NOTICIAS INMOBILIARIAS PROFESIONALES.
NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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15 de octubre de 2015
 
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INTERDICTO DE PARALIZACIÓN DE OBRA NUEVA DE LA OPERACIÓN CANALEJAS DE MADRID
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com del urbanismo de Madrid.  El objeto de este interdicto es paralizar o suspender la realización de una obra de nueva construcción, que ocasione o pueda ocasionar un daño a la propiedad, posesión o cualquier otro derecho real del demandante. La finalidad que subyace por tanto, a este proceso especial es la protección de la propiedad, la posesión o cualquier otro derecho real, principalmente servidumbres, perturbados por efecto de una obra nueva, tratándose de una acción cautelar que intenta también evitar que la obra tenga que ser posteriormente demolida; evidentemente, sin perjuicio de que en el juicio declarativo correspondiente se decida de forma definitiva sobre el derecho a proseguirla. El artículo.441 apartado.2 LEC dispone que una vez presentada la demanda y antes de la citación para la vista, se dicte una orden dirigida al dueño de la obra y al encargado ordenando la inmediata suspensión de la misma. Esta citación ya ha sido entregada a Inmobiliaria Espacio del grupo OHL que está analizando la posibilidad de prestar caución para la continuación de la obra de la operación Canalejas. La caución tiene por objeto responder de posibles daños o perjuicios. Podrá otorgarse en dinero en efectivo, mediante aval solidario o por cualquier otro medio que garantice la inmediata disponibilidad de la cantidad de que se trata y cuando ello proceda. En cuanto a la posibilidad de que el demandado interdictal pueda pedir daños y perjuicios se ha considerado por el Tribunal Supremo que es posible siempre que la parte demandada haya actuado con intención dañosa o al menos con manifiesta negligencia y los daños y perjuicios sean acreditables. 
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Según constaba en el auto del juzgado de primera instancia número 54 de Madrid que estimaba un interdicto de obra nueva presentado por R&A Palace Gestión, el dueño debe suspender las obras y puede “ofrecer caución para continuarlas” así como realizar las obras indispensables para conservar la parte ya realizada.

La demanda se dirige contra Promociones y Propiedades Inmobiliarias Espacio, del grupo Villar Mir que promueve el proyecto, OHL, que desarrolla los trabajos y que preside Juan Miguel Villar Mir, y el Ayuntamiento de Madrid. Contra esa resolución cabe interponer un recurso en el plazo de cinco días.

Según ha explicado a Europa Press un portavoz del grupo OHL, lo que les han notificado esta mañana 'in situ' no ha sido el auto judicial ni la demanda, sino una instrucción con los detalles de la suspensión de las obras. "Por tanto, nosotros desconocemos de momento los argumentos que están detrás de dicha suspensión ni tenemos constancia de formar parte del procedimiento. No tenemos conocimiento formal, sino sólo lo publicado por los medios de comunicación", han indicado las mismas fuentes.

No obstante, la instrucción es clara en la paralización de los trabajos y han dado órdenes para que se cumpla esta misma mañana. No obstante, dicho documento "permite que se realicen los trabajos necesarios para conservar la parte ya realizada", es decir, de mantenimiento.

Además, la instrucción también apunta que se puede acordar el levantamiento de la suspensión de las obras mediante una caución, es decir, la entrega de un aval. Además, una vez reciban la resolución judicial, la constructora también podría recurrir el auto para proseguir las obras antes de la vista judicial prevista para el 11 de diciembre.

Hay que recordar que la Comunidad de Madrid abrió un expediente ante la posibilidad de que se hubieran retirado elementos protegidos inadecuadamente, lo que les llevaría a determinar si se había producido una irregularidad y cabía la sanción. La Fiscalía les pidió información haciéndose cargo del asunto, motivo por el que el expediente regional quedó paralizado.

