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NOTICIAS
DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO. |
23 de octubre de 2015
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MADRID
DEROGA LA LEY DE VIVIENDAS RURALES SOSTENIBLES SIN ESPERAR AL CONSTITUCIONAL.
¿Qué
aprendo?
Se analiza
en la guía
práctica inmoley.com del urbanismo de Madrid. Nos referimos
al recurso de inconstitucionalidad n.º 1883-2013, contra los artículos
1, 2, 4, 5 y 7, de la Ley de la Comunidad de Madrid 5/2012, de 20 de diciembre,
de Viviendas Rurales Sostenibles, y a la resolución de 8 de abril
de 2013, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica
y Local, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral
de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
de Madrid en relación con la Ley de la Comunidad de Madrid 5/2012,
de 20 de diciembre, de Viviendas Rurales Sostenibles. El urbanismo madrileño
no espera al constitucional y deroga, a propuesta de PSOE, Podemos y Ciudadanos,
la derogación de la Ley de Viviendas Rurales Sostenibles.
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En sus tres
años de vigencia de la ley se han autorizado únicamente ocho
licencias y otras 14 estaban en tramitación, apunta Jaime González
Taboada, actual consejero de Medio Ambiente, Administración Local
y Ordenación del Territorio. La mayoría de interesados se
concentran en Pozuelo de Alarcón. En este sentido, la Asociación
de Amigos del Monte de Pozuelo ha presentado más de 40.000 firmas
para derogar la normativa. Los servicios jurídicos de la Comunidad
también cuestionaron la ley por “la ausencia de elementos suficientes
para apreciar y valorar los motivos de oportunidad y necesidad del anteproyecto,
circunstancia relevante dado que nos hallamos ante una normativa especial”.
Y recalcaron que tampoco se concretaban las materias primas que se podrían
utilizar en las futuras residencias campestres.
El colegio
de Ingenieros de Montes advirtió, por su parte, de que la potencial
dispersión de viviendas por el campo haría “aumentar exponencialmente
el riesgo de incendios forestales”, además de “dificultar y limitar
extraordinariamente los trabajos de extinción”.
La Ley de Viviendas
Rurales Sostenibles permite edificar a los propietarios de las 13.102 parcelas
rústicas de más de seis hectáreas que no están
protegidas ambientalmente y que se reparten por la región. Las casas
no pueden ocupar más del 1,5% de la superficie del terreno ni superar
los 3,5 metros de altura. Además, deberían estar a una distancia
de al menos 250 metros de la construcción más cercana. Los
propietarios del suelo correrían con todos los gastos derivados
del suministro de agua, energía eléctrica, gas, telefonía,
recogida de basuras, transportes y accesos.
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