19
de febrero de 2015
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NULIDAD
DEL PLAN PARCIAL DEL SUELO URBANIZABLE SU-14 EN MONTE FARO
Convertir
conocimiento en valor añadido:
Guía práctica inmoley.com de planes parciales y guía
del urbanismo de Galicia. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG)
ha dictado la nulidad del acuerdo plenario por el que se aprobó
de forma definitiva el plan parcial del suelo urbanizable SU-14 en Monte
Faro el 28 de julio del 2009. El plan parcial pretendía transformar
la cumbre de este ámbito y sus laderas forestales en una zona urbanizable
para 1.302 viviendas unifamiliares. Para ejecutarlo, el Ayuntamiento firmó
un convenio urbanístico con la empresa Mirador de Sanxenxo en el
2009.
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El Colectivo
Ecologista do Salnés, que instó la nulidad, recordó
que el Plan Parcial SU-14 pretendía transformar la cima del Monte
Faro y dos de sus laderas forestales en una zona urbanizable para 1.302
viviendas unifamiliares, de tal forma que sus valles se transformarían
en un "parque natural" con un equipamiento educativo-cultural. Para llevarla
a cabo, el Concello ratificó en 2009 un convenio urbanístico
con la empresa Mirador de Sanxenxo S. L.
El CES presentó
alegaciones a este Plan Parcial y a su informe de Sostenibilidad Ambiental
considerando el plan muy impreciso en los datos de consumo de suelo, de
la necesidad social de nuevas viviendas y en los datos de consumo de agua
y su depuración. También consideraban imprecisos las actuaciones
para mitigar el impacto paisajístico de la urbanización (el
CES explica que no se debe perder de vista de que se trata de la cota más
alta del sector oriental del concello), ni en la reducción de consumo
energético, ni proponía actuaciones realistas frente al aumento
del uso del transporte privado. Ninguna de las alegaciones fueron admitidas
por el Concello. Asimismo, el CES vio motivos de demanda en el hecho de
que el nuevo gobierno gallego en la Xunta modificase "sin justificación
suficiente", aseguran, el informe de la Memoria Ambiental y que el gobierno
anterior redactara resultando negativo a la urbanización en los
términos que figuraban en el Plan Parcial aprobado.
Así,
entre otras cuestiones, el CES explica que la sentencia estima que "el
plan parcial no da cumplimiento a las determinaciones vinculantes de la
Memoria Ambiental". Curiosamente, este carácter vinculante de Memoria
Ambiental fue modificado poco después por el actual gobierno, de
tal forma que así estos documentos podrían convertir "en
papel mojado" frente al "urbanismo irracional".
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