 
ANTECEDENTES

14 de octubre de 2015 

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¿QUIÉN HA CONSEGUIDO PARALIZAR LA OPERACIÓN CANALEJAS DE MADRID? 
¿Qué aprendo? 
Se analiza en la guía práctica inmoley.com de la opción de compra y en la guía del urbanismo de Madrid. En junio de 2008 se vio frustrada por tercera vez, la venta de los siete edificios históricos del Banco Santander en el centro de Madrid, un complejo de 52.000 metros cuadrados. En aquella ocasión el grupo vasco RA Palace Gestión, con sede en Álava contaba desde 2005 con la opción de compra de los edificios por 325 millones de euros, a un precio de 5.800 euros el metro cuadrado. Llegaron a pagar 42 millones de euros como señal, pero perdieron este importe y la opción de compra. El proyecto era similar al actual de Villar Mir y OHL, un hotel, viviendas de lujo y un centro comercial. El ayuntamiento llegó a preparar las recalificadores necesarias. Desde entonces, RA Palace Gestión pleitea contra el Banco de Santander, al que acusa de romper el contrato de opción de compra de los edificios que firmaron en 2006 para venderlos al grupo Villar Mir en diciembre de 2012. Incluso en 2014 presentaron una denuncia (que fue archivada) contra Villar Mir y OHL. En aquella ocasión el juez visitó la obras y resolvió en un auto que “el promotor de las obras, el presidente de la constructora OHL, Juan Miguel Villar Mir, ha garantizado que el patrimonio histórico artístico que acumulan estos históricos edificios de la capital no va a ser destruido.” 
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En esta ocasión, el juez ordena la “suspensión inmediata” de la Operación Canalejas, en el centro de Madrid. Un juzgado insta a detener las obras del complejo, que incluye la construcción de un centro comercial de 15.000 metros cuadrados, tras admitir a trámite una demanda por los supuestos daños al patrimonio histórico. De hecho, la Fiscalía investiga ya dichas irregularidades, que el Ayuntamiento de Madrid ya había detectado la pasada primavera.
La sociedad R&A Palace Gestión presentó en los juzgados una demanda para instar la suspensión de las obras por daños al patrimonio. Esta compañía intentó ya en el pasado sin éxito promover una operación inmobiliaria en estos edificios, según El País. De hecho, R&A Palace Gestión ya había presentado el marzo un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que está a la espera de sentencia.
El complejo inmobiliario, que Grupo Villar Mir construye en el centro de la capital, junto a la Puerta del Sol, tiene la aprobación del Ayuntamiento y de la Comunidad de Madrid. El grupo compró los siete edificios que componen el complejo a finales de 2012 y pagó por ellos 215 millones de euros. En julio de 2014, y tras un periodo de bloqueo administrativo, se iniciaron las obras del centro comercial y de un hotel de cinco estrellas.
El Ayuntamiento dio licencia a Villar Mir para la demolición de los inmuebles, manteniendo los elementos protegidos por su valor histórico-artístico. En una de las inspecciones a la obra que realizaron los técnicos municipales se detectaron una serie de actuaciones no autorizadas que afectaban a elementos de bien de interés cultural. En marzo, se detuvieron las obras sobre la parte de la obra afectada y la Fiscalía abrió una investigación.
El juez ha admitido ahora a trámite la demanda de suspensión de obra nueva presentada por R&A Palace Gestión y ha ordenado la paralización de todos los trabajos y no sólo la parte señalada por el Ayuntamiento. Por el momento, sólo se permiten los trabajos indispensables para conservar lo ya realizado, a la espera de que Villar Mir recurra la decisión.
Todavía está pendiente que la Comunidad de Madrid se pronuncie sobre el daño causado a determinados elementos del complejo. 
Esta noticia coincide con que el Ayuntamiento, la Comunidad de Madrid, el Colegio de Arquitectos y el Grupo Villar Mir han alcanzado un acuerdo institucional sobre el proyecto Canalejas que supone una modificación del mismo para disminuir el volumen construido sobre la cornisa y el impacto visual del conjunto edificado. 
 

