Además,
incorpora una serie de incentivos fiscales para fomentar la explotación
forestal y el empleo rural. Por ejemplo, establece una reducción
del 10 por ciento en el impuesto de sociedades a las sociedades forestales
en los gastos e inversiones destinados a la conservación, mejora,
protección y acceso del monte. Igualmente, plantea que los propietarios
que cedan los derechos de sus terrenos a las sociedades forestales queden
exentos de tributar las plusvalías.
A su vez, incluye
medidas para combatir la tala ilegal de madera, y por eso se incluyen las
medidas que permitan la efectiva aplicación en España de
los reglamentos comunitarios en materia de lucha contra la tala.
Para mejorar
la gestión de los montes, en la ley hay una nueva clasificación
en función de su titularidad (pública o privada) porque antes
era "confusa", y según desempeñen un servicio público,
(que es lo que condiciona que un monte tenga que cumplir unos requisitos
de gestión). Así, se diferencian cuatro categorías
nuevas de montes.
En materia
de gestión, se establece la posibilidad de que las comunidades autónomas
aprueben unos modelos técnicos de gestión, a los que se pueden
adherir voluntariamente los propietarios forestales que cumplan con las
condiciones que marquen las autoridades autonómicas competentes,
considerándose estos montes ordenados. De este modo, dice que se
simplifican los procedimientos actualmente vigentes y se eliminan los costes
asociados.
Plantea que
para poder constituir un monte de socios, aunque este comience a iniciativa
de varios o de uno solo de sus propietarios, sea necesario contar con el
acuerdo de cuatro quintas partes de los titulares conocidos y su formalización
por escrito.
Una vez que
todos los propietarios sean identificados, y se establecen las formas de
lograrlo en el texto del proyecto de Ley, quedará disuelta la sociedad
de Montes de Socios y pasará a regir con las reglas de régimen
de bienes en proindiviso. Si quedan cuotas vacantes, estas serán
afectadas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
El objetivo
en este ámbito es lograr que las juntas gestoras se constituyan
ante la administración más próxima al monte y garantizar
la seriedad y la imparcialidad en el proceso y mantener la transmisión
familiar de las partes conocidas.
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