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24
de febrero de 2015
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LAS ACTUACIONES
DE INTERÉS REGIONAL (AIR) EN LA NUEVA LEY DEL SUELO DE MURCIA
Convertir
conocimiento en valor añadido:
guía práctica inmoley.com del urbanismo de Murcia.
La reforma de la ley del suelo está ocasionando un análisis
doctrinal no exente de críticas, por ejemplo, en materia de Actuaciones
de Interés Regional (AIR). Cabe recordar que la Sala de lo Contencioso
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, anuló
en 2013 la Actuación de Interés Regional en Marina de Cope
(costa de Águilas y Lorca), por afectar a un espacio protegido que
fue desclasificado de manera ilegal, como recientemente había ratificado
el Tribunal Constitucional al anular la enmienda a la Ley de Suelo de la
Región de Murcia que desprotegía este y otros espacios naturales
del litoral regional. La sentencia del Tribunal Constitucional ha sido
clave para esta resolución favorable a los grupos ecologistas. Para
enfocar el problema aportamos el documento completo de la actuación
de interés regional “Marina de Cope”
Herramienta
práctica > Guías
prácticas
Todas estas
cuestiones han sido analizadas en entrevistas realizadas por el periódico
la verdad de Murcia.
Según
opina el profesor Santiago Álvarez, también secretario general
de la UMU y miembro de la Asociación Española de Derecho
Ambiental, en declaraciones al periódico la verdad, las Actuaciones
de Interés Regional (AIR), como lo fue en su día el proyecto
frustrado de Marina de Cope, «suponen un inmejorable ejemplo de cómo
el legislador pretende enmendar la plana a los tribunales que han declarado
la nulidad de actuaciones como la desclasificación del Parque Regional
Cabo Cope-Calnegre»,
Los artículos
referidos a las AIR son los puntos más calientes del proyecto de
reforma de Ley del Suelo porque refuerzan la potestad de impulsar proyectos
singulares con el control exclusivo del Consejo de Gobierno, que además
podrán ser promovidos por particulares y «prevalecerán
sobre los instrumentos de ordenación en vigor». Para Blanca
Soro Mateo, también profesora de Derecho Administrativo de la UMU
y experta en urbanismo y ordenación del territorio, «la proposición
de ley potencia como instrumentos excepcionales las Actuaciones de Interés
Regional para el desarrollo de la actividad territorial y urbanística.
Desde luego, potenciar abiertamente lo excepcional sí que es excepcional»,
considera.
«Debemos
ser cautelosos a la hora de declarar la trascendencia económica
y social para la Región de algunos proyectos cuando entren en conflicto
con intereses que determinan la clasificación del suelo como no
urbanizable y resulten incompatibles con una política territorial
sostenible. Las AIR constituyen un elemento perturbador, como debe conocer
el grupo parlamentario que presenta la iniciativa, y se encuentran, queramos
o no, bajo sospecha», añade la docente de la UMU.
Para Gerardo
Roger Fernández en declaraciones a la verdad, se rechaza que
una Actuación de Interés Regional pueda amparar la construcción
de viviendas, «que siempre podrán desarrollarse aplicando
los procedimientos normalizados del urbanismo tradicional». En su
opinión, no es lo mismo una fábrica de automóviles
o un parque temático que una desarrollo residencial, por lo que
estima que «debe regularse muy precisamente el objeto de las AIR
para evitar conflictos competenciales y legales nada deseables».
Ángeles
Moreno Micol, asesora de la asociación Huermur en materia urbanística,
medioambiental y de ordenación del territorio, considera alarmante
la supresión de un artículo que en la ley vigente establece
que las AIR no podrán afectar a suelo urbanizable de protección
específica. «Si se aprueba la norma ya no existirá
este condicionante», advierte. «¿Por qué se elimina?
¿Acaso piensan que van a poder disponer sobre el suelo no urbanizable
con protección específica, como LIC, ZEPA, parque regional,
dominio público hidráulico o marítimo?».
Ángeles
Moreno llama además la atención sobre varios aspectos: la
necesidad de «urgente ocupación de los bienes» que establecen
las AIR, la condición de los promotores de beneficiarios de las
expropiaciones, el escamoteo del procedimiento de exposición pública
y que «los ayuntamientos pierden todas sus competencias». «La
conclusión –asegura– es que si ahora pretendiesen hacer Marina de
Cope podrían quitarse de en medio a los ayuntamientos de Águilas
y Lorca. Todo queda en manos del Consejo de Gobierno, el consejero y el
director general. Estas personas se bastan para iniciar la AIR y terminarla
hasta la colocación de la última baldosa del proyecto».
¿Se
regulan las AIR como un traje a medida para sacar adelante proyectos como
Marina de Cope y que los proyectos singulares prevalezcan sobre las leyes
ambientales? «En absoluto», mantiene Yolanda Muñoz,
directora general de Vivienda. «Con la nueva ley las AIR se someterán
al procedimiento ambiental completo, no es posible que no se sometan a
declaración de impacto», asegura. «Se trata de una normativa
muy garantista que además establece un plazo de caducidad de ocho
años. Si en ese plazo la AIR no ha avanzado queda sin efecto la
afección a los terrenos, como garantía para los propietarios
y la Administración». Esta ley no va contra los espacios naturales,
sostiene Yolanda Muñoz: «No nos corresponde redefinir
límites de los espacios protegidos, esta revisión de la normativa
solo pretende aclarar conceptos y subjetividades. Y siempre sometida a
la legislación ambiental, que no nos podemos saltar jamás».
VER DOCUMENTO
COMPLETO DE LA ACTUACIÓN DE INTERÉS REGIONAL “MARINA DE COPE”
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