9 de enero
de 2015
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EDUCATIVO inmoley.com
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REFORMA FISCAL DE LA DEDUCCIÓN
POR ALQUILER DE VIVIENDA.
Convertir conocimiento en
valor añadido:
Guía inmoley.com de la fiscalidad inmobiliaria y guía de
arrendamientos de vivienda.
La reforma fiscal que entra en
vigor en 2015 iguala la reducción por alquiler a todos los propietarios.
La exención de impuestos se amplía para todos los propietarios,
sea cual sea la edad del inquilino, en un 60% para los contratos firmados
a partir del 1 de enero de 2015.
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prácticas
Si antes, el propietario de una
vivienda en alquiler tenía una reducción del 100% de las
rentas generadas si el inquilino tenía menos de 30 años,
reducción que se reducía al 60% si tenía más.
Ahora, con la nueva reforma fiscal, la exención será igual
para todos, independientemente de la edad del arrendatario: un 60% para
los contratos firmados a partir del 1 de enero de 2015.
Se mantienen las deducciones para
el propietario por los gastos generados por el alquiler de la vivienda:
seguro de hogar, gastos generados por el abono de la tasa de comunidad,
amortización del inmueble, impuestos y tasas como el IBI, la tasa
de basuras o los gastos de conservación.
Los inquilinos que firmen nuevos
contratos a partir de 1 de enero de 2015 no podrán disfrutar de
la deducción por alquiler de vivienda. Los contribuyentes se podían
deducir el 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo,
siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales y
hasta un máximo de 9.040 euros anuales, desde el 1 de enero de 2008.
La diferencia es que desde el 1
de enero de 2008, los contribuyentes se podían deducir el 10,05%
de las cantidades satisfechas en el período impositivo, siempre
que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales y hasta un
máximo de 9.040 euros anuales, de esa manera lo equiparaba a la
compra para que gozara de las mismas ventajas fiscales.
Sin embargo, se mantiene para los
inquilinos que hayan firmado el contrato antes del 31 de diciembre de 2014.
A partir de esta fecha, se limita
la deducción por alquiler de vivienda que estaba prevista para contribuyentes
cuya base imponible fuera inferior a 24.107,20 euros, pudiendo deducirse
el 10,05% de las cantidades satisfechas por su vivienda habitual hasta
un máximo aportado de 9.040 euros anuales. Las nuevas ayudas toman
como base el IPREM, que no podrá superar las tres veces (22.365,42
euros) y limitan el alquiler mensual a 600 euros. La ayuda supondría
el 40% de la renta anual con un máximo de 2.400 euros anuales.
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