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12 de marzo
de 2014
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA
EDUCATIVO inmoley.com
DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. © |
CALIFICACIÓN DEL CONCURSO
Y COEXISTENCIA DE LAS RESPONSABILIDADES CONCURSAL Y SOCIETARIA
Convertir conocimiento en
valor añadido:
Guía práctica inmoley.com de la crisis inmobiliaria, concurso
de acreedores de promotoras y constructoras. La calificación del
concurso como culpable suscita numerosas cuestiones de notorio interés,
como son: la interpretación de la regla general (art. 164.1) sustentada
en el dolo o la culpa grave en la generación o agravación
de la insolvencia y en el régimen de presunciones iuris et de iure
(art. 164.2) y iuris tantum (art. 165); las consecuencias jurídicas
que la Ley impone a las personas afectadas por esa calificación;
y la coexistencia del régimen societario de responsabilidad de administradores
con el previsto por la Ley concursal.
Herramienta práctica
> Guías
prácticas
-
Calificación como culpable del
concurso de persona jurídica deudora.
-
Pronunciamientos patrimoniales de contenido
necesario contenidos en la sentencia de calificación.
-
Criterio de imputación en relación
con los administradores sociales, así como en la potestad que la
ley confiere al juez del concurso para individualizar y graduar la condena.
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La declaración del concurso
como fortuito o culpable. Presunciones legales de concurso culpable. La
técnica legal de presunciones utilizada por el legislador concursal
-
La determinación de los cómplices
pronunciamientos patrimoniales de contenido necesario de la sentencia de
calificación del concurso como culpable
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La condena a devolver los bienes o
derechos que hubieran obtenido indebidamente del patrimonio del deudor
o hubiesen recibido de la masa activa. La condena a indemnizar los daños
y perjuicios causados
-
La responsabilidad concursal del art.
172 bis LC
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El embargo preventivo de bienes de
los administradores. El embargo preventivo de bienes de los administradores
ex art. 48 ter.1 LC
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La coexistencia y coordinación
de la Ley concursal y el Derecho societario, en relación a las acciones
de responsabilidad contra los administradores de sociedades de capital,
tras la reforma introducida por la Ley 38/2011.
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Acciones de responsabilidad contra
administradores previstas en el sistema societario. Naturaleza, finalidad
y efectos de cada una en el concurso de acreedores
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La acción social de responsabilidad
de los administradores
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La acción individual de responsabilidad
de socios y terceros
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La acción de responsabilidad
por deudas del art. 367 LSC
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