ANTECEDENTES
MARZO 2009
El Tribunal
Supremo se ha declarado incompetente en el caso del convenio de Aceralia,
por lo que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón
(TSJA) que anulaba este acuerdo, adquiere firmeza y ya no cabe recurso
como pretendía el Ayuntamiento de Zaragoza. En un auto emitido por
el Supremo, considera que este asunto debe resolverse en un tribunal de
ámbito autonómico al tratarse de un acuerdo de la administración
local. Y este ya se pronunció en abril del año pasado, en
contra de los intereses municipales. No obstante, el Supremo en ningún
momento hace referencia al fondo del asunto.
De esta
forma, Saica gana el recurso contra el millonario convenio urbanístico
que se firmó en la época del alcalde del PP José Atarés,
pero se abren numerosas incógnitas jurídicas y económicas,
a la espera de que el Supremo se pronuncie sobre la modificación
de Plan General y el plan especial de esta zona. Hay que recordar que hasta
ahora estaban abiertos tres pleitos por el plan Aceralia. En todos ellos
ha habido ya sentencia del TSJA que anula la tramitación. El Ayuntamiento
de Zaragoza recurrió todas y están pendientes de la resolución
del Alto tribunal.
El que sí
se ha cerrado es el que hace referencia al convenio urbanístico,
por el que el ayuntamiento abrió la vía de la recalificación
de los suelos de la antigua industria para construir 2.344 viviendas con
el objetivo de sufragar el traslado de esta y otras 13 fábricas
más fuera del barrio del Picarral. El grupo Saica presentó
un recurso contra este acuerdo, que ahora ha ganado.
Pese al
auto del Supremo, una parte del convenio es ya irreversible, ya que las
fábricas abandonaron el barrio hace unos años, se trasladaron
a una zona dentro del término municipal de Zaragoza y mantuvieron
los puestos de trabajo, tal y como se establecía. Es más,
Aceralia ya había vendido los suelos por 78 millones de euros y
una parcela en el Parque Tecnológico del Reciclado, valorada en
9,2 millones a la sociedad Fuentemed. El lugar que ocupaban estas industrias
es ahora un gran solar a la espera de que se concrete su futuro.
La sentencia
del TSJA, ahora firme, se basa en un informe pericial del Colegio de Arquitectos
de Aragón que estima que la ordenación es irracional, "solo
atiende a los intereses de las industrias promotoras", que no se contemplan
los equipamientos necesarios y que se incumple la altura máxima
(varían entre 11 y 17). Por todo ello, la Sala de lo Contencioso-Administrativo
considera nulo "por su disconformidad a derecho" el millonario convenio
municipal.
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