23 de octubre
de 2013
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URBANISMO.
LA CESIÓN GRATUITA A LA ADMINISTRACIÓN DE SUELO NO URBANIZABLE
PROTEGIDO
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La cesión gratuita a la administración de suelo no urbanizable
protegido
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urbanismo.
Un artículo de la Ley de
Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje (Lotpp)
obligaba a los promotores de cualquier desarrollo urbanístico a
ceder a la Generalitat una superficie equivalente a la del suelo para el
que obtenían la clasificación de suelo urbanizable.
Se trata de millones de metros cuadrados
de suelo que tienen una inestimable cualidad: la ley obliga a que estén
ubicados en espacios naturales.
Según el artículo
13.6 de la Lotpp, toda clasificación de suelo no urbanizable en
suelo urbanizable, mediante cualquier medio admitido por la legislación
"supone la cesión gratuita a la administración de suelo no
urbanizable protegido, no productivo, con una superficie igual a la reclasificada".
Ni la conselleria de Hacienda ni
la de Urbanismo y Medio Ambiente pudieron ofrecer el pasado viernes un
listado de las propiedades que han engrosado el patrimonio público
valenciano por esta vía.
Juan Giner, actual director general
de Urbanismo argumentó que la cesión de suelo, según
el reglamento que desarrolla la citada ley, se produce en el momento en
el que aprueba definitivamente la reparcelación. "Hasta entonces
no llega al registro".
Una vez aprobada la reparcelación
las parcelas deberían haber sido inscritas a nombre de la Generalitat
e incluidas en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Generalitat.
Juan Giner sostiene que revisar
toda la documentación que obra en la conselleria de Urbanismo para
ver la superficie que ha sido entregada a la Generalitat por los promotores
"llevaría tiempo", aunque asegura que ese suelo "acabará"
en manos de Patrimonio.
En ausencia de un inventario detallado
de todas las tramitaciones urbanísticas que estaban obligadas a
incluir la cesión de suelo protegido del artículo 13.6 de
la Lotpp, la única vía de aproximación a la superficie
de suelo que debería ser o está en camino de convertirse
en suelo público, es un repaso a las publicaciones en los boletines
oficiales.
En algunas de las disposiciones
publicadas por las comisiones territoriales de Urbanismo puede apreciarse
el celo con el que se aplicó la norma en la fase de tramitación
de los instrumentos urbanísticos. Muchos ayuntamientos propusieron
cambiar la cesión de suelo por una compensación urbanística,
sobre todo aquellos que no disponían de suelo protegido dentro de
los límites de su municipio ni tenían posibilidad de declararlo.
La Generalitat encargó informes jurídicos para justificar
una "doctrina" que obliga a cumplir con la cesión en suelo aun en
los supuestos en los que había que ir a buscarlo a otros municipios
que no eran escenario de la actuación urbanística.
Un caso paradigmático es
el del Plan Parcial del Sector Industrial "La Ceja" de Cheste, en proceso
de reparcelación forzosa desde marzo de este año , cuyo promotor
quedó obligado a entregar a la Generalitat 1.451.757 metros enclavados
en el Parque Natural de las Hoces del Cabriel (Requena). En Serra y a consecuencia
de un proyecto de urbanización y campo de golf, el promotor quedó
obligado a entregar 1.620.647 metros en la Sierra Calderona.
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