 
ANTECEDENTES
8 de octubre de 2015 
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EL AYUNTAMIENTO DE MADRID CAMBIA LA REPARCELACIÓN URBANÍSTICA DE LA OPERACIÓN CANALEJAS DE MADRID 
¿Qué aprendo? 
Se analiza en la guía práctica inmoley.com de la rehabilitación edificatoria y en la guía del urbanismo de Madrid. Tras varios meses de paralización parcial tras la decisión del Ayuntamiento de Madrid de suspender de forma cautelar una parte del proyecto y abrir expediente disciplinario por demoler más elementos arquitectónicos de los permitidos por la licencia municipal y (ya en el presente mandato) de la negativa del nuevo concejal de Desarrollo Sostenible Urbano del Ayuntamiento de Madrid, José Manuel Calvo del Olmo (Ahora Madrid), de atender el expediente en las reuniones ordinarias de la Comisión de Patrimonio, resulta que el Ayuntamiento de Madrid ha impuesto un preacuerdo con el grupo Villar Mir para desbloquear las obras del complejo Canalejas, según informa el diario el País. Se trata de “desbloquear”, según fuentes municipales, las dos claves de discordia: la volumetría del piso superior del complejo comercial y hotelero, en la que Villar Mir pierde metros cuadrados para las viviendas de lujo y la distribución de la zona de carga y descarga subterránea y de los autobuses urbanos, que ahora aparcan frente al futuro complejo y que, previsiblemente, volverán a cruzar por la Puerta del Sol. Este cambio de criterio genera inseguridad jurídica a futuros inversores inmobiliarios, ya que en  noviembre del 2014, el Ayuntamiento de Madrid aprobó definitivamente el proyecto de reparcelación del ámbito Sevilla-Canalejas que permitía la construcción de un intercambiador subterráneo en la zona. 
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Según el País, el complejo contará con su propio aparcamiento y zona de carga y descarga subterránea, a falta de concretar la ubicación de las rampas de entrada. Los autobuses seguirán en superficie, tal y como deseaba el Ayuntamiento. La zona de Canalejas se peatonalizará, como estaba previsto, así que las paradas ubicadas en la calle de Sevilla se mudarán. Allí se regulan los horarios, y los autobuses estacionan largo tiempo. Esas paradas podrían trasladarse a la calle de Alcalá, a la altura del 10, lo que les obligaría a hacer el giro por Sol (donde paraban hasta su peatonalización) para salir por la carrera de San Jerónimo. 
En realidad, la operación Canalejas contaba ya con el visto bueno de la comisión, pero en primavera, justo antes de dar la licencia definitiva pero cuando ya se habían tirado los edificios, le surgieron dudas sobre el excesivo impacto visual del complejo. Eso llevó al Ayuntamiento a cancelar temporalmente la tramitación de la licencia. 
Se sumó además que el nuevo gobierno municipal quiso revisar el proyecto licitado por la anterior alcaldesa, Ana Botella (PP), para construir una estación de autobuses subterránea integrada con el aparcamiento y la zona de carga y descarga del complejo. 
Ese plan ha sido abortado por el nuevo edil de Desarrollo Urbano, José Manuel Calvo, que ha diseñado una alternativa en conversaciones con Villar Mir. A falta de “bajar el preacuerdo al plano”, la estación de autobuses prevista desaparece. En cuanto al obstáculo del excesivo impacto visual del complejo, “está resuelto”, según fuentes municipales, al validar Villar Mir la volumetría propuesta por el Ayuntamiento. 
En las reuniones (la última de ellas, “satisfactoria” según ambas partes, ayer) han participado también representantes de la Comisión Local de Patrimonio Histórico. Aunque no hay nada firmado (el viernes hay previsto otro encuentro, y a inicios de la próxima semana está prevista una nota o rueda de prensa consensuadas), “tiene que ocurrir una catástrofe” para que se frustre, según ambas partes. Tanto el Ayuntamiento como la empresa han loado la disposición mutua y se han mostrado exquisitos en su relación. “Ambos hemos tenido que ceder”, han resaltado fuentes del proyecto. Sobre todo, en cuanto a volumetría. 
El complejo Canalejas tiene ocho plantas, pero está situado junto a un edificio (el de la tienda de Apple, en el número 1 de la Puerta del Sol) de cinco pisos. Evidentemente, se ve desde la distancia, sobre todo desde la retirada del cartel publicitario de Tío Pepe ubicado en ese inmueble de Sol. 
