NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

22 de agosto de 2014
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©

EL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO VALENCIANO EN VIGOR DE LA NUEVA LEY DEL SUELO.
Convertir conocimiento en valor añadido:  guía práctica inmoley.com del planeamiento urbanístico y del urbanismo de la C. Valenciana. Tras la entrada en vigor el día 20 de agosto de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunidad Valenciana se ha simplificado la tramitación de instrumentos urbanísticos, al permitir la tramitación independiente de los Proyectos de Urbanización.
Herramienta práctica > Guías prácticas

La Ley simplifica la complejidad y dispersión de la normativa urbanística vigente hasta este momento, y sustituye y deroga cinco leyes y dos reglamentos, de manera que reduce en más del 75 por ciento el número total de artículos --de más de 1.200 a 269--.

La Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunidad Valenciana refunde cinco leyes: la Ley Urbanística Valenciana, la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, la Ley del Suelo No Urbanizable, y la Ley Reguladora de los Campos de Golf en la Comunitat Valenciana.

Respecto a los planes generales de ordenación urbana (PGOU) se reducen los tiempos de aprobación y clarifica el marco competencial en su tramitación. El Plan General es un instrumento clave en toda la actividad urbanística, por ese motivo la Ley entiende que los plazos para su aprobación deben reducirse.

Se clarifica el marco competencial en los Planes Generales y se establece la elaboración de dos planes. Por un lado, un Plan General Estructural, de aprobación autonómica, que define los elementos vertebradores (infraestructura verde, red primaria de dotaciones e infraestructuras, afecciones territoriales, etc.) y los usos del suelo.

Por otro, un Plan de Ordenación Pormenorizada, subordinado al anterior, que incide en los aspectos de la gestión urbanística y la normativa referente a la edificación (condiciones de parcelación, alineaciones y rasantes, red secundaria, entre otros) y es de aprobación municipal.

Para corregirlo, se simplifica el contenido del Plan General Estructural, de manera que se reduzca la conflictividad en las tramitaciones municipal y autonómica, y se evite la proliferación de alegaciones sobre cuestiones particulares, así como el ámbito de determinaciones sobre las que informan los organismos sectoriales.

Además se reducen los plazos para las aprobaciones de los planes generales municipales de los tres o cinco años actuales, a poco más de un año, y permitirá una interlocución única y accesible para el inversor, promotor, ayuntamiento, o particulares.

Se incorporan unos procedimientos de aprobación de los planes plenamente adaptados a la normativa de contratación del sector público, que se han consensuado con la administración europea y estatal a fin de evitar la anulación de proyectos por parte de los Tribunales.
 


 

Copyright © inmoley.com.

ir a inicio de página
 
Volver a la página anterior
Volver al índice

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

Enlace recomendado masmasculino.com