente y no rebatida de contrario, a
modo de resumen suponen que el impacto sobre la Tasa Interna de Retorno
(TIR) que se fijó en el contrato en el 7,3% quede reducida al 3,7%",
especifica el apartado duodécimo de los fundamentos de derecho de
la sentencia.
Dado que el
contrato con Sacyr contemplaba la explotación de los bienes públicos
relacionados con las setas durante 40 años con unos beneficios que
se habían calculado en el plan económico financiero, la juez
ve "necesario cuantificar los beneficios futuros que el concesionario dejará
de percibir como consecuencia de la resolución del contrato". Y
en este cálculo asegura que se ha tenido en cuenta "el cuadro explicativo
que aporta la recurrente como documento 17 de la demanda que no ha sido
rebatido de contrario y el anexo V del informe pericial que tampoco ha
sido desvirtuado por prueba de contrario". Y lo mismo dice de los demás
documentos (anexo VI y documento 18) que aporta la concesionaria en su
reclamación del lucro cesante, con lo que eleva la cantidad final
que debe percibir Sacyr a 20,6 millones.
El segundo
concepto más abultado de la indemnización es la inversión
no amortizada, por la que la juez da por buenos los 13,2 millones que pedía
Sacyr.
Le siguen los
1,4 millones de euros que debe pagar el Ayuntanmiento por los retrasos
y alquileres no cobrados. La juez asegura que el Ayuntamiento, como administración
contratante, ha cometido un "incumplimiento esencial" de las condiciones
del contrato que debe conducir a resolverlo, como pide la empresa. Uno
de los incumplimientos de las tres obligaciones esenciales asumidas con
la empresa es, según la juez, el retraso en la entrega del edificio
de oficinas de la Plaza de la Encarnación 24 y que no pagara los
60.000 euros mensuales como compensación mientras ocupaba el inmueble.
La magistrada añade en el fundamento de derecho sexto que el Ayuntamiento
reconoce expresamente que no ha pagado a Sacyr cantidad alguna por este
concepto.
Las demás
cantidades que engrosan la indemnización final son menores: 597.823
euros por los intereses de demora por el retraso en el pago de la certificación
número 34, un total de 525.349 euros por el acceso gratuito de los
sevillanos al mirador de las setas, y 68.306 euros por menores gastos repercutidos
a los placeros.
En el cálculo
de la pérdida de ingresos por el acceso gratuito de sevillanos al
mirador desde el inicio de la explotación (mayo de 2011) hasta el
31 de mayo de 2013, la sentencia advierte igualmente que no hay un contrainforme
del Ayuntamiento. Así reza el fundamento de derecho séptimo
cuando dice que esos cálculos de Sacyr se basan en un informe pericial
"aportado a los autos, suficientemente detallado y explicativo al respecto
y que no ha sido rebatido ni discutido en forma por la parte contraria".
EL CONTRAINFORME
La Gerencia
de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla ha adjudicado a la empresa Instituto
Tecnologico de Materiales y Construcciones SA, por 59.532 euros, un contrato
destinado a la redacción de un informe de auditoría técnico-económica
sobre el modificado número dos del proyecto de renovación
urbana de la plaza de la Encarnación y su entorno, proyecto conocido
como Metropol Parasol. La idea es esclarecer y determinar si los incrementos
de coste experimentados en la estructura de madera y las instalaciones
de seguridad derivan de "errores y/o deficiencias del proyecto básico"
elaborado por el arquitecto Jürgen Mayer.
Esta auditoría
técnico-económica está destinada a determinar si el
incremento del coste experimentado en los capítulos de estructura
de madera e instalaciones de seguridad del proyecto Metropol-Parasol, gracias
al cual el solar del antiguo mercado de abastos de la Encarnación
fue transformado en un nuevo mercado con una plaza pública y una
cripta arqueológica, todo ello cubierto por unos gigantescos parasoles
fungiformes, fue fruto de "errores o deficiencias en el proyecto básico
que sirvió de base para la licitación". El proyecto en cuestión
fue diseñado por el arquitecto alemán Jürgen Mayer y
su ejecución fue encomendada a la constructora Sacyr. Las obras
acabaron a mediados de 2011, después de que sus costes experimentasen
un desvío presupuestario de más del 50 por ciento hasta una
cifra superior a cien millones de euros, a cuenta de aspectos como la falta
de previsión, según un dictamen del Consejo Consultivo de
Andalucía (CAA) emitido en su momento.
El Ayuntamiento
señalaba, en ese sentido, la "evidencia" de que en uno de los capítulos,
el dedicado a la estructura de madera que habría de cubrir los parasoles,
se desarrolló una solución a nivel de proyecto de construcción,
contenida previamente en el proyecto básico, que resultó
"inviable técnicamente", ocasionando la aprobación de un
modificado del proyecto por valor de 12.732.405 euros, cantidad que incrementó
el coste del proyecto básico en más de un 20 por ciento.
Asimismo, el proyecto fue objeto de otras modificaciones, relativas al
capítulo de seguridad, que ocasionaron igualmente incrementos en
el precio final.
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