6
de marzo de 2015
NOTICIA
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LA DISCIPLINA
URBANÍSTICA MUNICIPAL EXIGE UNA SUPERVISIÓN AUTONÓMICA
Convertir
conocimiento en valor añadido:
Guía práctica inmoley.com de la inspección urbanística
y de viviendas ilegales. La ausencia de disciplina urbanística municipal
es un problema al que nos hemos referido en muchas ocasiones. Desde las
comunidades autónomas se alega que son competentes en materia de
licencias, pero omiten decir que todas las leyes del suelo autonómicas
exigen un deber de vigilancia. En la práctica, la mayoría
de las autonomías ni se molestan en contestar las denuncias vecinales
por licencias ilegales. Luego cuando llegan las sentencias de derribo lo
hacen con años de retrasos, es decir, nuevos alcaldes, así
que los ayuntamientos echan la culpa al anterior y ni siquiera colaboran
económicamente en los derribos. En esta ocasión analizamos
un caso en Cataluña por problema de densidad edificatoria.
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Los 32 edificios
de la urbanización Serramar se construyeron entre los años
2002 y 2003, impulsados por la promotora Turov. Se dio licencia por Ayuntamiento,
entonces gobernado por otro partido político diferente al actual.
Las complicaciones comenzaron cuando una vecina denunció y los jueces
comprobaron la ilegalidad. En 2013, se instó a los vecinos a hacer
el derribo.
Se trata de
32 viviendas que la promotora Turov construyó en la urbanización
Serramar de Alcanar (Montsià) deberán derribar sus viviendas.
Así lo ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
(TSJC) en dos sentencias donde se desestiman los recursos presentados por
el Ayuntamiento y los vecinos.
El TSJC avala
la sentencia del Juzgado Contencioso número 2 de Tarragona e insta
al consistorio a sacar adelante el derribo. De esta manera se levanta la
suspensión cautelar que se había decretado en 2013. El Ayuntamiento
ya ha comenzado a enviar cartas a los vecinos informando que deben llevar
adelante el derribo ellos mismos.
Las sentencias
del TSJC reafirman que la promotora vulneró el requisito de densidad,
al construir 32 viviendas unifamiliares en una zona donde el POUM sólo
permitía ocho. Tampoco se respetaban los parámetros relativos
a las distancias de las viviendas y en la superficie de la fachada. La
sentencia cree que el hecho de que diferentes vecinos hayan adquirido estas
viviendas no debe ser un impedimento para proceder al derribo, y apunta
que ya no se admiten más recursos.
La sentencia
deja en una situación delicada a los 24 propietarios que compraron
alguna de las viviendas entre los años 2003 y 2007, sin que nadie
les dijese que estas casas eran ilegales. El Ayuntamiento admite que si
los vecinos no se derriban la casa ellos mismos -lo que no piensan hacer-
lo deberá terminar haciendo de oficio el consistorio, adjudicándose
a alguna empresa, en un proceso lento y costoso.
Los vecinos
dicen que si el Ayuntamiento acaba derribando las viviendas iniciarán
un proceso judicial por la "responsabilidad patrimonial".
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