Por su parte,
en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), se
realiza una imputación de rentas inmobiliarias respecto de los inmuebles
distintos de la vivienda habitual y de los destinados a cualquier actividad
comercial, rentas que se integran en la base imponible del impuesto.
El valor catastral
también sirve de base para la aplicación del Impuesto sobre
el Incremento del Valor de los Terrenos de naturaleza urbana (comúnmente
conocido como Plusvalía municipal), en el que la base imponible
es el resultado de aplicar al valor catastral que tenga el suelo cuando
se devenga el impuesto, un porcentaje fijado por los Ayuntamientos.
Y también
en el Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Documentados y en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, la valoración
catastral tiene trascendencia puesto que, aunque en estos impuestos la
base imponible está constituida por el valor real del bien transmitido,
algunas Comunidades Autónomas integran el valor catastral como elemento
a considerar en sus reglas de comprobación y sistemas de cálculo
del valor de referencia.
Y finalmente,
en el Impuesto sobre el patrimonio, los bienes inmuebles han de computarse
tomando el mayor de los tres valores siguientes: el valor catastral, el
comprobado por la Administración a efectos de otros tributos o el
valor de adquisición, por lo que también en este impuesto
el valor catastral constituye una referencia.
Es decir, la
importancia de una correcta determinación del valor catastral de
los inmuebles es evidente.
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