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5 de marzo
de 2014
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EL GOLF INMOBILIARIO EN ANDALUCÍA.
Convertir conocimiento en
valor añadido:
Guía práctica inmoley.com del golf inmobiliario. Para la
Junta de Andalucía hay que separar aquellos proyectos de campos
de golf que realmente aportan oferta turística de aquellos otros
puramente inmobiliarios.
Herramienta práctica
> Guías
prácticas
Andalucía es la primera comunidad
en número de campos de golf, con un centenar de instalaciones que
suponen el 25% de la oferta existente en España. Esta actividad
genera unos ingresos anuales de unos 500 millones de euros y atrae a unos
360.000 turistas, procedentes en su mayoría del Reino Unido y Alemania.
Sin embargo, el decreto de campos
de golf sólo contempla la posibilidad de desarrollos urbanísticos
en las instalaciones declaradas de Interés Turístico y siempre
bajo una serie de criterios en cuanto a límites urbanizables, preservación
medioambiental y eficiencia de los recursos hídricos.
Lo esencial es contar con los informes
favorables por parte de la Junta desde el punto de vista del cumplimiento
de la normativa sobre ordenación del territorio.
En varios proyectos en curso, el
expediente de la declaración de Interés Turístico
se sigue reclamando desde las Junta a los promotores inmobiliarios, a fin
de que subsanen determinados aspectos. Por lo general, las subsanaciones
de los promotores inmobiliarios no siempre se ajustan a los requisitos
del decreto de campos de golf.
Pero el problema de que se convierta
en coladero es que se han concedido calificaciones municipales por silencio
administrativo positivo.
En algunos casos la Junta ha iniciado
el proceso de revisión de oficio del proyecto, al entender que no
cumple los criterios en los ámbitos medioambiental y de incidencia
en el territorio.
Las claves técnicas son que
desde la reforma de 2010, se pospone la "compleja" Autorización
Ambiental Integrada al momento posterior de la declaración de interés
turístico, y mientras tanto se hará un "chequeo ambiental"
vinculante. La Junta introdujo un plazo de ejecución al promotor
que, de ser superado, conllevará la retirada de la declaración.
La Consejería de Turismo
y Comercio, Secretaría General para el Turismo, tiene la intención
de modificar el decreto de golf andaluz para dar un portazo definitivo
a los campos de golf en Andalucía, sobre todo, a los mal llamados
de “interés turístico”.
Andalucía ha sido líder
en la oferta de golf en España y responsable de que nuestro país
sea el segundo destino del planeta en recepción de turismo de golf
y el primero en Europa para los turistas de golf, con una cuota de mercado
que ronda el 40%.
Sin embargo, no ha sido fruto del
esfuerzo regulador emprendido por la administración andaluza con
el Decreto 43/2008, de 12 de febrero, que regula las condiciones de implantación
y funcionamiento de campos de golf en Andalucía y que, en la práctica,
solo ha servido para paralizar el desarrollo meteórico del sector.
El controvertido campo de golf de
interés turístico de la Junta no ha mejorarado la oferta
turística y deportiva. Pasado un lustro, no hay ninguno construido
en la geografía andaluza.
Mientras el sector demanda la abolición
del Decreto 43/2008 por estos años “perdidos”, la Consejería
de Turismo responde con uno nuevo, más radical que el anterior,
diseñado para impedir, aún más, la implantación
de nuevos campos de golf en Andalucía.
-
Decreto 43/2008, de 12 de febrero de
2008, regulador de las condiciones de implantación y funcionamiento
de campos de golf en Andalucía
-
Decreto 309/2010, de 15 de junio, por
el que se modifica el Decreto 43/2008, de 12 de febrero, regulador de las
condiciones de implantación y funcionamiento de campos de golf en
Andalucía.
-
Acuerdo de 12 de marzo de 2013, del
Consejo de Gobierno, por el que se delega en el Consejero de Turismo y
Comercio el ejercicio de las competencias relativas a la revisión
de oficio de actos presuntos producidos como consecuencia de la aplicación
del silencio administrativo positivo, en los procedimientos de declaración
de campos de golf de interés turístico, que pudieran ser
contrarios al ordenamiento jurídico.
-
Resolución de 15 de octubre
de 2013, de la Secretaría General para el Turismo, por la que se
somete a información pública el Proyecto de Decreto por el
que se modifica el Decreto 43/2008, de 12 de febrero, regulador de las
condiciones de implantación y funcionamiento de los campos de golf
en Andalucía.
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