NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

5 de marzo de 2015
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©

DERRIBO DE VIVIENDAS EN ALCANAR (TARRAGONA)
Convertir conocimiento en valor añadido: Guía práctica inmoley.com de la inspección urbanística y del urbanismo de Cataluña. Este caso es similar a otros que hemos analizado en Cantabria. Se han concluido todos los recursos posibles y se ordena la demolición de urbanizaciones con licencias declaradas ilegales. En este caso, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado los últimos recursos presentados por el Ayuntamiento de Alcanar y los propietarios de las 32 viviendas construidas a partir de una licencia de obras declarada ilegal en 2006 y ha dictaminado el derribo de la urbanización.
Herramienta práctica > Guías prácticas

Los propietarios han comenzado a recibir estos días una carta del Ayuntamiento donde se les notifica el levantamiento de la suspensión cautelar que se había impuesto sobre el procedimiento de derribo total de la urbanización.

Siguiendo el mandato judicial, el Ayuntamiento había instado a los vecinos en febrero de 2013 a derribar las viviendas de su propiedad, situadas en la zona de Serramar, y asumir los costes aunque, durante todo este tiempo, en los edificios, situados en la calle Buganvília 3, no se había tocado ni una piedra.

La resolución sobre los recursos de reposición que habían presentado los propietarios ante el consistorio, en los que se negaban a adoptar estas medidas, había quedado suspendida, a la espera de la decisión del TSJC sobre los incidentes de ejecución que habían presentado vecinos y Ayuntamiento, in extremis, mientras el juzgado contencioso administrativo número 2 de Tarragona insistía en que había que derribar para hacer cumplir la sentencia.

La decisión del ayuntamiento de iniciar nuevamente el procedimiento de derribo llega tras dos recientes sentencias del TSJC, que dejan sin efecto la suspensión cautelar y el incidente de ejecución solicitado por los vecinos y el Ayuntamiento de Alcanar para evitar el derribo de las viviendas construidas por la promotora Turov y que obligan ahora a retomar el fatal proceso.

"Lo que se hace es pedirles que se cumpla la sentencia, que se derribe", explica el alcalde de Alcanar, Alfons Montserrat. Pero, ante la más que esperable negativa de los vecinos, el consistorio reconoce que se verá obligado a ejecutar de forma subsidiaria el derribo: "Ellos seguramente no lo harán, y entonces lo que tendremos que hacer nosotros es iniciar un procedimiento de oficio para pedir un proyecto de derribo. Y una vez determinado el coste de la obra, adjudicarlo".

"Este tribunal se verá en la tesitura de tener que confirmar la resolución del auto impugnado, pese a comprender la engorrosa posición de un gobierno local que debe administrar una situación heredada del pasado y la mucho más que incómoda situación de los terceros adquirentes", apunta la primera de las sentencias, de noviembre de 2014.

La sentencia recuerda que la doctrina del Tribunal Supremo (TS) "ha venido insistiendo en un criterio, según el cual, cuando una sentencia ha anulado una licencia de obras, la ejecución del fallo deberá llevar aparejada la demolición de las obras, sin más".

Y en cuanto a la presencia de terceros adquirentes de buena fe, como son los vecinos, el TS "niega de forma tajante que esta circunstancia pueda erigirse en un motivo impeditivo de la demolición de las obras".

La segunda sentencia del TSJC, con fecha 1 de diciembre de 2014 y notificada a las partes el 15 de enero pasado, desestima la suspensión cautelar del procedimiento de derribo de las obras pedido por los vecinos, básicamente siguiendo los mismos argumentos antes mencionados.

 


 

 

Copyright © inmoley.com.

ir a inicio de página
 
Volver a la página anterior
Volver al índice

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

Enlace recomendado masmasculino.com