La Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad
del Plan Parcial 'Camino de Santa María' de Aldeamayor de San Martín,
situado entre esta localidad y Aldeamayor Golf, donde estaba prevista la
construcción de 4.969 nuevas viviendas para una población
de 12.500 habitantes sobre 300 hectáreas de alto valor ecológico,
afectando al espacio protegido de la Red Natura 2000 'Salgüeros de
Aldeamayor'. La sentencia del Alto Tribunal confirma así una en
idénticos términos dictada el 4 de diciembre de 2013 por
Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León, según
informan Ecologistas en Acción.
El Plan Parcial
'Camino de Santa María' fue promovido por Metrovacesa.
La sentencia
del TSJ anuló el acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo
de Valladolid de 30 de junio de 2009, dado que "no se ha justificado en
absoluto la conveniencia de desarrollar el sector [*] o la conveniencia
de la transformación urbanística de los terrenos [*] y más
en particular que no se ha justificado que exista en Aldeamayor de San
Martín la necesidad de ampliar el suelo [*] con destino residencial
y especialmente que sea necesaria la construcción de 4.969 viviendas
más". El Tribunal Supremo ratifica esta argumentación, considerando
que el Plan Parcial es contrario al "principio de desarrollo territorial
y urbano sostenible", no sólo "porque las previsiones en materia
de crecimiento en el número de viviendas sean materialmente irreflexivas,
ilógicas o contrarias al bien común, sino por una razón
conexa a ellas [*]: la falta de justificación, que posee una vertiente
o aspecto exterior, relacionado con la ausencia de explicaciones, en la
Memoria, acerca de las razones conducentes a la elevación tan sustancial
del número de viviendas; y otra más sustantiva, la falta
efectiva de razón o necesidad -de especificación del interés
general, en suma- que impulse a la Administración a dar vía
libre a esa decisión, que prácticamente triplicaría
la población del municipio".
La Sala reitera
así el razonamiento de las sentencias anteriores anulatorias de
las Normas Urbanísticas Municipales de Mucientes, el Plan General
de Ordenación Urbana (PGOU) de Tudela de Duero o las Áreas
Homogéneas 5, 7 y 11 de Valladolid. En este caso, parte de los terrenos
que integran el Sector litigioso se incluyen dentro del Lugar de Interés
Comunitario (LIC) 'Salgüeros de Aldeamayor', incluidos en la Red Natura
2000 debido a la presencia de al menos un tipo de hábitat natural
prioritario, mientras, otra parte importante del Sector colinda con el
LIC.
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