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23 de septiembre
de 2014
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA
EDUCATIVO inmoley.com
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RESUMEN DE JORNADA DE LA NUEVA
LEY DEL SUELO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
Convertir conocimiento en
valor añadido:
Guía práctica inmoley.com del urbanismo de la Comunidad Valenciana.
Interesante jornada realizaeda por el despacho de abogados Cuatrecasas.
Gonçalves Pereira, en el Hotel Westin de Valencia en la que se trató
el efecto medioambiental en la tramitación de los planes urbanísticos
en suelo urbano consolidado, para que los ayuntamientos ejerzan de «órgano
ambiental» incluida en la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat,
de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat
Valenciana, Lotup mediante una enmienda transaccional pactada entre el
PP y el PSPV-PSOE, durante la aprobación de la ley en las Corts.
Se trata de minimizar el impacto territorial generado por los núcleos
de viviendas en el suelo no urbanizable. En la evaluación ambiental
y territorial estratégica de planes y programas participan la administración
pública, estatal, autonómica o local, que inicia el procedimiento
para la elaboración y adopción de un plan o programa y, en
consecuencia, debe integrar los aspectos ambientales y territoriales en
su contenido a través de un proceso de evaluación ambiental
y territorial estratégica. Los planes y programas de iniciativa
privada se tramitarán por el órgano promotor público
competente. Podrá delegarse el ejercicio de las competencias en
esta materia en los ayuntamientos, siempre que se trate de planes que afecten
única y exclusivamente a la ordenación pormenorizada definida
en la presente ley y se acredite disponer de medios técnicos y personales
necesarios para el ejercicio de la competencia.
Herramienta práctica
> Guías
prácticas
Esta nueva competencia municipal
se adopta en aplicación de la ley de evaluación ambiental
estratégica, en vigor desde diciembre de 2013, que obliga a aplicar
dos tipos de evaluación ambiental: la ordinaria y la simplificada.
La Conselleria de Territorio será
la que tramitará la evaluación ambiental ordinaria que se
equiparará y aplicará al plan general estructural: el documento
de tramitación autonómica que establece las líneas
maestras de crecimiento urbanístico de un municipio, con los espacios
protegidos, el suelo urbano o el terreno dedicado a infraestructuras. Los
ayuntamientos, sobre todo los grandes y medianos, serán los encargados
de tramitar la evaluación ambiental simplificada, que se equipara
al plan general pormenorizado: los planes urbanísticos que desarrollan
en detalle el crecimiento de una ciudad y que, siempre que no modifiquen
el plan general estructural, sólo tendrán una supervisión
municipal.
Según explicó el subdirector
general de Evaluación Ambiental y Estratégica, Enrique Martí
Selva, esta decisión se ha adoptado, para «evitar que la tramitación
pormenorizada de un plan general fuera más lenta». Martí
Selva añadió que la medida «no se generalizará
para todos los municipios, sobre todo porque hemos pensado en los ayuntamientos
más pequeños de menos de 5.000 habitantes, que sólo
tienen un técnico y unas pocas horas a la semana y que no pueden
asumir esta carga de trabajo, sino que servirá para las poblaciones
grandes y medianas». Ciudades como Valencia y Gandía ya se
han interesado por cómo aplicar esta nueva norma legal, admitió
Martí Selva.
Gerardo Roger valoró positivamente
en su intervención esta decisión adoptada por la Generalitat
«porque de lo contrario se podría complicar la tramitación
de actuaciones sencillas como edificar un solar en la Gran Vía o
cambiar el uso en una parcela de viviendas a oficinas. Para este tipo de
actuaciones no tiene ningún sentido que intervengan los órganos
ambientales. Se tratará de modificaciones con minúsculas
de los planes generales pormenorizados».
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