3
de marzo de 2015
NOTICIA
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PETICIONES
MUNICIPALES PARA NO CUMPLIR LAS SENTENCIAS DE DERRIBO
Convertir
conocimiento en valor añadido:
Guía práctica inmoley.com de inspecciones urbanísticas
y del urbanismo de Cataluña. Una sentencia del Tribunal Superior
de Justicia de Catalunya (TSJC) ha ordenando la demolición
de tres viviendas en Valldoreix y que se edificaron hace algo más
de una década de "forma gravemente ilegal". La sentencia es firme
y no cabe recurso contra ella. El responsable es la Entidad Municipal Descentralizada
(EMD) de Valldoreix -localidad dependiente de Sant Cugat del Vallès-
al haber autorizado con una licencia la construcción de tres apartamentos
en una misma parcela, cuando el planeamiento sólo permitía
una casa. También se violan las separaciones entre lindes y las
distancias con otros inmuebles, infracciones incorregibles en opinión
de los jueces.
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Laa EMD sufragó
también la demolición de otras tres viviendas y parte de
un aparcamiento erigidos sin el permiso pertinente en una zona verde en
2001, hacia la misma época en que se levantaron las casas por las
que un particular ha litigado ahora. El democristiano Miquel Paraira dirigía
entonces la Entidad Municipal.
La resolución,
dictada en noviembre, obliga al "íntegro derribo de las tres edificaciones",
una instrucción que se encomienda a la EMD a materializar en un
plazo que se agotaba en febrero. Sin embargo, el gobierno de CiU no ha
iniciado el trámite para derruir los chalés. Aun así,
sí ha consignado 70.000 euros que corresponden a la estimación
de los costes del derribo.
A pesar de
que no cabe apelación, los abogados municipales han formulado una
petición con la que intentan frenar la aplicación del fallo
y llegar a un acuerdo que evite la demolición total de las construcciones
y la indemnización elevada que el dueño podría solicitar.
La EMD insiste
que la licencia era acorde a la normativa del momento; en todo caso, se
antoja difícil convencer a la Justicia, que reprocha la dilación
en adoptar la primera resolución del caso, que se remonta a 2007.
Sin embargo,
TSJC señala que "el evidente y burdo propósito de burlar
la ejecución de una sentencia firme ya hace más de seis años".
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