Para suavizar su impacto, tanto desde lejos como desde las aceras aledañas, la Comisión Local de Patrimonio Histórico apostó por retranquear (remeter el muro de fachada en las plantas superiores). Villar Mir ya contaba con verse obligado a aumentar el retranqueo previsto en el proyecto (2,5 metros), pero no tanto. 
El problema para Villar Mir era que perdía superficie edificable que no podía ganar en otras plantas, y eso dañaba su proyecto de construir 25 viviendas de lujo en los tres pisos superiores. 
El problema para el Ayuntamiento era que el plan urbanístico ya estaba aprobado y no podía cambiarse en algo fundamental durante la tramitación de la licencia. Así que ambos han cedido. 
Se retranqueará, pero no tanto como se apuntó en un principio. Aun así, Villar Mir perderá viviendas, con el impacto económico que eso supone al grupo. 
La finalización del proyecto estaba prevista para mediados de 2017; con los retrasos acumulados, podría estar lista a finales. El coste total es de 285 millones. 
¿QUÉ HA CAMBIADO? 
En  noviembre del 2014, el Ayuntamiento de Madrid aprobó definitivamente el proyecto de reparcelación del ámbito Sevilla-Canalejas que permitía la construcción de un intercambiador subterráneo en la zona.  El documento urbanístico ordenaba los espacios para desarrollar dicha infraestructura, que pasa a ser de titularidad municipal. La parcela dotacional subterránea aprobada contará con 904 metros cuadrados, que formarán parte de los 6.387 metros cuadrados con que cuentan las dotaciones subterráneas de la zona, conformadas por un aparcamiento público y una zona comercial. 
Se hace así posible la puesta en marcha del plan especial que ordenaba los espacios bajo rasante en Sevilla- Canalejas, aprobado definitivamente el pasado 25 de junio. En dicho documento se establecían las funcionalidades y los usos del ámbito, asegurando la accesibilidad, la carga y descarga, los accesos a la estación de Metro de la línea 2, los accesos al aparcamiento del futuro centro Canalejas, y la remodelación del aparcamiento de la calle de Sevilla. 
Las entradas al aparcamiento público se mantenían en la calle de Alcalá, eliminando la del esquinazo con Sevilla. La estatua y los jardines serán reubicados y se ampliará el espacio peatonal en 1.309 metros cuadrados. Los autobuses entrarán y saldrán del área intermodal por la calle de Alcalá, mientras que el tráfico rodado descargará en la calle Cedaceros. 
ANTECEDENTES 
7 de julio de 2015 
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¿QUÉ ESTÁ PASANDO CON LA OPERACIÓN CANALEJAS DE MADRID? 
¿Qué aprendo? 
Se analiza en la guía práctica inmoley.com de rehabilitación edificatoria y en la guía del urbanismo de Madrid. La paralización de la operación Canalejas es un despropósito que daña a la imagen de Madrid en pleno centro turístico. Todo empezó con una visita a las obras en octubre de 2014 en el que se señaló que se había dañado una cubierta de pizarra original de Canalejas, 1. En febrero de 2015 se hizo otra visita por técnicos del Área de Urbanismo y Vivienda del ayuntamiento de Madrid y se volvió sobre este tema. Días después, el 26 de marzo se paralizaron parcialmente las obras, que en la práctica es su paralización total. La cuestión es que se habían destruido elementos que se ubicaban en la zona declarada Bien de Interés Cultural. En concreto, en la primera crujía de los edificios de la calle Alcalá, 14 y la plaza de Canalejas, 1. Como pasa normalmente en un proceso de demolición, el proceso de obra excede de la licencia urbanística y llega a afectar a pilares interiores, vigas, carreras de apoyo, forjados, entrevigados y una escalera. El Ayuntamiento tuvo que notificar a la Comisión Local de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid. Y en lugar de intentar llegar a un acuerdo y seguir adelante para cumplir los plazos, pues se presentó un recurso de reposición justificando sus actuaciones por considerar que estaban recogidas en la licencia. 
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ANTECEDENTES 
18 de septiembre de 2014 
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EL URBANISMO DE MADRID EN TORNO A LOS DERRIBOS INICIALES DE LA OPERACIÓN CANALEJAS 
