17 de noviembre
de 2014
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PLAN ESPECIAL DE ENSANCHE DE
RUZAFA-SUR GRAN VÍA (PEP-2) DE VALENCIA
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Guía práctica inmoley.com de planes especiales y guía
del urbanismo de la Comunidad Valenciana. Plan Especial de Ensanche de
Ruzafa-Sur Gran Vía (PEP-2).Incluye el sector delimitado por las
calles Gibraltar y Filipinas; las avenidas de Peris y Valero y Jacinto
Benavente; y los frentes posteriores de las parcelas recayentes a las Grandes
Vías de Germanías y Marqués del Turia.
Herramienta práctica
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prácticas
La Comisión de Urbanismo
del Ayuntamiento de Valencia aprueba definitivamente la Modificación
puntual de las Ordenanzas del ámbito del Plan Especial PEP-2 (Ruzafa-Sur)
sobre regulación de la implantación de nuevas actividades
recreativas y establecimientos públicos en la zona.
Esta modificación establece
una regulación sobre la apertura de nuevas actividades en el barrio
por la que se limitará su número en base a la proximidad
o densidad de locales en la actualidad, con el objetivo de evitar "la acumulación
de residuos en franjas horarias concretas, el aumento de viandantes y de
ocupación de la zona pública o el incremento de los niveles
de ruido en la calle", según ha informado el consistorio en un comunicado.
El concejal de Urbanismo, Alfonso
Novo, ha destacado que esta regulación de locales es "una actuación
demandada tanto por los vecinos como por los hosteleros de la zona, y por
ello ha sido consensuada con la Federación de Asociaciones de Vecinos,
y hosteleros".
Según ha dicho, "en estos
momentos Russafa se ha convertido en uno de los barrios con mayor auge,
atrayendo a muchos ciudadanos que acuden a disfrutar de su oferta, habiéndose
evidenciado que la zona precisa de una regulación que evite un sobredimensionamiento
de la oferta de ocio, incluyendo como se ha hecho la limitación
para la apertura de nuevos locales".
Las ordenanzas del ámbito
del Plan Especial PEP-2, van a delimitar la densidad (número máximo
de locales de cada grupo en círculos de distancias concretas) y
la distancia entre los locales para cada uno de los grupos de actividades
que se organizan en función del horario de cierre.
En restaurantes, Café, Bar
y Cafeterías (Grupo I) habrá un máximo de nueve locales
en un círculo de 80 metros de radio y con un mínimo de 65
metros de distancia entre ellos; en el II, discotecas, salas de baile,
pubs, salas de fiesta, cafés teatro, concierto, cantante y salón
lounge, el máximo será de dos locales en un círculo
de 200 metros de radio separados por un mínimo de 130 metros.
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