NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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3 de marzo de 2015
 
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PETICIONES MUNICIPALES PARA NO CUMPLIR LAS SENTENCIAS DE DERRIBO
Convertir conocimiento en valor añadido: Guía práctica inmoley.com de inspecciones urbanísticas y del urbanismo de Cataluña. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha ordenando la  demolición de tres viviendas en Valldoreix y que se edificaron hace algo más de una década de "forma gravemente ilegal". La sentencia es firme y no cabe recurso contra ella. El responsable es la Entidad Municipal Descentralizada (EMD) de Valldoreix -localidad dependiente de Sant Cugat del Vallès- al haber autorizado con una licencia la construcción de tres apartamentos en una misma parcela, cuando el planeamiento sólo permitía una casa. También se violan las separaciones entre lindes y las distancias con otros inmuebles, infracciones incorregibles en opinión de los jueces.
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Laa EMD sufragó también la demolición de otras tres viviendas y parte de un aparcamiento erigidos sin el permiso pertinente en una zona verde en 2001, hacia la misma época en que se levantaron las casas por las que un particular ha litigado ahora. El democristiano Miquel Paraira dirigía entonces la Entidad Municipal.

La resolución, dictada en noviembre, obliga al "íntegro derribo de las tres edificaciones", una instrucción que se encomienda a la EMD a materializar en un plazo que se agotaba en febrero. Sin embargo, el gobierno de CiU no ha iniciado el trámite para derruir los chalés. Aun así, sí ha consignado 70.000 euros que corresponden a la estimación de los costes del derribo.

A pesar de que no cabe apelación, los abogados municipales han formulado una petición con la que intentan frenar la aplicación del fallo y llegar a un acuerdo que evite la demolición total de las construcciones y la indemnización elevada que el dueño podría solicitar.

La EMD insiste que la licencia era acorde a la normativa del momento; en todo caso, se antoja difícil convencer a la Justicia, que reprocha la dilación en adoptar la primera resolución del caso, que se remonta a 2007.

Sin embargo, TSJC señala que "el evidente y burdo propósito de burlar la ejecución de una sentencia firme ya hace más de seis años". 

 


 

 

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