Convertir conocimiento en valor añadido:  Guía práctica inmoley.com del urbanismo de Madrid. Tras el proceso de demolición del edificio de Alcalá 6, y el derribo interior en el resto de los inmuebles afectados (licencias de demolición para la fachada de Alcalá 14 y licencia modificada en Alcalá 6 y 10) empezará el ajuste en profundidad a la modificación de los planos de los edificios de la calle Sevilla para permitir una futura estación subterránea de autobuses. 
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Ya en su día, la firma de arquitectos Lamela, responsable de la remodelación de la manzana Canalejas, sugirió la demolición total de este edificio ya que el interés arquitectónico, histórico y tipológico eran menor y así fue aprobado por el Ayuntamiento que concedió la correspondiente licencia de demolición. 
La fachada del inmueble en el número 6, que está protegida por el Ayuntamiento por su valor histórico-artístico, ha sido desmontada para ser restaurada e instalada después sobre un edificio nuevo. 
La operación Canalejas se desarrolla sobre los inmuebles protegidos situados en Alcalá 6, 8, 10, 12 y 14, plaza de Canalejas 1 y Carrera de San Jerónimo 7. La Operación Canalejas unificará los seis edificios y albergará un hotel de cinco estrellas de la cadena Four Seasons, con 215 habitaciones y 26.000 metros cuadrados de superficie; 35 pisos de lujo sobre una superficie de 6.000 metros cuadrados; y un centro comercial de 16.000 metros cuadrados repartidos en tres plantas. 
El Grupo Villar Mir adquirió los inmuebles en 2012 al Santander por 215 millones de euros; el coste de la obra, a cargo del estudio Lamela, asciende a 285 millones y su fecha prevista de finalización es otoño de 2016. 
La Comisión Mixta de Patrimonio Histórico de Madrid está vigilando el proceso. 
El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucionales y nulos ocho artículos de la Ley de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, a raíz del recurso interpuesto por 57 senadores de los grupos Socialista y Mixto. 
Concretamente, en lo que respecta a la operación Canalejas, el Alto Tribunal rechazaría con su resolución que se pudieran unir diferentes inmuebles que están protegidos. 
En el artículo 23 de la Ley de Patrimonio de la Comunidad, que es uno de los afectados, se establece que «se admitirá excepcionalmente» la segregación parcelaria de los Monumentos y Jardines Históricos «cuando concurran causas debidamente justificadas y previa autorización de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico». 
El TC dictaminó que «un inmueble declarado Bien de Interés Cultural es inseparable de su entorno», regulación que entiende que es competencial estatal. 
El problema del proyecto es la unión de los diferentes inmuebles mediante la desaparición de la tabiquería. 
Asimismo, sobre el artículo 23.1, en el que se dice que los bienes inmuebles declarados de interés cultural pueden desplazarse o removerse previa autorización administrativa otorgada por «causas debidamente justificadas», los recurrentes consideraban que abre un campo de discrecionalidad más amplio que el establecido por el Estado. 
Básicamente, entendían que convertían una operación potencialmente expoliadora, que sólo debe autorizarse con muchas garantías, en un acto discrecional de la Administración. Es decir, que no se vería obligada a aplicar criterios jurídicos ni razones de causalidad, y que ni siquiera ha de contar con el informe favorable de un órgano consultivo especializado ni oír al Ayuntamiento interesado. 
El TC ha dicho que ésta es una de las materias que abarca la competencia exclusiva estatal, «por lo que es claro que el artículo (...) se extralimita de la competencia autonómica en materia de patrimonio histórico e invade la competencia estatal indicada». 
Además, el TC señala que dicha expresión interfiere claramente en un ámbito que está reservado al Estado, suponiendo una invasión de sus competencias. El artículo original reza que «serán Bienes de Interés Cultural (BIC) los bienes que, formando parte del Patrimonio Histórico de la Comunidad, tengan un valor excepcional y así se declaren expresamente». 
Asimismo, ha declarado inconstitucionales y nulos los artículos 2.2 y 8.5, ya que la norma autonómica se refiere a los bienes «que tengan un valor excepcional», sobre la que los recurrentes afirman que otorga un menor grado de protección que la que da el Estado, que se refiere a los bienes «más relevantes».

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